FUENTES/
Rol
V-116-2021
Fecha
19 de julio de 2021
Materia
BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, a folio 1, comparece Hilda Margarita Fuentes Guti rrez, guardia deé seguridad, en calidad de curadora definitiva general y representante de sus hermanos maternos Robinson Patricio y Cedric David, ambos de apellidos Hern ndez Guti rrez,á é interdictos, domiciliados en Avenida Blanco Encalada 1771, departamento 1314, comuna de Santiago, Regi n Metropolitana, solicitando autorizaci n de la enajenaci n respectoó ó ó de los derechos que poseen sus hermanos interdictos, ya individualizados, que recaen sobre el inmueble inscrito a fojas 14777, n mero 22617, y a fojas 14778 n mero 22619,ú ú ambas del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago del a oí ñ 2013. Indica que sus hermanos fueron declarados interdictos por sentencia definitiva de fecha 5 de diciembre de 2012, dictada por el 1 Juzgado Civil de Puente Alto en causa° ROL C-4249-2012, rectificada por resoluci n de 29 de mayo de 2013, la cual seó encuentra firme y ejecutoriada. La inscripci n de la interdicci n se encuentra a fojasó ó 2671 vuelta n mero 4146, correspondiente al Registro de Prohibiciones del a o 2013 delú ñ Conservador de Bienes Ra ces de Puente Alto.í Expone que solicita la autorizaci n judicial para vender y ceder la totalidad de losó derechos que les corresponden a sus hermanos en la propiedad denominada Departamento N 31 del tercer piso, del edificio o block n mero 11, ubicado en calle° ú Mar a Elena N 1233 E, de la Poblaci n Los Quillayes Seis , comuna de La Florida,í ° – ó “ ” Regi n Metropolitana, de acuerdo al plano archivado con el n mero 120 y 121, el cualó ú figura con el ROL de Aval o 3091-89 de la comuna de La Florida y seg n consta delú ú Certificado de Aval o Fiscal otorgado por el Servicio de Impuestos Internos, al primerú semestre del presente a o, se encuentra avaluada en un total de $6.641.356. Relata que,ñ solicita la enajenaci n de los derechos que les corresponden en proporci n al valor de loó ó adquirido en uni n de los otros adquirentes en lo
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: El art culo 393 del C digo Civil, dispone que no ser licito al tutorí ó á o curador, sin previo decreto judicial, enajenar los bienes ra ces del pupilo, ni gravarlosí con hipoteca, censo o servidumbre, ni enajenar o empe ar los muebles preciosos o queñ tengan valor de afecci n; ni podr el juez autorizar esos actos, sino por causa de utilidadó á o necesidad manifiesta. RIT« » Foja: 1 Por su parte, el art culo 891 del C digo de Procedimiento Civil se ala queí ó ñ cuando deba obtenerse autorizaci n judicial para obligar como fiador a un incapaz, paraó enajenar, gravar con hipoteca, censo o servidumbre, o para dar en arrendamiento sus bienes, se expresaran las causas o razones que exijan o legitimen estas medidas, acompa ando los documentos necesarios u ofreciendo informaci n sumaria parañ ó acreditarlas. En todo caso se oir el dictamen del respectivo defensor antes de resolver ená definitiva. Si se concede la autorizaci n fijara el tribunal un plazo para que se haga uso deó ella. En caso de no fijar plazo alguno, se entender caducada la autorizaci n en elá ó t rmino de seis meses.é SEGUNDO: Con la finalidad de acreditar los fundamentos de su petici n laó solicitante acompa a los autos, entre otros documentos: 1.) Certificado de aval o fiscalñó ú de la propiedad ROL 3091-89 de la comuna de La Florida, denominada Mar a Elenaí 1233 DP 31 E; 2.) Copia Autorizada de la inscripci n de la interdicci n de fojas 2671vó ó N 4146 del Registro de Prohibiciones del Conservador de Bienes Ra ces de Puente Alto;° í 3.) Copia simple de la sentencia de fecha 5 de diciembre de 2012, dictada en causa ROL C-4249-2012 del 1 Juzgado Civil de Puente Alto, el certificado de ejecutoria de fecha° 23 de mayo de 2013 y la resoluci n que rectifica la sentencia, de fecha 29 de mayo deló mismo a o; 4) Copia con vigencia en parte de la inscripci n de fojas 14777 n meroñ ó ú 22617 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago del a oí ñ 2013, otorgada con fecha 9 de marzo de 2021; 5) Copia con vigencia de la inscripci nó de fojas 14778 n mero 22619 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienesú Ra ces de Santiago del a o 2013, otorgada con fecha 9 de marzo de 2021.í ñ TERCERO: Que rola en folio 6 y 7 informaci n sumaria de testigos de fechaó 03 de junio de 20221, rendida ante la Receptora Judicial Hilda Fuentes Guti rrez,é oportunidad en la que comparecieron Pablo Jim nez Mu oz y Daniel Camus Rodr guez,é ñ í quienes declaran conocer tanto a los interdictos y a la solicitante, como que la solicitante solicita la enajenaci n de los derechos de sus hermanos para solventar los gastos de vidaó mensual de ellos, debido a la condici n de salud que les afecta.ó CUARTO: Con fecha 23 de junio de 2021, el defensor p blico Ciprianoú Rodr guez Pino, evacu informe se alando que, revisados los antecedentes aportadosí ó ñ como los documentos agregados a la solicitud, en atenci n a lo prevenido por los art culoó í 393 y 394 del C digo Civil y
Fallo
Por tanto, en mérito de lo expuesto y de los antecedentes acompa ados, y vistos,ñ adem s, lo dispuesto en los art culos 393, 394 y 688 del C digo Civil; 891, 892 yá í ó siguientes del C digo de Procedimiento Civil, se resuelve: ó i. Que se hace lugar a la solicitud de folio 1 y, en consecuencia, se autoriza a Hilda Margarita Fuentes Guti rrez, para que en representaci n de sus pupilos Robinsoné ó Patricio y Cedric David, ambos de apellidos Hern ndez Guti rrez quienes legalmenteá é representados y de consuno con sus comuneros, puedan enajenar en p blica subasta anteú el Tribunal, la propiedad ubicada en calle Mar a Elena N 1233-E departamento 31,í º Comuna de La Florida; en un precio m nimo no inferior a la suma de Treinta Millonesí de Pesos ($ 30.000.000). ii. La referida enajenación de los derechos deber efectuarse en p blica subasta,ú conforme lo ordena el art culo 394 del C digo Civil.ó iii. La presente autorizaci n tendr ó á una vigencia de seis meses a contar de la fecha que la presente sentencia definitiva quede firme y ejecutoriada. iv. Reg strese, notif quese y en su oportunidad arch ví í í ese Notif quese por c dula, reg strese y arch vese en su oportunidad.í é í í Rol: V-116-2021 PRONUNCIADA POR DO A ROMMY MULLER UGARTE, JUEZÑ TITULAR. AUTORIZA DO A AUTORIZA, Ñ MARIA ELENA MOYA GUMERA, SECRETARIA SUBROGANTE. RIT« » Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecinueve de Julio de dos
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-116-2021 CARATULADO : FUENTES/ Santiago, diecinueve de Julio de dos mil veintiuno VISTOS: Que, a folio 1, comparece Hilda Margarita Fuentes Guti rrez, guardia deé seguridad, en calidad de curadora definitiva general y representante de sus hermanos maternos Robinson Patricio y Cedric D
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