7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ JOSÉ ALBERTO MECATO MUÑOZ

Rol

O-14548-2024

Fecha

15 de noviembre de 2024

Materia

LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 14 de noviembre de 2024, a las 10:40 horas aproximadamente, en la explanada del Centro de Justicia de Santiago, ubicado en Avenida Pedro Montt N° 1606, comuna de Santiago, el imputado José Alberto Mecato Muñoz, arrojó monedas contra los periodistas que se encontraban en el lugar, impactando en la cara a la víctima Rafael Alejandro Venegas Carrasco, quien resultó con herida cortante superficial de 02 cms. aproximadamente, en puente nasal, lesión de carácter leve. SE DECLARA: I.- Que se CONDENA a JOSÉ ALBERTO MECATO MUÑOZ, ya individualizado, a la pena de MULTA a beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como AUTOR de la falta de LESIONES LEVES, prevista y sancionada en el artículo 494 N° 5 del Código Penal, en grado de CONSUMADA, ocurrida en la comuna de Santiago, el 14 de noviembre de 2024. II.- Que la pena pecuniaria anteriormente impuesta se da por cumplida por el tiempo en que ha permanecido privado de libertad por esta causa, de acuerdo al artículo 49 del Código Penal, correspondiente al día de control de detención, esto es, el 15 de noviembre de 2024. III.- Que, habiendo admitido responsabilidad en los hechos, se le exime al imputado del pago de las costas de la causa, atendido que con ello ha ahorrado recursos, tanto al Ministerio Público como al Estado. IV.- Dése oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Código: RPBCXRFBXKD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Los intervinientes renunciaron a los plazos. Dictada por MARCIA IRENE FIGUEROA ASTUDILLO, Juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: RPBCXRFBXKD Este documento tiene

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se CONDENA a JOSÉ ALBERTO MECATO MUÑOZ, ya individualizado, a la pena de MULTA a beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como AUTOR de la falta de LESIONES LEVES, prevista y sancionada en el artículo 494 N° 5 del Código Penal, en grado de CONSUMADA, ocurrida en la comuna de Santiago, el 14 de noviembre de 2024. II.- Que la pena pecuniaria anteriormente impuesta se da por cumplida por el tiempo en que ha permanecido privado de libertad por esta causa, de acuerdo al artículo 49 del Código Penal, correspondiente al día de control de detención, esto es, el 15 de noviembre de 2024. III.- Que, habiendo admitido responsabilidad en los hechos, se le exime al imputado del pago de las costas de la causa, atendido que con ello ha ahorrado recursos, tanto al Ministerio Público como al Estado. IV.- Dése oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Código: RPBCXRFBXKD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Los intervinientes renunciaron a los plazos. Dictada por MARCIA IRENE FIGUEROA ASTUDILLO, Juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: RPBCXRFBXKD Este

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO: Simplificado. FECHA: Santiago, quince de noviembre de dos mil veinticuatro. TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: MARCIA IRENE FIGUEROA ASTUDILLO RUC: 2401396932-5 RIT: 14548-2024 IMPUTADO: JOSÉ ALBERTO MECATO MUÑOZ C.I. 17.590.554-5 DELITO Lesiones leves ARTICULO Artículo 494 N° 5 del Código Penal PARTICIPACION Autor G. DE DESARROLLO Consumado ATENUANTES N

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