7º Juzgado de Garantía de Santiago

JAZMIN ANDREA NAVARRETE CARVAJAL C/ ROSA DEL CARMEN PERALTA RAMÍREZ

Rol

O-10834-2023

Fecha

13 de noviembre de 2024

Materia

CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50)., RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día de septiembre de , a las : horas aproximadamente en las inmediaciones de calle merced con Mac-Iver , comuna de Santiago, la imputada ROSA DEL CARMEN PERALTA RAMÍREZ fue suspendida portando, transportando y en posesión al interior de un carro de supermercado tapado con una frazada color celeste notebook marca HP , notebook Toshiba además de un Mouse pad todo al interior de una bolsa plástica, especies con robadas en la empresa APCO servicios forestales y minería ubicada en calle Almirante Montt N° 7 , comuna de Santiago, conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen ilícito toda vez que las mantenía minutos después del robo y en las inmediaciones del lugar. Además, portaba y transportaba consigo, para consumo personal, sustancias ilícitas, una bolsa color negro con 7 envoltorios de pasta base de cocaína que arrojaron un peso bruto de . gramos y que trató de tirar al excusado de la unidad policial. Código: TNNKXRPXDXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SE DECLARA: I.- Que, se condena a ROSA DEL CARMEN PERALTA RAMÍREZ, ya individualizada, como autora de un delito consumado de receptación previsto y sancionado en el inciso primero del artículo Bis A del Código Penal, descubierto en la comuna de Santiago el día de septiembre de , a una pena de SESENTA Y UN días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, una multa de /3 de UTM y comiso de una FRAZADA y un CARRO METÁLICO DE SUPERMERCADO, incautados. Así también, se le condena como autora de una falta de porte de droga para consumo personal, próximo y exclusivo en el tiempo, previsto en el artículo de la ley . , descubierto en las condiciones antes indicadas, a una pena de multa de UN TERCIO /3 de UTM. Sin costas. II.- Que se exime a la sentenciada de las penas de multas impuestas. III.-En cuanto a la pena corporal impuesta, se le tiene POR CUMPLIDA, en

Fallo

SE DECLARA: I.- Que, se condena a ROSA DEL CARMEN PERALTA RAMÍREZ, ya individualizada, como autora de un delito consumado de receptación previsto y sancionado en el inciso primero del artículo Bis A del Código Penal, descubierto en la comuna de Santiago el día de septiembre de , a una pena de SESENTA Y UN días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, una multa de /3 de UTM y comiso de una FRAZADA y un CARRO METÁLICO DE SUPERMERCADO, incautados. Así también, se le condena como autora de una falta de porte de droga para consumo personal, próximo y exclusivo en el tiempo, previsto en el artículo de la ley . , descubierto en las condiciones antes indicadas, a una pena de multa de UN TERCIO /3 de UTM. Sin costas. II.- Que se exime a la sentenciada de las penas de multas impuestas. III.-En cuanto a la pena corporal impuesta, se le tiene POR CUMPLIDA, en razón del mayor tiempo que estuvo privado de libertad bajo la cautelar de arresto domiciliario nocturno ( días). Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes RENUNCIARON a los plazos. Dictada por don CRISTIAN LUIS SANCHEZ RIVERA., Juez Titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los

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PROCEDIMIENTO Simplificado. FECHA: Santiago., trece de noviembre de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CRISTIAN LUIS SANCHEZ RIVERA. RUC: - RIT: - IMPUTADO: ROSA DEL CARMEN PERALTA RAMÍREZ C.I. - DELITO Receptación de Especies ARTICULO bis A inc. °del FALTA Porte para consumo de sustancias ilícitas ARTICULO de la ley n° . PARTICIPACIÓN AUTOR G. DE

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