MP C/ SEBASTIAN YHAMPOOL MARTINEZ VALENCIA
Rol
O-4783-2022
Fecha
7 de noviembre de 2024
Materia
CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en el requerimiento, exímasele del pago de las costas de la causa. Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Téngase presente renuncia a recursos y plazos legales realizada por los intervinientes. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por RUBÉN HERNÁN DONOSO PAREDES, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Colina. “La“La sentenciasentencia dictadadictada oralmenteoralmente enen audiencia,audiencia, sese encuentraencuentra íntegramenteíntegramente consignadaconsignada enen elel registroregistro dede audioaudio dede esteeste Tribunal,Tribunal, dede conformidadconformidad aa lolo dispuestodispuesto enen loslos artículosartículos 3939 yy siguientessiguientes deldel CódigoCódigo ProcesalProcesal Penal”.Penal”. Código: PXUVXQFXNXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-11T09:33:02-0300
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a SEBASTIAN YHAMPOOL MARTINEZ VALENCIA, cédula de identidad N° 0027885625-9, ya individualizado, a sufrir la Código: PXUVXQFXNXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl pena UNICA de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de su condena, en su calidad de autor del delito de conducción de vehículo motorizado sin la licencia requerida, en carácter de REITERADO, cometidos en la jurisdicción de éste Tribunal los días 30 de septiembre de 2022, 17 de noviembre de 2022, 17 de abril de 2023 y 04 de agosto del año 2023. II. Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda por el lapso de UN AÑO y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social que corresponda dentro de quinto día de recuperada su libertad (imputado en CCP Colina II, por RIT 4437-2024 del Juzgado de Garantía de Colina). Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Colina, siete de noviembre de dos mil veinticuatro. TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Colina MAGISTRADO: RUBÉN HERNÁN DONOSO PAREDES RUC: 2200964440-0 RIT: 4783 - 2022 IMPUTADO: SEBASTIAN YHAMPOOL MARTINEZ VALENCIA C.I. 0027885625-9 FECHA DE NACIMIENTO 18-05-1999 NACIONALIDAD : CHILENO DIRECCIÓN Calle IVAN ZAMORANO Nº 1333 COMUNA: Colina. DEL
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