Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco

ARRIAGADA/ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS HIPER LIMITADA.

Rol

M-404-2022

Fecha

17 de agosto de 2022

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS NO DISCUTIDOS X · HECHOS A PROBAR X · INCORPORA PRUEBA DEMANDADA · DOCUMENTAL X · INCORPORA PRUEBA DEMANDANTE · DOCUMENTAL X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDADA X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDANTE X · SENTENCIA X PRUEBA DOCUMENTAL - LEY 20.886 SI NO OBS. ·         PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDANTE       * ESTA PARTE ACOMPAÑÓ LOS DCTOS. DIGITALIZADOS  X     * SE APLICÓ APERCIBIMIENTO ART. 6°, LEY 20.886    X   * LOS DOCUMENTOS FÍSICOS QUEDARON EN PODER DEL TRIBUNAL    X   ·         PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDADA       * ESTA PARTE ACOMPAÑÓ LOS DCTOS. DIGITALIZADOS  X     * SE APLICÓ APERCIBIMIENTO ART. 6°, LEY 20.886    X   * LOS DOCUMENTOS FÍSICOS QUEDARON EN PODER DEL TRIBUNAL    X   PROVEE ESCRITOS / DELEGA PODER: A los escritos de la parte demandante: El Tribunal tiene presente la delegación de poder otorgada por el abogado de la parte demandante al abogado don NAHIN ALEJANDRO ARAVENA ROBLES, RUN 18.484.651-9. Téngase presente la prueba documental digitalizada, ofrézcase e incorpórese en la etapa procesal correspondiente. A los escritos de la parte demandada: El Tribunal tiene presente la delegación de poder otorgada por el abogado de la parte demandada a la abogada doña SILVANA ESTER IGOR ULLOA, RUN 15.293.622-2 Téngase presente la prueba documental digitalizada, ofrézcase e incorpórese en la etapa procesal correspondiente. LLAMADO A CONCILIACIÓN: El Tribunal llama a las partes a conciliación y ésta no se produce. HECHOS NO DISCUTIDOS: 1.- La existencia de relación laboral, funciones, antigüedad, remuneraciones, fecha de término y causal invocada. 2.- El Monto descontado por concepto de AFC. HECHOS A PROBAR: 1.- La efectividad de los hechos indicados en la carta y como ellos justifican el despido del actor. PRUEBA DE LA DEMANDADA: DOCUMENTAL: 1.- Contrato de trabajo de fecha 01 de marzo 2014. 2.- Finiquito de fecha 08 de junio 2022. 3.- Carta de t

Fallo

se resuelve: I.- Que SE ACOGE con costas la demanda deducida en esta causa por parte de don ESTEBAN DE JESÚS ARRIAGADA SANHUEZA, RUN 17.581.667-4 en contra de ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS HIPER LIMITADA., RUT 76.134.941-4, declarándose que su despido con fecha 28 de mayo de 2022 por la causal de necesidades de la empresa ha sido improcedente y condenándose a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a.- $1.859.322, que corresponde al 30% de la suma ya pagada por concepto de indemnización por años de servicio. b.- $920.257, que corresponde a la suma descontada por el aporte del empleador al fondo de cesantía y de la cual da cuenta el finiquito acompañado. Estas sumas deberán pagarse con los reajustes e intereses que señala el artículo 173 del Código del Trabajo. II.- En cuanto a las costas, éstas se regulan prudencialmente en el 15% del monto adeudado por la demandada, conforme a los montos señalados anteriormente en esta sentencia. Regístrese. R.I.T. R.U.C. 22- 4-0415046-8 Resolvió don ROBINSON FIDEL VILLARROEL CRUZAT, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco. La presente audiencia se encuentra respaldada en forma íntegra, en el registro de audio del Tribunal.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 17/08/2022 RUC 22- 4-0415046-8 RIT M-404-2022 MAGISTRADO ROBINSON FIDEL VILLARROEL CRUZAT ADMINISTRATIVO DE ACTAS Francisco Javier Chávez Godoy, Sala N°2 VIRTUAL HORA DE INICIO 09:38 horas HORA DE TÉRMINO 09:56 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2240415046-8-1344 PARTE DEMANDANTE ESTEBAN DE JESÚS ARRIAGADA

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