Juzgado de Garantía de Quilpué.

MINISTERIO PUBLICO C/ MIGUEL ANDRÉS TRUJILLO ALFARO

Rol

O-1139-2024

Fecha

19 de noviembre de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia del requerimiento son los siguientes: “Que el día 15 de abril del año 2024 las 21:15 horas aproximadamente, el requerido MIGUEL ANDRÉS TRUJILLO ALFARO, en compañía de dos sujeto de identidad desconocida llegó hasta el local de comida rápida nombre “Sushi Ray”, ubicado en Retiro N° 209, lugar desde el cual sustrae un teléfono celular de propiedad de don RAFAEL NICOLÁS PAREDES RENGIFO, el cual mantenía sobre un mesón, este corresponde a un teléfono de la marca Samsung, de color gris con el N° 965888791, dándose la fuga con la especie su poder, siendo seguido por diversos lugares por la víctima y por amigos, a los cuales contactó vía telefónica, logrando darle alcance en calle Aníbal Pinto por el N° 858, donde practican la detención y logran la recuperación de la especie que fue avalada la suma de $250.000.” A juicio de la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de Hurto simple, artículo 446 N° 2 del Código Penal, teniendo el requerido participación en calidad de autor y encontrándose el ilícito en grado de desarrollo frustrado. Concurre la agravante del artículo 12 N° 15 del Código Penal. En cuanto a pena, el Ministerio Público solicita la de 540 días de prisión en su grado máximo, multa de 8 unidades tributarias mensuales, más las accesorias legas, con costas, como autor del delito hurto simple frustrado. Código: QWRFXRXUXZE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 TERCERO: Alegaciones de apertura y clausura de los intervinientes. El Ministerio Público indicó que va a requerir absolución del imputado por insuficiencia de prueba. La defensa, por su parte, solicitó la absolución de su representado por no existir prueba de cargo. CUARTO: Declaración del requerido. El imputado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93, letra g, del Código Procesal Penal, ejerció su derecho a guardar silencio. QUINTO: Prueba rendida en el juicio. Los intervinientes no rindieron pr

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. El día catorce de noviembre de dos mil veinticuatro, ante el Juzgado de Garantía de Quilpué, se llevó a efecto audiencia de juicio oral en procedimiento simplificado en la causa R.U.C. N° 2400429108-1, R.I.T. N° 1139- 2024, seguida en contra de MIGUEL ANDRÉS TRUJILLO ALFARO, cédula de identidad N° 14.511.703-8, domiciliado en CALLE PHILLIPS Nº 0240, comuna de QUILPUÉ. Fue parte requirente el Ministerio Público, representado en audiencia por el fiscal HERNAN SILVA SATTA, y por la defensa del imputado compareció la Defensora Penal Pública DANIELA URIBE MONDACA, cuyos antecedentes se encuentran registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Requerimiento. Los hechos materia del requerimiento son los siguientes: “Que el día 15 de abril del año 2024 las 21:15 horas aproximadamente, el requerido MIGUEL ANDRÉS TRUJILLO ALFARO, en compañía de dos sujeto de identidad desconocida llegó hasta el local de comida rápida nombre “Sushi Ray”, ubicado en Retiro N° 209, lugar desde el cual sustrae un teléfono celular de propiedad de don RAFAEL NICOLÁS PAREDES RENGIFO, el cual mantenía sobre un mesón, este corresponde a un teléfono de la marca Samsung, de color gris con el N° 965888791, dándose la fuga con la especie su poder, siendo seguido por diversos lugares por la víctima y por amigos, a los cuales contactó vía telefónica, logrando darle alcance en calle Aníbal Pinto por el N° 858, donde practican la detención y logran la recuperación de la especie que fue avalada la suma de $250.000.” A juicio de la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de Hurto simple, artículo 446 N° 2 del Código Penal, teniendo el requerido participación en calidad de autor y encontrándose el ilícito en grado de desarrollo frustrado. Concurre la agravante del artículo 12 N° 15 del Código Penal. En cuanto a pena, el Ministerio Público solicita la de 540 días de prisión en su grado máximo, multa de 8 unidades tributarias mensuales, más las accesorias legas, con costas, como autor del delito hurto simple frustrado. Código: QWRFXRXUXZE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 TERCERO: Alegaciones de apertura y clausura de los intervinientes. El Ministerio Público indicó que va a requerir absolución del imputado por insuficiencia de prueba. La defensa, por su parte, solicitó la absolución de su representado por no existir prueba de cargo. CUARTO: Declaración del requerido. El imputado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93, letra g, del Código Procesal Penal, ejerció su derecho a guardar silencio. QUINTO: Prueba rendida en el juicio. Los intervinientes no rindieron prueba en la audiencia de juicio. SEXTO: Motivos de absolución. Tal como se adelantó al comunicar el veredicto, el tribunal resolvió absolver al requerido, por considerar que no se rindió prueba alguna que pudiese ser valorada conforme a lo previsto en el artículo 297 del Código Procesal Penal

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7 y 446 del Código Penal; artículos 1, 45, 47, 93, 295, 297, 340, 342, 347, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA que: I.- Se ABSUELVE a MIGUEL ANDRÉS TRUJILLO ALFARO, cédula de identidad N° 14.511.703-8, de la imputación formulada en su contra de ser autor del delito frustrado de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 2 del Código Penal, supuestamente cometido el 15 de abril de 2024 en la comuna de Quilpué. II.- Se exime de las costas al Ministerio Público. Regístrese y archívese en su oportunidad. RUC: 2400429108-1 RIT: 1139-2024 Sentencia redactada por el Juez Suplente Daniel Alfonso Bravo Zamora, del Jugado de Garantía de Quilpué. Código: QWRFXRXUXZE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 Código: QWRFXRXUXZE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: QWRFXRXUXZE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-19T19:03:42-0300

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1 MINISTERIO PÚBLICO DE QUILPUÉ C/ MIGUEL ANDRÉS TRUJILLO ALFARO DELITO: HURTO SIMPLE RUC: 2400429108-1 RIT: 1139-2024 Quilpué, diecinueve de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. El día catorce de noviembre de dos mil veinticuatro, ante el Juzgado de Garantía de Quilpué, se llevó a efecto audiencia de juicio oral en procedimiento sim

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