Juzgado de Garantía de Talca.

MP C/ ELÍAS EMANUEL MARCHANT GUAJARDO

Rol

O-5997-2024

Fecha

18 de noviembre de 2024

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1,2, 11 N°9, 15 N°1,67, 432, 442 N°1 todos del Código Penal y 388 y siguientes del Código Procesal Penal se declara: I. Que se condena a ELÍAS EMANUEL MARCHANT GUAJARDO, ya individualizado, como AUTOR del delito frustrado de robo en lugar no habitado previsto y sancionado en el artículo 442 N°1 del Código Penal, perpetrado en Talca el día 29 de julio del año 2024 a sufrir la pena de CIENTO DIEZ DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público en el tiempo de la condena. II. Que habida consideración al mayor tiempo que ha estado privado de libertad con ocasión de esta causa siendo detenido el día 29 de julio del 2024 y sometido a la cautelar de prisión preventiva el día 30 de julio del mismo año, misma que se mantiene vigente hasta la actualidad, la pena privativa de libertad de ciento diez días se le dará por CUMPLIDA, por el mayor tiempo que ha estado privado de libertad con ocasión de esta causa. III. Se le exime del pago de costas. Regístrese, notifíquese y ejecutoriado dese cumplimiento con lo prescrito en el artículo 468 del Código Procesal Penal en su oportunidad. Dictó don VICTOR MANUEL ROJAS OYARCE , Juez de Garantía de Talca. Código: MRXFXRCJXTE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RENUNCIA A LOS TÉRMINOS LEGALES Tanto el Ministerio Público como la defensa, renuncian a los plazos y recursos, por tanto la sentencia queda firme y ejecutoriada. ORDEN DE LIBERTAD. Código: MRXFXRCJXTE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-19T13:20:12-0300

Fallo

se declara: I. Que se condena a ELÍAS EMANUEL MARCHANT GUAJARDO, ya individualizado, como AUTOR del delito frustrado de robo en lugar no habitado previsto y sancionado en el artículo 442 N°1 del Código Penal, perpetrado en Talca el día 29 de julio del año 2024 a sufrir la pena de CIENTO DIEZ DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público en el tiempo de la condena. II. Que habida consideración al mayor tiempo que ha estado privado de libertad con ocasión de esta causa siendo detenido el día 29 de julio del 2024 y sometido a la cautelar de prisión preventiva el día 30 de julio del mismo año, misma que se mantiene vigente hasta la actualidad, la pena privativa de libertad de ciento diez días se le dará por CUMPLIDA, por el mayor tiempo que ha estado privado de libertad con ocasión de esta causa. III. Se le exime del pago de costas. Regístrese, notifíquese y ejecutoriado dese cumplimiento con lo prescrito en el artículo 468 del Código Procesal Penal en su oportunidad. Dictó don VICTOR MANUEL ROJAS OYARCE , Juez de Garantía de Talca. Código: MRXFXRCJXTE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RENUNCIA A LOS TÉRMINOS LEGALES Tanto el Ministerio Público como la defensa, renuncian a los plazos y recursos, por tanto la sentencia queda firme y ejecutoriada. ORDEN DE LIBERTAD. Código: MRXFXRCJXTE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de Procedimiento abreviado.. Fecha Talca., dieciocho de noviembre de dos mil veinticuatro Magistrado VICTOR MANUEL ROJAS OYARCE Fiscal CARMEN JIMENEZ por PAULO RODRIGUEZ MORALES Defensor SEBASTIAN CARRZANA por MILTON JOAO ALCAÍNO SAAVEDRA Hora inicio 01:44PM Hora termino 01:57PM Sala TERCERA SALA Audio N°24 Tribunal Juzgado de Garantía de Talca. Acta vtr RUC 2400880

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica