1º Juzgado de Letras de Calama

MINERA CENTINELA/

Rol

V-371-2021

Fecha

27 de julio de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 10 de Marzo de 2021, siendo la 15:34 horas, se present ó Juan Esteban Poblete Newman, chileno, abogado, casado, en representaci n de ó MINERA CENTINELA, sociedad chilena del giro de su denominaci n, ambosó domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo N° 4001, piso 18, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; qui n solicita concesi né ó minera de exploraci n en terrenos abiertos e incultos ubicados en la comuna deó Regi n de Antofagastaó , Provincia El Loa, comuna de Calama, referidas al Datum Provisorio La Canoa 1956, Elipsoide Internacional de referencia 1924, Huso 19, y sus coordenadas U.T.M. son las siguientes: Norte 7.488.500,00 metros: Este: 495.500,00 metros. El rea solicitada que se propone explorar tendr la forma de uná á rect nguloá , cuyos lados orientados de Norte-Sur U.T.M medir n á 3.000 metros y Este-Oeste U.T.M. medir n á 1.000 metros cada uno, encerrando una superficie de 300 hect reas y el pedimento se denominar á á “CETRINA C 9”. Por lo antes expuesto y normas legales que invoca, solicita conceder, una concesi n minera de exploraci n, que denominar ó ó á “CETRINA C 9”, sobre una superficie de 300 hect reas.á SEGUNDO: Que, el referido pedimento minero fue inscrito con fecha 25 de marzo de 2021, a fojas 1.440 bajo el Nº 777 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama del referido a o.ñ TERCERO: Que con fecha 8 de abril de 2021, el pedimento minero se public en el Diario Oficial de la Rep blica de Chile, Bolet n Oficial de Miner a,ó ú í í c digo de verificaci n electr nico (CVE) N° ó ó ó 1923017. CUARTO: Que, mediante ordinario N° 4669 de fecha 14 de Julio 2021, el Servicio Nacional de Geolog aí y Miner a, emiti el correspondiente informe, siní ó observaciones, se alando que los aspectos t cnicos relacionados con la solicitud yñ é plano de la referida concesi n se encuentra conforme con las disposiciones legalesó vigentes; agregando que la forma, las dimensiones y orientaci n de la caraó superficial de la concesi n solicitada se ajustan a la ley, concluyendo que staó é queda comprendida dentro del terreno pedido. QUINTO: Que, las coordenadas Universales Transversales de Mercator (U.T.M.) de cada uno de los v rtices del per metro de la cara superior de laé í concesi n de exploraci n en autos son:ó ó V RTICEÉ NORTE (Mts.) ESTE (Mts.) PM 7.488.500,00 495.500,00 V1 7.490.000,00 495.000,00 V2 7.490.000,00 496.000,00 V3 7.487.000,00 496.000,00 V4 7.487.000,00 495.000,00 SEXTO: Que, del an lisis de los antecedentes que obran en autos y elá m rito del informe t cnico del Servicio Nacional de Geolog a y Miner a, la presenteé é í í causa se ajusta plenamente a la ley, sin que existan vicios procesales y causales que ameriten la denegaci n de la concesi n o la declaraci n de caducidad, por lo queó ó ó es procedente acceder a lo solicitado. Y visto adem s, lo dispuesto en los art culos 34 y siguientes, 57 y siguientes,á í 87 y 90 del C digo de Miner a; y 42, 43 y 94 del

Fallo

se declara: I. Que, se aprueba el plano y se declara constituida la concesi n deó exploraci n minera, denominada ó “CETRINA C 9”, con una superficie total de 300 hect reasá , a favor de MINERA CENTINELA, ya individualizado. II. Publ quese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el art culoí í 90 del C digo de Miner a y art culo 43 de su Reglamento.ó í í III. Obt ngase copias a trav s del sistema inform tico de la presenteé é á sentencia constitutiva y el original del plano, a fin de que se dé cumplimiento a lo dispuesto en el art culo 42 del Reglamento delí C digo de Miner a.ó í IV. Inscr base esta sentencia constitutiva dentro del plazo de 120 d as queí í se ala el art culo 89 del C digo de Miner a, en el Registro deñ í ó í Descubrimientos del Conservador de Minas de esta ciudad y rem taseí copia del plano al Conservador de Minas referido para su archivo. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol V-371-2021 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Calama, veintisiete de Julio de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla S

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FOJA: 8 .- ocho.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-371-2021 CARATULADO : MINERA CENTINELA/ Calama, veintisiete de Julio de dos mil veintiuno VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 10 de Marzo de 2021, siendo la 15:34 horas, se present ó Juan Esteban Poblete Newman, chileno, abogado, casado, en representaci n de ó MINERA CENTINELA, socie

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