Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco

SÚPER 10 S.A./INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE TEMUCO

Rol

I-52-2022

Fecha

19 de agosto de 2022

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

antecedentes de hecho y

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que en la presente causa Rit I-52-2022 comparece don Carlos Gutiérrez de Torres, Cédula de Identidad No15.971.692-9, abogado en representación, según se acreditará de SUPER 10 S.A. persona jurídica del giro de su denominación, ambos domiciliados, para estos efectos, en Enrique Foster Sur N°372, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y conforme con lo dispuesto en el artículo 512 del Código del Trabajo, deduce Reclamo Judicial en contra de la Resolución de Multa N°216, de fecha 29 de junio de 2022 dictada por la Inspección Provincial del Trabajo de Temuco, (en adelante también la “Inspección del Trabajo”), representada legalmente por el Jefe dicha Inspección Provincial, don Víctor García Guíñez, quien lo subrogue o reemplace, ignoro profesión u oficio, ambos domiciliados para estos efectos en calle Arturo Prat N°841, Temuco. SEGUNDO: Expone que el Inspector Provincial del Trabajo de Temuco, mediante la Resolución de Multa N°216 resolvió rechazar la reconsideración de multa administrativa interpuesta por esta parte en contra de la Resolución de Multa Administrativa N°1199/22/5 manteniendo la multa impuesta en 60 UTM, por lo cual se solicita se acoja la presente reclamación, dejando sin efecto la referida Resolución N°216, lo anterior con expresa condena en costas, en consideración a los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que paso a exponer a continuación: Al reclamar por medio de este acto, en virtud al artículo 512 del Código del Trabajo sobre la Resolución N°216 que rechazó la reconsideración administrativa manteniendo la multa impuesta en 60 Unidades Tributarias Mensuales (en adelante “UTM”), monto que es inferior a 15 ingresos mínimos mensuales, corresponde conocer este reclamo conforme al Procedimiento Monitorio, contenido en el Párrafo 7° del Título I del Libro V del Código del Trabajo, regulado en el artículo 496 y siguientes del mismo cuerpo legal. SOBRE LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE MULTA N°1199/22/5 Y LA RESOLUCIÓN N°216 DE LA INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE TEMUCO QUE RECHAZÓ LA RECONSIDERACIÓN ADMINISTRATIVA DE MULTA. El señor Francisco Rivas Alvear, fiscalizador de la Inspección Provincial del Trabajo de Temuco, cursó la Resolución de Multa Administrativa N°1199/22/5, cuya solicitud de reconsideración fue rechaza mediante la Resolución N°216, de fecha 29 de junio de 2022. Pues bien, la multa en cuestión se encuentra formulada en los siguientes términos: NO SUPRIMIR EN LOS LUGARES DE TRABAJO LOS SIGUIENTES FACTORES DE PELIGRO: AL MANTENER LA SALIDA DE EMERGENCIA EN EL SUBTERRÁNEO DE LA SUCURSAL, LA CUAL ABRE EN EÑL SENTIDO CONTRARIO DE LA EVACUACIÓN, ESTO EN LA SUCURSAL DE AVENIDA PEDRO DE VALDIVIA 02285, COMUNA DE TEMUCO. TAL HECHO CONSTITUYE INCUMPLIMIENTO A LAS CONDICIONES GENERALES DE SEGURIDAD DE LOS LUGARES DE TRABAJO E IMPLICA NO TOMAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA PROTEGER LA VIDA, SALUD Y EN GENERAL LA INTEGRIDAD FISICA DE LOS TRABAJADORES. A juicio de la Inspección

Fallo

En mérito de lo expuesto y conforme a lo dispuesto en los artículos 512 y siguientes y demás pertinentes del Código del Trabajo, artículos 6°, 7° y 19 N°1 de la Constitución Política de la Republica, las demás disposiciones legales citadas y demás pertinentes; pide tener por deducido reclamo judicial en procedimiento de aplicación general, en contra de la Resolución N°216 de la Inspección Provincial del Trabajo de Temuco y en mérito de los fundamentos expresados y de la normativa legal citada, se sirva acoger el presente reclamo judicial de multa administrativa, en definitiva: 1. Que se deja sin efecto la Resolución N°216 dictada por la Inspección Provincial del Trabajo del Temuco, de fecha 29 de junio de 2022, que a su vez confirmó la multa impuesta por la Multa N°1199/22/5 de 60 UTM, en subsidio, que se rebaje al monto que se estime pertinente. 2. Que se condene en costas a la Inspección Provincial del Trabajo de Temuco o que se exime a esta parte de su pago TERCERO: Que, celebrada la audiencia única de contestación, conciliación y prueba, la parte demandada contestando el reclamo, solicita su rechazo, en todas sus partes, con costas. Este es un reclamo judicial que se presenta contra la resolución nº 216 que resolvio mantener la multa impuesta por lo que debe determinarse si el inspector cumplió la normativa legal. En la especie no hay corrección de la infracción la discusión se limita determinar si hay no error de hecho. La fiscalización se origina por solicitud de 23 d

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Temuco, diecinueve de agosto de dos mil veintidós VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que en la presente causa Rit I-52-2022 comparece don Carlos Gutiérrez de Torres, Cédula de Identidad No15.971.692-9, abogado en representación, según se acreditará de SUPER 10 S.A. persona jurídica del giro de su denominación, ambos domiciliados, para estos efectos, en Enrique Foster Sur N°372, comuna de Las C

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