MARIA JOSE BARRIA MIRANDA C/ JOSÉ LUIS PÉREZ TAPIA
Rol
O-1124-2023
Fecha
20 de noviembre de 2024
Materia
MALTRATO HABITUAL (VIF) ART. 14 LEY 20.066.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: JUICIO. Que, con fecha 28 29 30 de octubre 6 7 13 14 y 15 de noviembre de 2024 tuvo lugar audiencia de juicio oral oportunidad en la que el Ministerio Público, representado por la abogada doña Johanna Marjorie Irribarra Alarcón, sostuvo el requerimiento en procedimiento simplificado interpuesto contra del señor José Luis Pérez Tapia, en adelante el requerido, atribuyendo a este responsabilidad como autor en el delito de Maltrato Habitual en perjuicio de la víctima doña Maria José Barría Miranda, descrito y sancionado en el artículo 14 de la Ley Nro. 20.066 solicitando la pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio o donde esta se encuentre, además de la prohibición de contacto por cualquier medio tecnológico o redes sociales por el lapso de 2 años y la obligación de someterse a un tratamiento de control de impulsos por un año, de Código: XWJXXRMXWXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl JUZGADO DE GARANTIA DE PUNTA ARENAS acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9 letra b y d de la ley 20.066 accesorias legales y costas. SEGUNDO: HECHOS DEL REQUERIMIENTO. Los hechos materia del requerimiento son del siguiente tenor: “En julio de 2017, el requerido José Luis Pérez Tapia con la víctima María José Barría deciden convivir en un mismo hogar en la ciudad de Punta Arenas. En mayo de 2018 nace el primer hijo en común, de nombre José Tomás, tiempo en que se le detecta al requerido la enfermedad de colitis ulcerosa, quien comenzó a culpar a María José de su enfermedad dado que lo estresaba. Durante el post parto y los primeros meses de vida de José Tomás, el requerido no realizaba ninguna tarea doméstica ni parental, exigiéndole a María José que se hiciera cargo de todo, lo que le provocó depresión. Durante el verano de 2019, el requerido echa de la casa a María José junto a su hijo, le solicita la tarjeta bancaria, le bloquea las claves, la amenaza con quitarle el cuidado personal de José Tomás, señalándole que si ella quisiera hacer algo en tribunales no lograría nada porque tenía como amigo al mejor abogado en el área de familia. A lo largo del año 2019 los problemas se dan por el consumo problemático de alcohol por parte de José Luis. En octubre de 2019, María José recibe la noticia de encontrarse embarazada de su segundo hijo. Durante la gestación del mismo, los fines de semana José Luis sale durante las noches a consumir alcohol, lo que provocaba gran preocupación a la víctima, sintiéndose sola y sin apoyo afectivo de su marido. Código: XWJXXRMXWXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl JUZGADO DE GARANTIA DE PUNTA ARENAS En enero de 2020, María José se encontraba pasando por un período complicado de gestación, por lo que viajaron a Santiago junto a su esposo para que la revisara un especialista en medicina materno fetal,
Fallo
fallo absolutorio para José Luis, argumentando que la Fiscalía y la querellante no han presentado pruebas suficientes para demostrar la existencia de maltrato habitual. SÉPTIMO: HECHOS PROBADOS. Que, de acuerdo con la prueba rendida en juicio, apreciadas conforme lo establece el artículo 297 del Código Procesal Penal sólo ha sido posible establecer El inicio de la relación de convivencia entre imputado y victima desde el año 2017 y que contraen matrimonio con fecha 19 de octubre de 2018. Que, durante la relación de convivencia nacieron los hijos en común de iniciales J.T.P.B fecha de nacimiento 15 de mayo de Código: XWJXXRMXWXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl JUZGADO DE GARANTIA DE PUNTA ARENAS 2018 y M.G.P.B. fecha de nacimiento 09 de junio de 2020. Que, durante la relación de convivencia el único proveedor que satisface las necesidades del hogar y de la víctima es el imputado Jose Luis Pérez Tapia. Que en el mes de enero de 2023 la victima manifestó de su voluntad de poner término a la relación de convivencia, la que concreto mediante denuncia interpuesta con fecha 10 de abril de 2023 ante la Policía de Investigaciones de Chile verificándose a partir de aquello una serie de malos tratos del imputado hacia la víctima, entre aquellos el no pago para satisfacer la necesidades de sus hijos, provocándose afectación por maltrato psicológico y violencia relacional. OCTAVO: RAZONAMIENTO DEL TRIBUNAL. Que,
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JUZGADO DE GARANTIA DE PUNTA ARENAS RESUMEN RIT : - . RUC : - . MATERIA : MALTRATO HABITUAL VIF. IMPUTADO : JOSE LUIS PEREZ TAPIA. DEFENSOR : DAGOBERTO REINUAVA. FISCAL : JOHANNA IRRIBARRA ALARCÓN. ABOGADA QUERELLANTE: VALENTINA MIRANDA. Punta Arenas, veinte de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: JUICIO. Que, con fecha 28 29 30 de octubre 6 7 13 14 y 15 de no
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