10º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ YADIHAN STIVENN COVARRUBIAS CASTILLO

Rol

O-819-2024

Fecha

26 de noviembre de 2024

Materia

OTROS DELITOS DE LA LEY DE CONTROL DE ARMAS (LEY 17.798)

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: Que el día 04 de Abril de 2024, a las 13:30 horas aproximadamente, el imputado YADIHAN STIVENN COVARRUBIAS CASTILLO fue sorprendido por personal policial en la vía pública, específicamente en Pasaje Los Carrera a la altura del número 3279, comuna de Lo Espejo, portando y manteniendo en su poder un arma tipo pistola a fogueo semi automática, marca Bruni, modelo P4, calibre 9 mm Knall, con su respectivo cargador, arma de fácil adaptabilidad a una convencional, sin contar con las autorizaciones competentes para su porte. Santiago, veintiséis de noviembre de dos mil veinticuatro.- Vistos y teniendo presente en los artículos: 1, 3, 4, 11 n° 6 y 9, 14, 15, 18, 68 y siguientes del Código Penal, disposiciones Ley 20.084, disposiciones Ley 17.798, artículo 395 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Se condena a YADIHAN STIVENN COVARRUBIAS CASTILLO, ya individualizado en esta causa, como autor del delito de PORTE ILEGAL DE ARMA A FOGUEO FÁCILMENTE ADAPTABLE, previsto en el artículo 2 letra b) y sancionado en el artículo 9, ambos de la Ley 17.798, en grado de desarrollo consumado, cometido en esta jurisdicción, el día 04 de abril del año 2023, a la pena de multa de un tercio de unidad tributaria mensual, sin costas por haber evitado un juicio y los gastos que ello significa para el Estado.- II.- Se deja constancia que registra un día de abono, correspondiente al día 04 de abril de 2024, para el caso del no pago de la multa, si esta procediera. Código: KGXEXRHGHKJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Se da aplicación a lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 20.084, esto es que se suspende la imposición de esta condena y de esta sentencia, por el plazo de seis meses. Transcurrido dicho plazo, si el sentenciado no hubiere sido sujeto a un nuevo requerimiento o formalización, el tribunal dejará sin efecto esta sentencia y decretará el sobreseimiento definitivo.- Cúmplase en su oport

Fallo

se declara: I.- Se condena a YADIHAN STIVENN COVARRUBIAS CASTILLO, ya individualizado en esta causa, como autor del delito de PORTE ILEGAL DE ARMA A FOGUEO FÁCILMENTE ADAPTABLE, previsto en el artículo 2 letra b) y sancionado en el artículo 9, ambos de la Ley 17.798, en grado de desarrollo consumado, cometido en esta jurisdicción, el día 04 de abril del año 2023, a la pena de multa de un tercio de unidad tributaria mensual, sin costas por haber evitado un juicio y los gastos que ello significa para el Estado.- II.- Se deja constancia que registra un día de abono, correspondiente al día 04 de abril de 2024, para el caso del no pago de la multa, si esta procediera. Código: KGXEXRHGHKJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Se da aplicación a lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 20.084, esto es que se suspende la imposición de esta condena y de esta sentencia, por el plazo de seis meses. Transcurrido dicho plazo, si el sentenciado no hubiere sido sujeto a un nuevo requerimiento o formalización, el tribunal dejará sin efecto esta sentencia y decretará el sobreseimiento definitivo.- Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se tiene presente la renuncia a los plazos por parte de los intervinientes y en consecuencia, por ejecutoriada la presente sentencia. Se dejan sin efecto las medidas cautelares si las tuviere. Se

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RUC : 2400385814-2 RIT : 819 - 2024 MAGISTRADO : GLORIA ALEJANDRA LOLAS BASUALDO NOMBRE IMPUTADO : YADIHAN STIVENN COVARRUBIAS CASTILLO CEDULA DE IDENTIDAD : 23049098-8 ANTECEDENTES : Fecha de nacimiento 13/06/2009. DOMICILIO : Pasaje Los Carrera Nº 3243, comuna de Lo Espejo. FISCAL : IGNACIO PEFAUR CORNEJO DEFENSOR PÚBLICO : LUIS GONZALEZ ORTIZ - RPA DELEGADA SENAME : MARIA JOSÉ SANHUEZA NILO T

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