Juzgado de Garantía de Talcahuano.

MP C/ LEONARDO ALFREDO GONZÁLEZ MERINO

Rol

O-5312-2024

Fecha

27 de noviembre de 2024

Materia

ATENTADOS Y AMENAZAS CONTRA LA AUTORIDAD. ART. 261N? 1Y.

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14 N° 1, 15 N°1, 261 N°2, 262 inciso segundo todos del Código Penal, artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que, se condena a Marcelo Alejandro Silva Marcos cédula de identidad N° 18.471.523-6 a la pena de multa de 1/3 de UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como autor del delito consumado de atentado contra la autoridad previsto sancionado en el artículo 261 número 2 en relación al artículo 262 inciso segundo ambos del Código Penal, cometido en territorio jurisdiccional de este tribunal el día 26 de noviembre del año 2024. II. Que, la pena pecuniaria precedentemente impuesta se tendrá por cumplida en atención al mayor tiempo que el imputado estuvo privado de libertad con ocasión de estos antecedentes, esto es, del día su detención ocurrida el día de ayer hasta el día de hoy que pasó a control de detención. III. Que, se exime al sentenciado al pago de las costas de la causa al haber admitido responsabilidad en los hechos evitando así los gastos humanos y económicos de realizar un juicio oral en procedimiento simplificado. Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y remítase vía correo electrónico Pronunciada por FELIPE VEGA LETELIER, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE TALCAHUANO. Código: NQXZXRHXDTJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-28T16:33:55-0300

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14 N° 1, 15 N°1, 261 N°2, 262 inciso segundo todos del Código Penal, artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que, se condena a Marcelo Alejandro Silva Marcos cédula de identidad N° 18.471.523-6 a la pena de multa de 1/3 de UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como autor del delito consumado de atentado contra la autoridad previsto sancionado en el artículo 261 número 2 en relación al artículo 262 inciso segundo ambos del Código Penal, cometido en territorio jurisdiccional de este tribunal el día 26 de noviembre del año 2024. II. Que, la pena pecuniaria precedentemente impuesta se tendrá por cumplida en atención al mayor tiempo que el imputado estuvo privado de libertad con ocasión de estos antecedentes, esto es, del día su detención ocurrida el día de ayer hasta el día de hoy que pasó a control de detención. III. Que, se exime al sentenciado al pago de las costas de la causa al haber admitido responsabilidad en los hechos evitando así los gastos humanos y económicos de realizar un juicio oral en procedimiento simplificado. Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y remítase vía correo electrónico Pronunciada por FELIPE VEGA LETELIER, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE TALCAHUANO. Código: NQXZXRHXDTJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-28T16:33:5

Texto Completo (Preview)

La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia Talcahuano, veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro Por esta

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