Juzgado de Letras de La Calera

PEÑA/

Rol

V-46-2021

Fecha

19 de julio de 2021

Materia

BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 05/04/2021, folio 1, comparece do a Giselle Tapia Romo, abogada,ñ domiciliada en Latorre N 487, La Calera, en representaci n de do a ° ó ñ MARIA JUDITH PE A SANTIBA EZÑ Ñ , labores de casa, domiciliada en Julio Montt Salamanca N 16,° Poblaci n, Ignacio Carrera Pinto, Hijuelas, seg n consta en mandato extendido por escrituraó ú p blica que acompa a, solicitando autorizaci n para enajenar inmueble ubicado en Avenidaú ñ ó Alejandro Navarrete N 233 de la Poblaci n Alejandro Navarrete de la comuna de Vi a del° ó ñ Mar que corresponde al departamento 24, Block 16, piso segundo, Rol 233 del Plano de Ley de Copropiedad Horizontal aprobado por la Direcci n de Obras Municipales de Vi a deló ñ Mar que se encuentra archivado bajo el n mero 1817 en el Registro de Documentos delú Conservador de Bienes Ra ces de Valpara so del a o 1986, de dominio de la interdicta, do aí í ñ ñ MAR A LUISA INOSTROSA INOSTROSA.Í Con fecha 12/04/2021, folio 4, se da curso a la solicitud. Con fecha 16/04/2021, folio 6, se acompa an documentos.ñ Con fecha 24/05/2021, folio 8, consta informaci n sumaria de testigos.ó Con fecha 15/06/2021, folio 11, se acompa a informe de defensora p blica.ñ ú Con fecha 12/07/2021, folio 14, se decreta Autos para fallo.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 05/04/2021, folio 1, comparece do a Giselle Tapia Romo,ñ abogado, domiciliada en Latorre N 487, La Calera, en representaci n de do a MARIA° ó ñ JUDITH PE A SANTIBA EZ, labores de casa, domiciliada en Julio Montt Salamanca NÑ Ñ ° 16, Poblaci n, Ignacio Carrera Pinto, Hijuelas, solicitando autorizaci n para enajenaró ó inmueble de dominio de la interdicta, do a MAR A LUISA INOSTROSA INOSTROSAñ Í . Funda la solicitud se alando que por sentencia definitiva de fecha 30 de octubre deñ 2020 dictada en los autos V-43-2020 de este mismo tribunal su representada do a Mar añ í Judith Pe a Santib ez fue designada curadora general de la persona y de los bienes de do añ áñ ñ Mar a Luisa Inostrosa Inostrosa, declarada en interdicci n por demencia. Desde el a o 2016í ó ñ a la fecha la interdicta vive con el grupo familiar cercano constituido por su sobrino Alberto Segundo Inostroza Vergara, c nyuge de la curadora de los bienes, su sobrina nieta, su parejaó e hijo de estos ltimos quienes comparten la casa habitaci n ubicada en Julio Monttú ó Salamanca N 16, Poblaci n Ignacio Carrera Pinto. Do a Mar a Luisa Inostrosa lnostrosa es° ó ñ í due a de un inmueble ubicado en Avenida Alejandro Navarrete N 233 de la Poblaci nñ ° ó Alejandro Navarrete de la comuna de Vi a del Mar que corresponde al departamento 24,ñ Block 16, piso segundo, Rol 233 del Plano de Ley de Copropiedad Horizontal aprobado por la Direcci n de Obras Municipales de Vi a del Mar que se encuentra archivado bajo eló ñ n mero 1817 en el Registro de Documentos del Conservador de Bienes Ra ces de Valpara soú í í del a o 1986. El rea de copropiedad de los Blocks y departamentos que forman la Poblaci nñ á ó Alejandro Navarrete y que corresponde al Lote Dos de la Manzana L del Plano de subdivisi n ya se alado son los siguientes: al Norte, en l nea quebrada que une los puntos F-ó ñ í G-H-I-J con resto de la propiedad de la sociedad Agr cola Santa Julia de Re aca Limitada yí ñ los puntos O-P con bols n de estacionamiento de calle principal; al Sur, en l nea quebradaó í que une los puntos K-L con pasaje Norte de Manzana K, los puntos M-N con calle Principal, los puntos V-V' con rea verde p blica y los puntos V'-U y T-S en l nea quebradaá ú í con lote uno de Manzana L; al Oriente, en l nea quebrada que une los puntos K-J y H-I coní resto de Propiedad de Sociedad Agr cola Santa Julia de Re aca Limitada y los puntos N-O yí ñ P-V con calle Principal; al Poniente, en l nea quebrada que une los puntos E-F con resto deí propiedad de Sociedad Agr cola Santa Julia de Re aca Limitada y en l nea T-U con lote unoí ñ í de la Manzana L. Su propiedad comprende los derechos proporcionales en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno que se construy la Poblaci n Alejandroó ó Navarrete. Do a Mar a Luisa Inostrosa adquiri este departamento del Servicio de Viviendañ í ó y Urbanizaci n por escritura p blica de fecha 22 de marzo de 1989 otorgada en la notar aó ú í de Vi a del Ma

Fallo

por tanto impedida para prestar su consentimiento para la enajenaci n de un bien ra z, y dicha norma establece que es el juez quien puede deber daró í á la aprobaci n mediante decreto judicial para la enajenaci n adem s de haberse probado queó ó á el negocio pretendido se observa beneficioso y ventajoso para la interdicta, lo que ha ocurrido en la especie, ya que se verifica con el certificado de aval o fiscal de la propiedad, yú la prueba testimonial rendida, elementos que hacen ver la conveniencia del negocio. D CIMO:É Conforme a lo precedente, encontr ndose declarada en interdicci n por causa deá ó demencia, y habi ndose acreditado que el negocio pretendido se observa beneficioso yé ventajoso, para mejorar las condiciones de habitabilidad de la incapaz, ya que el producto de la venta ser destinado para construir una habitaci n y ba o, y mejorar sus cuidados yá ó ñ calidad de vida, tal como lo declararon los testigos, y teniendo en consideraci n sus 96 a os,ó ñ se acceder a la petici n planteada por reunirse los requisitos legales, tal como se dir en loá ó á resolutivo de este fallo. D CIMO PRIMERO:É Que se otorgar la autorizaci n, por el plazo de cuatro meses desdeá ó la fecha en que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada, para concretar la enajenaci n, ello con el fin de asegurar el beneficio de do a Mar a Luisa Inostrosa Inostrosa,ó ñ í por cuanto si transcurre en exceso el tiempo sin concretar el contrato referido, se corre el riesgo que los beneficios que ho

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de La Calera CAUSA ROL : V-46-20201 CARATULADO : PE AÑ Fecha de inicio : 05/04/2021 Fecha cit. o r sentí : 12/07/2021 La Calera, diecinueve de Julio de dos mil veintiuno VISTOS: Con fecha 05/04/2021, folio 1, comparece do a Giselle Tapia Romo, abogada,ñ domiciliada en Latorre N 487, La Calera, en representaci n de do a ° ó ñ MARIA JUDITH

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica