C/ GISELA DE LAS MERCEDES ORELLANA OLIVARES
Rol
O-2891-2023
Fecha
12 de noviembre de 2024
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: HECHOS: El día 22 de agosto de 2022, alrededor de las 14:15 horas, en el contexto del diligenciamiento de una orden de entrada y registro en el domicilio ubicado en Calle Cinco Norte 381, comuna de La Granja, los imputados GISELA DE LAS MERCEDES ORELLANA OLIVARES y CARLOS HUMBERTO ESPINOZA ORELLANA fueron sorprendidos guardando 20 envoltorios de papel contenedores de 14,09 gramos bruto de cocaína y $837.000 en dinero en efectivo. Asimismo, al tiempo de la irrupción por parte de los funcionarios policiales, los imputados GISELA DE LAS MERCEDES ORELLANA OLIVARES y CARLOS HUMBERTO ESPINOZA ORELLANA arrojaron al domicilio colindante, ubicado en Calle Cinco Norte N° 389, Población San Gregorio, comuna de La Granja, las siguientes especies, las cuales guardaban y mantenía en su poder, sin autorización competente: 01 contenedor de 14,44 gramos bruto de cocaína; 96 envoltorios de papel contenedores de 31,6 cannabis sativa; 28 envoltorios plásticos contenedores de 31,6 gramos bruto de cannabis sativa; 03 envoltorios plásticos contenedores de 15,19 gramos bruto de cocaína y $4.900 en dinero en efectivo. Código: XQDZXRVWFQB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 6 y 11 N° 9, 12 N° 16 15 N° 1, 68 y siguientes del Código Penal, Artículos 297, 340 y el siguiente Código Procesal Penal, Ley 18.216 y Ley 20.000. Se declara: I. Que se condena a CARLOS HUMBERTO ESPINOZA ORELLANA a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, al pago de un multa de CINCO unidades tributarias mensuales, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, comiso de la especie incautada en su poder, por la responsabilidad que le cabe en calidad de autor de un delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidad. Artículo 4 en relación al artícu
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 6 y 11 N° 9, 12 N° 16 15 N° 1, 68 y siguientes del Código Penal, Artículos 297, 340 y el siguiente Código Procesal Penal, Ley 18.216 y Ley 20.000. Se declara: I. Que se condena a CARLOS HUMBERTO ESPINOZA ORELLANA a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, al pago de un multa de CINCO unidades tributarias mensuales, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, comiso de la especie incautada en su poder, por la responsabilidad que le cabe en calidad de autor de un delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidad. Artículo 4 en relación al artículo 1 Ley 20.000, hecho acontecido en territorio jurisdicción de este tribunal el día 22 de agosto del año 2023. II. Que se condena a GISELA DE LAS MERCEDES ORELLANA OLIVARES a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, al pago de un multa de CINCO unidades tributarias mensuales, y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por la responsabilidad que le cabe en calidad de autor de un delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidad artículo 4 en relación al artículo 1 Ley 20.000, hecho acontecido en territorio jurisdicción de este tribunal el día 22 de agosto del año 2023. III. Que para efectos del pago de las multas impuestas se les dará 5 cuotas iguale
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RESUMEN RIT : 2891-2023 RUC : 2300769258-7 MATERIA : Trafico de drogas en pequeñas cantidades. IMPUTADO : GISELA DE LAS MERCEDES ORELLANA OLIVARES C.I. N° : 0013489069-K DOMICILIO : Calle 5 NORTE Nº 0381 La Granja. IMPUTADO : CARLOS HUMBERTO ESPINOZA ORELLANA C.I. N° : 0018764724-K DOMICILIO : Calle 5 NORTE Nº 0381 La Granja. Fiscal : PATRICIO HERNÁN PÉREZ ROJAS Defensor : PATRICIA SORAYA LIENLAF
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