ANONIMIZADO
Rol
F-710-2023
Fecha
8 de noviembre de 2023
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que, por intermedio del consejo técnico, se obtuvo que el denunciante informe que no desea continuar con la tramitación de estos autos, lo que cabe entender que esta voluntad se comprobó libre y espontánea, descartando que en la actualidad exista algún tipo de riesgo, por ende, se procederá a rechazar la denuncia interpuesta. Y visto, además los artículos 5° y siguientes de la Ley 20.066; y artículos 81 y siguientes de la Ley 19.968, sobre Tribunales de Familia, se declara: I.- Que se niega lugar a dar tramitación de un procedimiento por actos de violencia intrafamiliar, ordenándose el archivo de...
Fallo
se declara: I.- Que se niega lugar a dar tramitación de un procedimiento por actos de violencia intrafamiliar, ordenándose el archivo de...
Texto Completo (Preview)
Quilpué, ocho de noviembre de dos mil veintitrés. Téngase por evacuada la opinión del consejo técnico. Vistos: Que, por intermedio del consejo técnico, se obtuvo que el denunciante informe que no desea continuar con la tramitación de estos autos, lo que cabe entender que esta voluntad se comprobó libre y espontánea, descartando que en la actualidad exista algún tipo de riesgo, por ende, se procede
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