11º Juzgado de Garantía de Santiago

PAULINA CELIRIA BARRERA AQUEVEQUE C/ JORGE GUSTAVO VARGAS PRIETO

Rol

O-4940-2023

Fecha

18 de noviembre de 2024

Materia

APROPIACION INDEBIDA ART.470 N°1

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: Entre septiembre de 2018 y febrero de 2020 el imputado EDGARDO ANDRÉS SOMODEVILLA ESPINOZA, ejerció labores de contaduría para el colegio Manantial de San Miguel ubicado en novena Avenida 1386, comuna de San Miguel representado por la sociedad educacional Nazaret limitada y posteriormente Corporación Educacional Nuevo Manantial, durante dicho periodo el imputado distrajo la suma total de 50.15.144 pesos desde las cuentas corrientes de las referidas personas jurídicas correspondientes a cuenta corriente número 00 174 07 507 03 de la corporación educacional nuevo Manantial, cuenta corriente número 00 174 00 179 07 sociedad educacional Nazaret limitada hacia las cuentas de las siguientes personas Angeló Giovanni Alejandro Pradenas Novoa Rut 16.043.907-6 por un total de 44.297.615; EDGARDO ANDRÉS SOMODEVILLA ESPINOZA Rut 17.008.571-k por un total de 5.717.529 lo anterior se llevó a cabo mediante la asignación de parte del imputado SOMODEVILLA ESPINOZA de nombre ficticio a los titulares de las cuentas destinatarias referidas anteriormente de manera de ocultar el destinatario efectivo de las transferencias en cuestión perjudicando a la sociedad educacional Nazaret limitada y corporación educacional nuevo Manantial en la cantidad total mencionada anteriormente.. Circunstancias modificatorias de responsabilidad: 11 N 6 y 9 del Código Penal SENTENCIA PARTE RESOLUTIVA Santiago, dieciocho de noviembre de dos mil veinticuatro. SE DECLARA: I) Que, se condena a EDGARDO ANDRÉS SOMODEVILLA ESPINOZA, cedula de identidad N°17.008.571-K, ya individualizado, domiciliado en calle Estribo Norte 7576, comuna de Código: LRRXXRBXBRE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Puente Alto, en calidad de autor, del delito consumado, previsto y sancionado en el artículo 470 número 1 en relación al 467 N 1 ambos del Código Penal, perpetrado entre septiembre de 2018 y febrero de 2020, en esta jurisdicción, a las penas de 541 DIA

Fallo

SE DECLARA: I) Que, se condena a EDGARDO ANDRÉS SOMODEVILLA ESPINOZA, cedula de identidad N°17.008.571-K, ya individualizado, domiciliado en calle Estribo Norte 7576, comuna de Código: LRRXXRBXBRE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Puente Alto, en calidad de autor, del delito consumado, previsto y sancionado en el artículo 470 número 1 en relación al 467 N 1 ambos del Código Penal, perpetrado entre septiembre de 2018 y febrero de 2020, en esta jurisdicción, a las penas de 541 DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesorias de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. II) Que, se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad por la pena de Remisión Condicional, por el plazo de 541 días, debiendo quedar sujeto al control administrativo del CRS respectivo, dentro del plazo ya indicado, y debiendo cumplir en el periodo con las condiciones del artículo 5 de la ley referida, deberá presentarse al CRS, dentro de 5° día de que este ejecutoriado el fallo, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención, si la pena fuera quebrantada, deberá cumplir en forma íntegra y efectiva la pena privativa de libertad o en su caso se le reemplazara por una pena sustitutiva de mayor intensidad, o se impondrá la intensificación de las condiciones decretadas, en caso de que deba cumplir pena efectiva, no hay abonos que considerar. IV) Que, se exime de las costas al sentenciado.

Texto Completo (Preview)

RESUMEN: R.U.C. N° : 2310046981-2 R.I.T. N° : 4940-2023 FISCAL : JORGE CARMONA QUERELLANTE : ALBERTO GONZALEZ DEFENSOR : RODRIGO VENEGAS TRIBUNAL : 11° JUZGADO DE GARANTÍA SANTIAGO FECHA DE SENTENCIA : 18 DE NOVIEMBRE DE 2024 TIPO DE RESOLUCIÓN : Transcripción de parte resolutiva de sentencia en procedimiento Abreviado. HECHOS: Entre septiembre de 2018 y febrero de 2020 el imputado EDGARDO ANDRÉS

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