Juzgado de Letras y Garantía de Río Bueno.

ALEJANDRO LUCIANO PEREZ GARRIDO C/ JOSÉ MAURICIO GONZÁLEZ CORONA

Rol

O-1473-2023

Fecha

21 de noviembre de 2024

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos cometidos en la comuna de Lago Ranco, el día 15 de octubre de 2023, territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda, esto es, C.R.S. SANTIAGO NORTE por el lapso de UN AÑO y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, ya individualizado, dentro del plazo de cinco días, constados desde que estuviere firme y ejecutoriada esta sentencia, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad Código: UJQKXRVXQXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl impuesta, o, en su caso, se la remplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas. En estos casos, se someterá al condenado al cumplimiento del saldo de la pena inicial, abonándose a su favor el tiempo de ejecución de dicha pena sustitutiva en forma proporcional a la duración de ambas. Atendido el domicilio del sentenciado y lugar de cumplimiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 36 inciso segundo de la Ley N° 18.216, se declara la incompetencia de este Tribunal para conocer la ejecución de la pena, debiendo remitirse los antecedentes al 7° Juzgado de Garantía de Santiago, con el objeto de que conozca de la ejecución de la pena sustitutiva. III.- Que, la multa impuesta deberá pagarse en pesos en equivalente que tenga la unida

Fallo

SE DECLARA: I.- Que, se CONDENA a JOSÉ MAURICIO GONZÁLEZ CORONA, RUN N° 9.541.885-6, a la pena de CUARENTA Y UN DIAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, Multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL a beneficio fiscal, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor en un delito consumado de Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en los artículos 110 y 196 de la Ley N° 18.290, por hechos cometidos en la comuna de Lago Ranco, el día 15 de octubre de 2023, territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda, esto es, C.R.S. SANTIAGO NORTE por el lapso de UN AÑO y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, ya individualizado, dentro del plazo de cinco días, constados desde que estuviere firme y ejecutoriada esta sentencia, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada el condenado cumplirá ínt

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Sentencia: RUC RIT Ámbito afectado Detalle del Hito Valor 230114032 1-2 1473- 2023 CAUSA.: R.U.C=230114032 1-2 R.U.I.=1473- 2023 Fecha de deliberación 2024/11/21 Juez redactor PIERRE MAURICE DE BAEREMAEC KER QUIROZ RELACIONES.: GONZÁLEZ CORONA JOSÉ MAURICIO / CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD Resultado Condenado. RELACIONES.: GONZÁLEZ CORONA JOSÉ MAURICIO / CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD Procedimiento Simplif

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