2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CHERISMA/SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAS SANTIAGO S.A.

Rol

O-7653-2021

Fecha

16 de agosto de 2022

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Prestaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos no configuran la causal de despido invocada. Niega haber agredido verbalmente a la supervisora del área de prevención de riesgo o cualquier otro trabajador de la empresa, así como haber insultado, amenazado y/o agredido a don Daniel Munizaga y a cualquier otro trabajador de la empresa, razón por la cual su despido es injustificado. Por tanto, en definitiva, solicita que se declare injustificado su despido y que la demandada sea condenada al pago de las siguientes prestaciones: la suma de $505.272 por los días trabajados en septiembre de 2021; la suma de $947.385 por concepto de indemnización sustitutiva previa; el monto de $2.842.155 por indemnización por años de servicios; recargo legal del 80% por la suma de $2.273.724; 42 días de feriado legal, correspondientes al período 2019-2020 y 2020-2021 por la suma de $1.326.360; y feriado proporcional por $386.855. SEGUNDO: Que, compareció don LUIS ARTURO AYLWIN, abogado, en representación de la demandada SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAS SANTIAGO S.A., ambos domiciliados para estos efectos en calle Abdón Cifuentes N°36, comuna de Santiago, contestando la demanda en base a los

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, compareció don FRANTZ-FLOBERT CHERISMA, trabajador, domiciliado en Río Guardiana N°2270, comuna de Puente de Alto, interponiendo demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones labores, en procedimiento de aplicación general, en contra de SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAS SANTIAGO S.A., sociedad dedicada al transporte urbano y suburbano de pasajeros vía locomoción colectiva, y al alquilar de bienes inmuebles amoblados o con equipos de maquinarias, representada legalmente por don Luis Mario Barahona Moraga, ambos domiciliados en Abdón Cifuentes N°36, comuna de Santiago. Señala que prestó servicios para la demandada desde el 25 de febrero de 2019, inicialmente como aseador, luego del anexo de contrato de fecha 1 de agosto de 2020, como bombero, y que su remuneración ascendía a $947.385. Expone que el 3 de septiembre de 2021 le preguntó a la prevencionista de riesgos de la empresa por qué, desde hace más de un mes, no le entregaban guantes ni mascarillas para trabajar, encontrándose obligado, junto a sus compañeros, a comprarlos por su cuenta. Ella le respondió que hablaría con el Supervisor Eduardo Vidal para solucionar el tema. Esa misma tarde, cerca de las 16:00 horas, el jefe a cargo de los terminales de STP Santiago, don Claudio Gómez, lo llamó por teléfono y le preguntó si tenía algún problema con la prevencionista, dado que se había quejado porque le había hablado “feo” esa mañana. Respondió que, si bien ello no era cierto, ella no estaba haciendo su trabajo ya que hace más de un mes no les entregaban mascarillas ni guantes para trabajar, debiendo comprarlos con su dinero. Don Claudio le indicó que iba a solucionar el tema, lo que nunca ocurrió. Relata que el 16 de septiembre de 2021, aproximadamente a las 11:00 horas, mientras se encontraba desarrollando sus labores, se acercó don Eduardo Vidal, quién le mostró un correo electrónico en su teléfono, el que no pudo leer porque no entiende bien español, indicándole que estaba despedido, debiendo retirarse del recinto y que debía volver el día lunes a buscar la carta de despido a las oficinas de la empresa. Así, el 20 de septiembre se presentó en las oficinas y una secretaria le pasó un papel que contenía una dirección, indicándole que debía ir a la notaría ubicada en dicho lugar a firmar un finiquito que luego debía llevar a la empresa, y que el jueves siguiente debía volver para retirar el finiquito. Indica que no firmó el finiquito, y cuando volvió el jueves 23 no se le entregó la carta de despido, porque la secretaría le indicó que debía firmarla antes de entregársela, a lo que se negó. Indica que puso un reclamo ante la Inspección del Trabajo el día 24 de septiembre de 2021, efectuándose el comparendo de conciliación vía remota el 20 de octubre de 2021, oportunidad en que la demandada declaró que había sido despedido el 16 de septiembre de 2021 por la causal contenida en el artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, por agredir verbalmente a la sup

Fallo

Por tanto, en definitiva, solicita que se declare injustificado su despido y que la demandada sea condenada al pago de las siguientes prestaciones: la suma de $505.272 por los días trabajados en septiembre de 2021; la suma de $947.385 por concepto de indemnización sustitutiva previa; el monto de $2.842.155 por indemnización por años de servicios; recargo legal del 80% por la suma de $2.273.724; 42 días de feriado legal, correspondientes al período 2019-2020 y 2020-2021 por la suma de $1.326.360; y feriado proporcional por $386.855. SEGUNDO: Que, compareció don LUIS ARTURO AYLWIN, abogado, en representación de la demandada SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAS SANTIAGO S.A., ambos domiciliados para estos efectos en calle Abdón Cifuentes N°36, comuna de Santiago, contestando la demanda en base a los fundamentos que se exponen a continuación. Reconoce que el actor ingresó a prestar servicios el 25 de febrero de 2019 como aseador, y que a partir del 1 de agosto comenzó a prestar funciones como bombero, controvierte la remuneración, señalando que ascendía a $755.864 según dan cuenta el promedio de las tres últimas liquidaciones de sueldo. Niega que el actor haya sido despedido verbalmente, ya que fue despedido el 16 de septiembre de 2021 por la causal contenida en el artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, dándose cumplimiento a las formalidades legales, consecuencia de los hechos acecidos el 3 de septiembre de 2021, transcribiendo los hechos contenidos en la carta de despido. S

Texto Completo (Preview)

Santiago, dieciséis de agosto de dos mil veintidós. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, compareció don FRANTZ-FLOBERT CHERISMA, trabajador, domiciliado en Río Guardiana N°2270, comuna de Puente de Alto, interponiendo demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones labores, en procedimiento de aplicación general, en contra de SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAS SANTIAGO S.A., soci

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica