INVERSIONES BARRICK CONOSUR SPA/
Rol
V-354-2021
Fecha
20 de julio de 2021
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: 1.- Que, a folio 1, con fecha 09 de marzo de 2021, se presenta don Gonzalo Nieto Vald sé , chileno, casado, abogado, c dula nacional de identidadé N°11.472.232-4, en representaci n judicial de ó INVERSIONES BARRICK CONOSUR SpA, Sociedad por acciones del giro de su denominaci n, chilena,ó R.U.T. 76.346.280-3, ambos con domicilio en Ricardo Lyon 222, Piso 9, Providencia, Santiago, solicitando concesi n minera de ó EXPLORACI NÓ , que denominar á “SAN PABLO C 7”, con una superficie de 600 hect reas.á 2.- Que, a folio 1 y 5, el solicitante de autos acompa documentos.ñó 3.- Que, a folio 7, consta informe favorable del Servicio Nacional de Geolog a y Miner a de II Regi n, Antofagasta.í í ó 4.- Que, a folio 8, con fecha 05 de julio de 2021, se trajeron los autos para resolver.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Gonzalo Nieto Vald sé , solicita constituir concesi nó minera de exploraci n, en terrenos ubicados en la provincia El Loa, comuna deó Ollague, II Regi n de Antofagasta, sobre una superficie de 600 hect reas, la queó á denominar á “SAN PABLO C 7”, conforme a los antecedentes presentados. SEGUNDO: Que, a folio 5, consta que el pedimento minero fue inscrito a fojas 1.244 bajo el N°683, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, con fecha 11 de marzo de 2021. TERCERO: Que, dicho pedimento minero fue publicado con fecha 29 de marzo de 2021, Diario Oficial, edici n Nº 42.917, seg n ejemplar acompa ado.ó ú ñ CUARTO: Que, el Servicio Nacional de Geolog a y Miner a II Regi n,í í ó Antofagasta, con fecha 02 de julio de 2021, mediante ordinario N° 4168, informó consignando que los aspectos t cnicos relacionados con la solicitud y plano de laé concesi n referida, se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes, enó efecto, la forma, las dimensiones y orientaci n de la cara superficial de laó concesi n solicitada se ajustan a la ley, y sta queda comprendida dentro deló é terreno pedido. QUINTO: Que, seg n figura a folio 5, el peticionario dio cumplimiento a laú obligaci n de pago de la tasa de pedimento y la patente proporcional.ó SEXTO: Que, en el plano de la concesi n minera de exploraci n, constaó ó que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los v rtices de la cara superior delé pedimento minero denominada “SAN PABLO C 7”, con una superficie de 600 hect reas, solicitadas y materia de esta concesi n son:á ó VERTICE NORTE ESTE P.M. 7.576.500,00 586.000,00 V 1 7.578.000,00 585.000,00 V 2 7.578.000,00 587.000,00 V 3 7.575.000.00 587.000,00 V 4 7.575.000.00 585.000,00 S PTIMO: É Que, del an lisis de los antecedentes que obran en autos y elá m rito del informe t cnico del Servicio Nacional de Geolog a y Miner a, la presenteé é í í causa se ajusta plenamente a la Ley, sin que existan vicios procesales, ni otras causales que ameriten la denegaci n de la concesi n de exploraci n o la declaraci nó ó ó ó de caducidad, raz n por la cual este tribunal acoger la solicitud impetrada enó á autos. Y, VISTO adem s, lo dispuesto en los art culos 34, 35, 43, 47, 48, 51, 52,á í 55, 56, 57, 58, 87 y 90 del C digo de Miner a en vigencia y lo establecido en losó í art culos 42, 43, 44 y 94 del Reglamento de dicho texto legal,
Fallo
se resuelve:í I.- Que, se aprueba el plano de la concesi n minera de exploraci nó ó denominada “SAN PABLO C 7”. II.- Que, se declara constituida la concesi n minera de exploraci n ó ó “SAN PABLO C 7”, con una superficie total de 600 hect reas a favor de la empresaá INVERSIONES BARRICK CONOSUR SpA, Sociedad por acciones del giro de su denominaci n, chilena, R.U.T. 76.346.280-3, con domicilio en Ricardo Lyon N°ó 222, Piso 9, Providencia, Santiago. III.- Una vez certificada -a petici n de la interesada- la ejecutoriedad de laó presente sentencia, rem tase -por este Juzgado- dicha certificaci n, junto a laí ó sentencia constitutiva y copia digital del plano aprobado por Sernageomin, al correo electr nico proporcionado por el Conservador de Minas para tal efecto.ó IV.- Inscr base la sentencia, dentro del plazo legal en el Registro delí Conservador de Minas de El Loa Calama. Con este objeto, la concesionaria deber requerir el inicio del tr mite alá á siguiente correo electr nico del Conservador de Minas:ó conservadorminas@notariavaras.cl. V.- Pract quese la publicaci n legal extractada en conformidad a lo dispuestoí ó en el art culo 89 y 90 del C digo de Miner a y 43 del reglamento.í ó í VI.- Rem tase -por este Tribunal- copia de los antecedentes referidos en elí punto III a Sernageomin, al correo electr nico aportado por el referido Servicio.ó Este env o se entender suficiente cumplimiento de la obligaci n contenida en elí á ó art culo 42 del Reglamento del C digo del ramo. í
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NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-354-2021 CARATULADO : INVERSIONES BARRICK CONOSUR SPA/ Calama, veinte de Julio de dos mil veintiuno VISTO: 1.- Que, a folio 1, con fecha 09 de marzo de 2021, se presenta don Gonzalo Nieto Vald sé , chileno, casado, abogado, c dula nacional de identidadé N°11.472.232-4, en representaci n judicial de ó INVERSIONE
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