10º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ FRANCO ESTEBAN DUARTE MORA

Rol

O-188-2024

Fecha

11 de noviembre de 2024

Materia

POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día de enero de , aproximadamente las : 5 horas en la vía pública, frente al domicilio ubicado en calle Carlos Dittborn Nº , comuna de Lo Espejo Franco Esteban Duarte Mora fue sorprendido por tanto sin autorización competente con un arma de fuego tipo pistola marca Glock, modelo C, número de serie borrado, calibre x mm. con su cargador y cartuchos balísticos del mismo calibre, dos envoltorios de papel contenedores de . gramos brutos de cocaína y comprimidos de Clonazepam de miligramos. Y con lo dispuesto en los artículos , , , , , del Código Penal; artículos , de la ley . ; artículos de la ley . ; artículos , y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 5 y siguientes de la ley . , se declara: I.- Que, se condena a FRANCO ESTEBAN DUARTE MORA, como autor de la infracción consumada al ARTÍCULO 14 DE LA LEY 17.798, ocurrido en la comuna de Lo Espejo el día de enero del , a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA de presidio menor en su grado máximo, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena y comiso de la especie solicitada por la Fiscalía. Asimismo, se le condena como autor a la infracción del ARTÍCULO 4 DE LA LEY . , ocurrida en la comuna de Lo Espejo el día de enero del año , en grado de desarrollo consumado a la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, multa de CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, accesorias de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, sin costas por haber evitado la realización de un juicio y comiso de las especies incautadas y solicitadas por la Fiscalía en esta audiencia. Código: CKYSXRCNQDB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Para el cumplimiento de ambas penas privativas de libertad impuestas el día de hoy, se le concede la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, debiendo quedar sujeto

Fallo

por tanto sin autorización competente con un arma de fuego tipo pistola marca Glock, modelo C, número de serie borrado, calibre x mm. con su cargador y cartuchos balísticos del mismo calibre, dos envoltorios de papel contenedores de . gramos brutos de cocaína y comprimidos de Clonazepam de miligramos. Y con lo dispuesto en los artículos , , , , , del Código Penal; artículos , de la ley . ; artículos de la ley . ; artículos , y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 5 y siguientes de la ley . , se declara: I.- Que, se condena a FRANCO ESTEBAN DUARTE MORA, como autor de la infracción consumada al ARTÍCULO 14 DE LA LEY 17.798, ocurrido en la comuna de Lo Espejo el día de enero del , a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA de presidio menor en su grado máximo, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena y comiso de la especie solicitada por la Fiscalía. Asimismo, se le condena como autor a la infracción del ARTÍCULO 4 DE LA LEY . , ocurrida en la comuna de Lo Espejo el día de enero del año , en grado de desarrollo consumado a la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, multa de CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, accesorias de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, sin costas por haber evitado la realización de un juicio y comiso de las especies incautadas y solicitadas por la Fiscalía en esta audiencia.

Texto Completo (Preview)

RUC : - RIT : - DELITOS : ARTÍCULO DE LA LEY . ; ARTÍCULO DE LA LEY . MAGISTRADA : MARIA CAROLINA SALINAS HERNANDEZ NOMBRE IMPUTADO : FRANCO ESTEBÁN DUARTE MORA CEDULA DE IDENTIDAD : . . - DOMICILIO : PASAJE AUGUSTO ALGUERNO Nº – BUIN FISCAL : MARIELA ACORIA GUERRERO DEFENSORA PRIVADA CEDULA DE IDENTIDAD : : STEPHANIE CARVAJAL PONCE . . -K TRIBUNAL : º JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO CIR. MODIFIC

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