Juzgado de Letras del Trabajo de Calama

ARAYA/NEWREST CHILE SOPORTE LIMITADA

Rol

M-67-2022

Fecha

17 de agosto de 2022

Materia

Costas, Feriado proporcional, Horas extras, Prestaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos controvertidos los siguientes: 1. Efectividad de gozar la demandada de inmunidad de jurisdicción. Antecedentes de hecho, en su caso. 2. Efectividad de resultar la demanda responsable solidaria o subsidiariamente de las prestaciones demandadas en autos. QUINTO: Que produjeron las partes las siguientes probanzas: Documental, parte demandante: 1.- Acta de ingreso de reclamo ante la Inspección Provincial del Trabajo de El Loa, Calama, de fecha 13 de enero de 2022. 2.- Acta de Comparendo de Conciliación, ante la Inspección Provincial del Trabajo de El Loa, Calama, de fecha 02 de marzo de 2022. 3.- Anexo de contrato de trabajo de fecha 06 de septiembre de 2021. 4.- Comunicación de despido de fecha 05 de noviembre de 2021. 5.- Proyecto de finiquito de fecha 05 de noviembre de 2021. 6.- Proyecto de finiquito de fecha 05 de diciembre de 2021. 7.- Certificado de cotizaciones previsionales de la Administradora de Fondos de Pensiones CAPITAL. 8.- Certificado de cotizaciones previsionales de la Administradora de Fondos de Cesantía. 9.- Certificado de cotizaciones de salud del Fondo Nacional de Salud. 10.- Set de fotografías de libro de asistencia de los meses de agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2021. Documental, demandado Solidario ESO: 1. Copia de la Protocolización del Decreto del Ministerio de Relaciones Exteriores de 4 de enero de 1964 que promulgó el Convenio Internacional suscrito entre el Estado de Chile y la Organización Europea para la Investigación Astronómica en el Hemisferio Austral (ESO) para el establecimiento de un observatorio astronómico en Chile, suscrito el 6 de noviembre del año 1963, y publicado en el Diario Oficial de 4 de abril del año 1964. 2. Copia del Decreto N°18, del Ministerio de Relaciones Exteriores, individualizado en el numeral precedente, en el cual se promulgó y se ordenó cumplir como ley de la República el Convenio entre el Estado de Chile y ESO. 3. Copia del Decreto N°433, del Ministerio de Relaciones Exteriores,

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Calama, doña XIMENA ISABEL ARAYA RAMIREZ, auxiliar de casino, domiciliada para estos efectos en pasaje Los Vilos N° 2462, Calama, quien interpone demanda en procedimiento monitorio de cobro de prestaciones contra la empresa NEWREST CHILE SOPORTE LIMITADA, del giro suministro industrial de comidas por encargo y concesión de servicios de casino, representada por don CLAIRE DAVID, ambos domiciliados en avenida el retiro N°1235, Pudahuel, Santiago; y, solidariamente contra la empresa EUROPEAN SOUTHERN OBSERVATORY, ESO, (ORGANIZACION EUROPEA PARA LA INVESTIGACION ASTRONOMICA EN EL HEMISFERIO SUR), del giro de su denominación, representada por don PAUL DANIEL HOFSTADT, ambos con domicilio para estos efectos en Alonso de Córdova Nº3107, Vitacura, Santiago, solicitando el pago de las prestaciones que detalla en su libelo. Señala que con fecha 09 de junio de 2021, fue contratada bajo vínculo de subordinación y dependencia por la demandada principal para prestar servicios de auxiliar de casino en dependencias de la empresa EUROPEAN SOUTHERN OBSERVATORY, ESO, (ORGANIZACION EUROPEA PARA LA INVESTIGACION ASTRONOMICA EN EL HEMISFERIO SUR), esto es dentro del Observatorio Alma, ubicado dentro de la comuna de San Pedro de Atacama, lo anterior en virtud de un contrato de carácter civil, comercial o un acuerdo contractual, entre ambas partes, teniendo calidad de empresa principal respecto de la empresa NEWREST CHILE SOPORTE LIMITADA en el régimen de subcontratación laboral. Su jornada era de tipo excepcional 10 días de trabajo por 10 de descanso de 09:00 a 21:00 horas; y, según el promedio de lo declarado por la demandada en las instituciones de seguridad social respecto de los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2021, para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo su última remuneración mensual ascendió a la suma de $577.399.- (quinientos setenta y siete mil trescientos noventa y nueve pesos). La duración de su contrato de trabajo sería de tres meses, pero, con fecha 06 de septiembre de 2021 suscribió anexo en virtud del cual se prorrogó dicha vigencia hasta el día 05 de diciembre de 2021. Sin perjuicio de lo anterior, el día 25 de noviembre de 2021 el jefe de turno, don Cristian, ignora apellido le dijo “Ximena, tu solo trabajas hasta hoy, luego cumples tus diez días de descanso y quedas despedida”. Acto seguido le entregó una comunicación cuyo contenido indica que el término a su contrato ocurriría el día “05 de noviembre de 2021” (sic) por la causal del artículo 159 N°4 del Código del Trabajo, esto es “vencimiento del plazo convenido en el contrato”, en circunstancias de que trabajó normalmente hasta el día 25 de noviembre de 2021, y luego comenzó el ciclo de diez días de descanso, hasta el día 05 de diciembre de 2021, fecha en la que efectivamente se produjo su despido, por lo que obviamente la fecha indicada en la carta sería errónea y lo que quiso indicar es qu

Fallo

Por lo expuesto, y conforme las citas legales que estima pertinentes, pide se declare (i) que entre el 09 de junio y el 05 de diciembre de 2021 existió una relación laboral entre la demandante y la demandada principal, la que concluyó con fecha 05 de diciembre de 2021 en virtud de la causal establecida en el artículo 159 N°4 del Código del Trabajo, esto es por “vencimiento del plazo convenido en el contrato”; (ii) que la empresa EUROPEAN SOUTHERN OBSERVATORY, ESO, (ORGANIZACION EUROPEA PARA LA INVESTIGACION ASTRONOMICA EN EL HEMISFERIO SUR) tiene la calidad de empresa principal respecto de la empresa NEWREST CHILE SOPORTE LIMITADA y esta la calidad de contratista de aquella y que en consecuencia los servicios fueron prestados bajo las normas de la subcontratación laboral, establecida en los artículos 183-A y siguientes del Código del Trabajo, en los términos, períodos y circunstancias indicados en la relación pormenorizada de los hechos; por lo que las demandadas deben pagarle las siguientes prestaciones e indemnizaciones: a) feriado proporcional desde el 09 de junio al 05 de diciembre de 2021 (7,33 días hábiles, 10,33 días corridos) ascendente a $198.817 (ciento noventa y ocho mil ochocientos diecisiete pesos) o la suma que S.S. determine; b) sobresueldo por 72 horas extraordinarias trabajadas desde el 09 de junio de 2021 al 05 de diciembre de 2021, ascendente a $323.340 (trescientos veintitrés mil trescientos cuarenta pesos) o la suma que S.S. determine; con reajustes, inte

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Calama, diecisiete de agosto de dos mil veintidós. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Calama, doña XIMENA ISABEL ARAYA RAMIREZ, auxiliar de casino, domiciliada para estos efectos en pasaje Los Vilos N° 2462, Calama, quien interpone demanda en procedimiento monitorio de cobro de prestaciones contra la empresa NEWREST CHILE SOPORTE LIMITAD

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