Juzgado de Letras del Trabajo de Los Angeles

VARGAS/UNIVERSIDAD LA REPUBLICA

Rol

O-284-2021

Fecha

16 de agosto de 2022

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia preparatoria en procedimiento de aplicación general en los antecedentes Rit Nº O-284-2021, a los que se acumuló la causa Rit N° O-59-2022, compareciendo doña Loreto Javiera Zegpi Riquelme, abogada, en representación de doña ANDREA GEMITA VARGAS PARRA, bioquímico, domiciliada en pasaje Isla Mancera número 103 de la villa Las Islas de esta ciudad, legalmente asistida por la abogada doña Loreto Javiera Zegpi Riquelme, y la demandada UNIVERSIDAD LA REPÚBLICA, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por su rector don Alfredo Romero Licuma, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en calle Agustinas número 1831 de la comuna de Santiago, quien no compareció a la audiencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO:   PRIMERO: Que compareció doña Loreto Javiera Zegpi Riquelme, en representación de doña Andrea Gemita Vargas Parra, quien interpuso demanda en procedimiento de aplicación general en contra de Universidad La República, representada legalmente por su rector don Alfredo Romero Licuma, solicitando acogerla a tramitación y en definitiva dar lugar a la demanda en todas sus partes, declarando que: a) Existen circunstancias que dieron lugar al despido indirecto o auto despido (haber incumplido gravemente el empleador las obligaciones que impone el contrato). b) Que la demandada Universidad La República debe enterar las cotizaciones de seguridad social adeudadas, debiendo oficiar a las instituciones respectivas para que procedan a su liquidación y cobro. c) Que se condena a la demandada a pagar indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, equivalente a la suma de $1.200.000.- d) Que se condena a la demandada a pagar indemnización por años de servicio, equivalente a $8.400.000.- e) Que se condena a la demandada a pagar recargo del cincuenta por ciento respecto de la indemnización por años de servicio equivalente a $4.200.000.- f) Todo lo anterior con reajustes e intereses de conformidad a lo dispuesto en los arts. 63 y 173 del Código del Trabajo, y g) Que se condena a la demanda a pagar las costas del juicio. O las sumas mayores o menores que el Tribunal determine conforme al mérito de autos. En la causa Rit N° O-59-2022, acumulada a estos antecedentes, se pidió

Fallo

se declarase que el despido solicitando en causa Rit N° O-284-2021 del ingreso de este Tribunal es nulo, por lo que deberá la demandada pagarle a su representada todas las remuneraciones que se devenguen desde la fecha del despido nulo y hasta la total convalidación del mismo en la causa antes singularizada, en conformidad al inciso quinto del artículo 162 del Código del Trabajo, a razón de $1.200.000 mensuales, más los interés reajustes y costas del juicio o lo que el Tribunal determine de acuerdo al mérito de autos. Indica que su mandante prestó servicios bajo subordinación y dependencia para la Universidad La República en la sede de esta ciudad en el cargo de docente en jornada completa, percibiendo una remuneración imponible de $1.200.000 mensuales. De las remuneraciones la empleadora efectuaría los descuentos legales obligatorios de salud (Fondo Nacional de Salud) y Administradora de Fondos de Pensiones Capital, así como aquellos que la trabajadora autorizara expresamente por escrito y que no infrinjan la ley. Agrega, en cuanto a la naturaleza jurídica del contrato de trabajo, que éste era de carácter indefinido. Relata que la jornada laboral era de lunes a jueves de 10:00 a 13:00 horas y de 15:00 a 21:00 horas y los días viernes de 10:00 a 13:00 horas y de 15:00 a 20:00 horas. Manifiesta que la empleadora de su representada ha incurrido durante el desarrollo de la relación laboral en reiterados incumplimientos en el pago de las cotizaciones previsionales tanto de Ad

Texto Completo (Preview)

Los Ángeles, dieciséis de agosto de dos mil veintidós. VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia preparatoria en procedimiento de aplicación general en los antecedentes Rit Nº O-284-2021, a los que se acumuló la causa Rit N° O-59-2022, compareciendo doña Loreto Javiera Zegpi Riquelme, abogada, en representación de doña ANDREA GEMITA VARGAS PARRA, bioquímico, domiciliada en pasaje

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