7º Juzgado de Garantía de Santiago

ALDANA YAMILA ACEVEDO C/ ERIKA DEL CARMEN CORTÉS BUSTAMANTE

Rol

O-12761-2018

Fecha

11 de noviembre de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 17 de julio de 2018, a las 16:20 horas aproximadamente, en la intersección de las calles Alameda con San Alfonso, comuna de Santiago, las requeridas Aldana Yamila Acevedo y Erika Del Carmen Cortes Bustamante, se acercaron a la víctima Hana Yasmin Aguirre Omar que iba caminando por el lugar, y mientras la requerida Aldana Yamila Acevedo prestaba labor de cobertura, la requerida Cortés Bustamante le metió la mano al bolsillo derecho de la chaqueta de la víctima y sustrajo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueña su teléfono celular marca Samsung, modelo J2 para luego ambas requeridas huir del lugar con la especie en su lugar, siendo detenidas por funcionarios de Carabineros en las cercanías del lugar. SE DECLARA: I.- Que se CONDENA a ERIKA DEL CARMEN CORTÉS BUSTAMANTE, ya individualizada, a la pena de una MULTA a beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como AUTORA del ilícito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, en grado de CONSUMADO, ocurrido en la comuna de Santiago, el 17 de julio de 2018. II.- Que la pena pecuniaria anteriormente impuesta se da por cumplida por el tiempo en que la imputada ha permanecido privado de libertad por esta causa, de acuerdo al artículo 49 del Código Penal, correspondiente al día de control de detención del 18 de julio de 2018. III.- Que, habiendo admitido responsabilidad en los hechos, se les exime a la imputada del pago de las costas de la causa, atendido que con ello ha ahorrado Código: RPLWXRXQUCC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl recursos, tanto al Ministerio Público como al Estado. IV.- Dése oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renunciaron a los plazos. Dictada por MARCIA IRENE FIGUEROA ASTUDILLO, Juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago.

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se CONDENA a ERIKA DEL CARMEN CORTÉS BUSTAMANTE, ya individualizada, a la pena de una MULTA a beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como AUTORA del ilícito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, en grado de CONSUMADO, ocurrido en la comuna de Santiago, el 17 de julio de 2018. II.- Que la pena pecuniaria anteriormente impuesta se da por cumplida por el tiempo en que la imputada ha permanecido privado de libertad por esta causa, de acuerdo al artículo 49 del Código Penal, correspondiente al día de control de detención del 18 de julio de 2018. III.- Que, habiendo admitido responsabilidad en los hechos, se les exime a la imputada del pago de las costas de la causa, atendido que con ello ha ahorrado Código: RPLWXRXQUCC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl recursos, tanto al Ministerio Público como al Estado. IV.- Dése oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renunciaron a los plazos. Dictada por MARCIA IRENE FIGUEROA ASTUDILLO, Juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: RPLWXR

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, once de noviembre de dos mil veinticuatro. TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: MARCIA IRENE FIGUEROA ASTUDILLO RUC: 1800691350-0 RIT: 12761-2018 IMPUTADO: ERIKA DEL CARMEN CORTÉS BUSTAMANTE C.I. 7.788.354-1 DELITO Hurto simple ARTICULO Artículo 446 N° 3 del Código Penal PARTICIPACION Autor G. DE DESARROLLO Consumado ATENUANTES

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