MINISTERIO PÚBLICO C/ FLAVIANA IGNACIA LAGOS ECHEVERRÍA
Rol
O-147-2024
Fecha
18 de noviembre de 2024
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral correspondiente a la causa RUC N° 2310029566-0; RIT N°147-2024 seguida en contra de la acusada FLAVIANA IGNACIA LAGOS ECHEVERRÍA, R.U.N. 21.124.940-4, nacida el 3 de septiembre de 2002 en la ciudad de Concepción, 22 años, soltera, segundo medio rendido, con domicilio en calle Silesia, Casa N° 3.160 de la comuna de Hualpén representado por la defensora penal pública, Ximena Pulgar Jara. Por su parte el Ministerio Público estuvo representado por el Fiscal Alejandro Ali Vallejos. SEGUNDO: Que los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación, contenidos en los autos de apertura del juicio oral provenientes del Juzgado de Garantía de Concepción, son los siguientes: “Desde fecha indeterminada y hasta el día 07 de junio de 2023, la imputada FLAVIANA IGNACIA LAGOS ECHEVERRÍA, junto a los coimputados Benjamín Rodrigo Fuentes Bustos y Roberto Antonio Marcano Parra, tomaron parte en la comercialización de drogas. Es así, que el día 07 de junio de 2023, en la vía pública, específicamente en la intersección de Avenida Chacabuco con calle Janequeo de la comuna de Concepción, los imputados Benjamín Rodrigo Fuentes Bustos y Roberto Antonio Marcano Parra ofrecieron a personal de Carabineros, que vestían de civil, la venta de sustancia consistente en drogas y estupefacientes, señalándoles expresamente "tenemos pastillas a diez mil y pititos a cinco mil para vender”. En tales circunstancias, se acercó la imputada FLAVIANA IGNACIA LAGOS ECHEVERRÍA, quien se encontraba en guarda y posesión de siete bolsas, contenedoras de un total de 7,4 gramos brutos de cannabis sativa. Los imputados, a su vez, guardaban dinero: específicamente MARCANO, $32.000.- (treinta y dos mil pesos) en efectivo; y FUENTES, $19.000.- (diecinueve mil pesos) en efectivo.” (sic) Código: BTXZXRWKYCE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PODER JUDICIAL TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL CONCEPCIÓN 2 Para la Fiscalía los hechos descritos configuran el delito de tráfico de sustancias estupefacientes o psicotrópicas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación con el artículo 1° de la ley 20.000, en grado de desarrollo de consumado, atribuyendo a la acusada responsabilidad en calidad de autora en virtud del artículo 15 N°1 del Código Penal. A juicio del Ministerio Público, le beneficia la circunstancia atenuante del artículo 11 N°6 del mismo cuerpo legal y solicita se imponga la pena de ochocientos dieciocho (818) días de presidio o reclusión menor en su grado medio y multa de diez (10) U.T.M., además del comiso de las especies incautadas, las accesorias legales que correspondan y las costas de la causa. TERCERO: Que en su alegato de apertura el Ministerio Público expuso que con la prueba rendida se acreditará los hechos de la acusación y la responsabilidad que le cupo co
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1º, 11 N° 6, 11 N° 9, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 18, 21, 25, 26, 30, 50, 62, 68, 69 y 70 del Código Penal; artículos 1° y 4° de la Ley 20.000; artículos 36, 45, 281, 295, 296, 297, 309, 325, 326, 328, 329, 332, 333, 338, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; e Instrucciones del Pleno de la Excma. Corte Suprema sobre la forma y contenido de las sentencias dictadas por los Tribunales de la Reforma Procesal Penal, se declara: I.- Que, se CONDENA, sin costas, a Flaviana Ignacia Lagos Echeverría a la pena de SESENTA Y UN días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante la condena y a la multa de DIEZ Unidades Tributarias Mensuales; como autora del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en los artículos 1° y 4° de la Ley 20.000, cometido el 7 de junio de 2023 en Concepción. II.- Que, reuniéndose respecto de la sentenciada los requisitos establecidos en la Ley Nº 18.216, se impone a Lagos Echeverría la pena sustitutiva de reclusión parcial en el domicilio de la sentenciada entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente, computándose ocho horas continuas de reclusión parcial por cada día de privación o restricción de libertad. Que, existiendo factibilidad técnica para la implementación del sistema de monitoreo telemático, según da cuenta el Informe N° 247869, se
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PODER JUDICIAL TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL CONCEPCIÓN 1 Concepción, dieciocho de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral correspondiente a la causa RUC N° 2310029566-0; RIT N°147-2024 seguida en contra de la acusada FLAVIANA IGNACIA LAGOS ECHEVERRÍA, R.U.N. 21.124.
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