FLAH C/ HÉCTOR ORLANDO CALDERÓN NARANJO
Rol
O-469-2024
Fecha
27 de noviembre de 2024
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS y OÍDOS: PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrada por los jueces don Rodrigo Villar Bustamante como presidente, don Cristian Malebrán Eyraud como integrante y doña Gabriela Marín Wittwer como redactora, se llevó a efecto con fecha veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro, la audiencia de juicio oral en causa RIT N° - y RUC N° - , seguido por el Ministerio Público de Alto Hospicio, representado por la fiscal adjunta doña Alejandra Gálvez Guillén; y por la empresa víctima querellante representada por el abogado don Héctor Álvarez Fortte, en contra de HÉCTOR ORLANDO CALDERÓN NARANJO, cédula de identidad N° . . - , chileno, nacido en Iquique el de febrero de , años, soltero, estudios medios completos, técnico eléctrico, domiciliado en calle Las Magnolias N° , Alto Hospicio, representado por el defensor penal público don Oscar Olmos Arcos. SEGUNDO: Acusaciones. Que los hechos de la acusación fiscal son: “El día de agosto del año , victima Jonás David Zamora Zúñiga, trabajador de la empresa concesionarias rutas del desierto ubicada en la ruta A- de la comuna de alto hospicio, se percató que sujetos desconocidos ingresaron mediante un forado a la caseta empresa antes mencionada, sustrayendo desde su interior un tablero de transferencia automática, marca Caterpillar, modelo CTG, serie TSA avaluado en $ . . . Posteriormente funcionarios de la Brigada investigadora de Robos de Iquique constataron que a través de la plataforma Facebook Marketplace, una persona que utilizaba el perfil de comercializaba especies de similares características a las que fueron previamente sustraídas a la víctima. Por lo anterior, es que el día de febrero del año a las : horas, es que la víctima se contactó con el perfil de Facebook que comercializaba las especies y se concertó para concretar la venta, concurriendo en compañía de personal policial hasta el domicilio del acusado HECTOR OR
Fallo
por tanto creíbles, habida consideración en primer lugar del tiempo de meses transcurridos entre agosto de y febrero de , es decir entre la sustracción y la tenencia de la especie, el que se estima relativamente extenso, mismo que por su prolongación, debilita la conexión subjetiva que debe existir entre la sustracción y la tenencia del acusado, más si se tiene presente que él mismo señaló que por su oficio conoce de tableros eléctricos y los repara para la reventa, por lo que resulta posible su versión relativa al motivo y circunstancias de la adquisición y tenencia de tal especie. Código: HEXXRJXSZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Luego, se debe tener presente también que sus asertos resultaron coincidentes con la información aportada por el policía Inostroza y las víctimas Zamora y Barahona, todos quienes indicaron que la especie se vendía en Facebook Marketplace y que la venta se realizaría en el domicilio del acusado, esto es en avenida Las Parcelas de Alto Hospicio, dotando de mayor sustento veraz los dichos de Calderón y de su intención legítima de vender una especie adquirida de manera lícita a su parecer en una feria libre. Además, en cuanto a la oferta del tablero sustraído, la prueba tampoco fue clara, ya que los testigos o el acusado en sus dichos no fueron coincidentes en lo tocante a la fecha o época precisa en que esta especie se comenzó a ofertar en internet, lo que introduce dudas de razó
Texto Completo (Preview)
C/ HÉCTOR ORLANDO CALDERÓN NARANJO RUC N°: - RIT N°: - RECEPTACIÓN DE ESPECIES. ART. BIS A CÓDIGO PENAL Iquique, veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS y OÍDOS: PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrada por los jueces don Rodrigo Villar Bustamante como presidente, don Cristian Malebr
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