Juzgado de Garantía de Valdivia.

JOHN EDUARD MEZA DOMINGUEZ C/ ANDRÉS ESTEBAN NAVARRO HAEDO

Rol

O-4844-2024

Fecha

18 de noviembre de 2024

Materia

INGRESO DE CELULARES/TECNOLOGÍA A CÁRCELES ART 304 BIS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: 1.- “En Valdivia, el día 03 de Abril de 2024, a las 11:30 horas, aproximadamente, personal del Complejo Penitenciario Valdivia, ubicado en Avenida Picarte N°4100, realiza un registro y allanamiento preventivo al interior del módulo N°42, en donde se les encuentran elementos prohibidos reglamentariamente a los requeridos consistentes en: ANDRES ESTEBAN NAVARRO HAEDO; 01 teléfono celular marca huawei, color Calipso, encontrado en su poder”. 2.- “El día 11 de julio de 2024, alrededor de las 10:55 horas, personal del Complejo Penitenciario Valdivia, ubicado en Avenida Ramón Picarte N° 4100, personal que cumple funciones en agrupación modular N°42, realiza una ronda en el comedor del módulo, en donde se encuentran elementos prohibidos reglamentarios al requerido ANDRES ESTEBAN NAVARRO HAEDO, quien momentos antes manipulaba un (01) teléfono celular marca Lg color Plomo, quien al ver la presencia de Gendarmes, lo guarda bajo un colchón que estaba junto a él”. La parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC N°2400918249-3, de la misma fecha de la sentencia y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 30, 304 ter del Código Penal; artículos 45, 47, 297, 340, 348, 351, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; 1, 10, 11 y 24 de la Ley N°18.216, se declara: I.- Se condena a Andrés Esteban Navarro Haedo, C.I. N°9.743.154-K, mayor de edad, domiciliado en Monseñor Escrivá de Balaguer N°14.179, Lo Barnechea, Región Metropolitana, a sufrir la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena, por su responsabilidad como autor Código: WQXTXRBKXPF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del delito reiterado de tenencia de teléfono prohibido al interior de un establecimiento penitenciari

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 30, 304 ter del Código Penal; artículos 45, 47, 297, 340, 348, 351, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; 1, 10, 11 y 24 de la Ley N°18.216, se declara: I.- Se condena a Andrés Esteban Navarro Haedo, C.I. N°9.743.154-K, mayor de edad, domiciliado en Monseñor Escrivá de Balaguer N°14.179, Lo Barnechea, Región Metropolitana, a sufrir la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena, por su responsabilidad como autor Código: WQXTXRBKXPF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del delito reiterado de tenencia de teléfono prohibido al interior de un establecimiento penitenciario, ejecutado con fechas 3 de abril y 11 de julio de 2024, en la comuna de Valdivia. II.- Se concede al sentenciado Andrés Esteban Navarro Haedo, la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, por un total de 81 horas, sin que los trabajos puedan exceder de 8 horas diarias, para lo cual se oficiara al programa respectivo al Centro de Reinserción Santiago Oriente, al que deberá presentarse dentro de quinto día de que recuperare su libertad, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere, con el solo mérito del informe de Gendarmería de Chile de no presentación se despachará una orden de detención en su contra para audiencia de

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Valdivia, dieciocho de noviembre de dos mil veinticuatro. Hechos: 1.- “En Valdivia, el día 03 de Abril de 2024, a las 11:30 horas, aproximadamente, personal del Complejo Penitenciario Valdivia, ubicado en Avenida Picarte N°4100, realiza un registro y allanamiento preventivo al interior del módulo N°42, en donde se les encuentran elementos prohibidos reglame

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