Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso.

MP C/ EVER MAURICIO GUTIÉRREZ LAGOS

Rol

O-385-2024

Fecha

12 de noviembre de 2024

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos (sic): 1° “El día 14 de julio de 2023, aproximadamente a las 11:25 horas, personal Policial de civil, que efectuaba un patrullaje en la intersección de las Calles Morris y Chacabuco de Valparaíso, divisó a la acusada Gutiérrez Lagos comercializando y transfiriendo, a Alfonso Jesús Pinochet Pérez 04 envoltorios contenedores 0.11 gramos netos de Pasta Base de Cocaína, a cambio de un número indeterminado de billetes de color verde. Ante esta situación, el personal Policial decide efectuar un control de identidad investigativo, y al realizar el registro de las pertenencias, sorprendió a la acusada poseyendo, guardando y portando consigo, sin la competente autorización, 30 envoltorios de papel cuadriculado contenedores de 0.93 gramos netos de Pasta Base de Cocaína y la cantidad de seis mil pesos en dinero efectivo”. 2°. “El día 01 de diciembre de 2023, siendo aproximadamente las 13:00 horas, en la intersección de Calle Morris y Chacabuco en Valparaíso, GUTIÉRREZ LAGOS fue sorprendida, por personal de Carabineros de civil, comercializando y transfiriendo a un tercero, identificado como Arnaldo Martínez Riquelme, un total de 11 envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedores Cocaína, con un peso neto total de 0.52 gramos a cambio de Código: KMRNXRYRTFB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 dinero. Al realizar un registro de la acusada, se encontró en su poder 7.000 pesos en dinero en efectivo”. Estos hechos configuran los delitos de Tráfico Ilícito de Estupefacientes en Pequeñas Cantidades, previsto y sancionado en los artículos 1º y 4º de la ley N° 20.000 en grado de consumado, en que atribuye a la acusada participación en calidad de autor según el artículo 15 Nº 1 del Código Penal. En cuanto a circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, señala que concurren la agravante del artículo 12 Nº 15 del Código Penal. Requiere se imponga al acusado por cada uno de los delitos la pena 5 añ

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Antecedentes del juicio. Que con fecha ocho de noviembre de dos mil veinticuatro, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, integrada por los Magistrados señor Wilson González Díaz, Presidente de la Sala, señor Matías Urrejola Santa María y señora Jany Silva Dawson; se llevó a efecto la audiencia de juicio oral relativa al Rol interno N° 385-24 y 397-24 para conocer de las acusaciones deducidas por el Ministerio Público en contra EVER MAURICIO GUTIÉRREZ LAGOS, nombre social MONSERRAT BELÉN GUTIÉRREZ LAGOS, chilena, cédula de identidad Nº 17.762.992-8, nacida el 13 de diciembre de 1990, 33 años, soltera, vendedora ambulante, con cuarto medio rendido, domiciliada en el Penal de esta ciudad, representada por el defensor Penal Público don Álvaro Barraza Rodríguez. Fue parte acusadora el Ministerio Público representado en estrados por el Fiscal Adjunto señor Pablo Jaque Espina, con domicilio y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Auto de apertura de juicio oral. Que el Ministerio Público dedujo acusación en contra de la imputada con motivo de los siguientes hechos (sic): 1° “El día 14 de julio de 2023, aproximadamente a las 11:25 horas, personal Policial de civil, que efectuaba un patrullaje en la intersección de las Calles Morris y Chacabuco de Valparaíso, divisó a la acusada Gutiérrez Lagos comercializando y transfiriendo, a Alfonso Jesús Pinochet Pérez 04 envoltorios contenedores 0.11 gramos netos de Pasta Base de Cocaína, a cambio de un número indeterminado de billetes de color verde. Ante esta situación, el personal Policial decide efectuar un control de identidad investigativo, y al realizar el registro de las pertenencias, sorprendió a la acusada poseyendo, guardando y portando consigo, sin la competente autorización, 30 envoltorios de papel cuadriculado contenedores de 0.93 gramos netos de Pasta Base de Cocaína y la cantidad de seis mil pesos en dinero efectivo”. 2°. “El día 01 de diciembre de 2023, siendo aproximadamente las 13:00 horas, en la intersección de Calle Morris y Chacabuco en Valparaíso, GUTIÉRREZ LAGOS fue sorprendida, por personal de Carabineros de civil, comercializando y transfiriendo a un tercero, identificado como Arnaldo Martínez Riquelme, un total de 11 envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedores Cocaína, con un peso neto total de 0.52 gramos a cambio de Código: KMRNXRYRTFB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 dinero. Al realizar un registro de la acusada, se encontró en su poder 7.000 pesos en dinero en efectivo”. Estos hechos configuran los delitos de Tráfico Ilícito de Estupefacientes en Pequeñas Cantidades, previsto y sancionado en los artículos 1º y 4º de la ley N° 20.000 en grado de consumado, en que atribuye a la acusada participación en calidad de autor según el artículo 15 Nº 1 del Código Penal. En cuanto a circunstancias modificatorias de responsabilidad penal,

Fallo

por lo expuesto por la acusada sobre la naturaleza de la sustancia; información que coincide, igualmente, con lo señalado en los documentos transcritos en los números 1 a 8 de la letra b) del considerando sexto, los cuales dan cuenta que se recogieron dos muestras en el procedimiento, cada una de ellas con un NUE diverso y correlativo, correspondiendo aquella signada como 6699872 a lo vendido por la encartada y que resultó ser 0,11 gramos netos de cocaína; y lo que portaba en su polerón, signado con la NUE 6699871 a 0,93 gramos de cocaína base al 67%, misma conclusión a la que arriba, el perito Basilio Chicahual Caniupán en sus Informes de estupefacientes N°15670-23-M1-1 y N°15667-23-M1-1, respectivamente, sustancias sujetas a la Ley N°20.000 y que revisten un peligro para la salud pública por las perniciosas consecuencias que se describen en los Informe sobre tráfico y acción de dichas sustancias en el organismo, incorporados en la letra C), Código: KMRNXRYRTFB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 11 N°1, letras a), b) y c) del considerando sexto, a cuya transcripción nos remitimos. II. Respecto del Hecho N°2. El ente persecutor incorporó los dichos del funcionario aprehensor don Héctor Isaac Herrera Catril, quien expuso que el día 1 de diciembre de 2023, a las 13:00 horas estaba de servicio policial SIP vistiendo de civil, junto al funcionario John Gómez Beiza, al interior de un vehículo sin logos instituciona

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1 R.U.C.: N° 2301320410-1 y 2300761955-3 R.I.T: 385-2024 y acumulada 397-2024. Ministerio Público en contra de EVER MAURICIO GUTIÉRREZ LAGOS, nombre social Monserrat Belén Gutiérrez Lagos. Delito: Tráfico ilícito de pequeñas cantidades de droga. Artículo 4 de la Ley N°20.000. Valparaíso, doce de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Antecedentes del juicio. Que

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