13º Juzgado Civil de Santiago

CONTRERAS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ÑUÑOA

Rol

C-18194-2020

Fecha

12 de julio de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Con fecha 14 de diciembre de 2020, comparece doña Verónica del Carmen Contreras Robles, administradora hotelera, con domicilio en calle Ahumada N°236, oficina 414, comuna de Santiago, quien interpone demanda en juicio ordinario de menor cuantía en contra de la Ilustre Municipalidad de Ñuñoa, representada por su alcalde, don Andrés Enrique Zarhi Troy, ambos domiciliados en Avenida Irarrázaval N°3550, comuna de Ñuñoa, por los antecedentes de hecho y de derecho que se expondrán a continuación. Con fecha 21 de enero de 2021, se efectuó la notificación de la demanda personalmente. Con fecha 30 de enero de 2021, comparece en autos la demandada, allanándose a la demanda, respecto a los periodos comprendidos entre el 30 de mayo del año 2000 hasta el 30 de noviembre de 2013. Asimismo, deduce demanda reconvencional en contra de doña Verónica del Carmen Contreras Robles, para el cobro de los derechos de aseo domiciliario del mismo inmueble, por los periodos comprendidos desde mayo de 2019 a noviembre de 2019, por un total de $78.132.-. Con fecha 10 de abril de 2021, la demandante principal y demandada reconvencional, se allana a la demanda reconvencional. Por resolución de 29 de junio de 2021, atendido el mérito de autos, especialmente el allanamiento de ambas partes y no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se omitió la recepción de la causa a prueba y se citó a las partes a oír sentencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: I.- EN CUANTO A LA DEMANDA PRINCIPAL: PRIMERO: Que, comparece doña Verónica del Carmen Contreras Robles, quien interpone demanda en juicio ordinario por prescripción en contra de la Ilustre Municipalidad de Ñuñoa, representada por su alcalde, don Andrés Enrique Zarhi Troy, ya individualizados. Funda su demanda en el hecho de ser deudora de derechos municipales por la prestación del servicio recolección de residuos domiciliarias sólidos, también C-18194-2020 Foja: 1 denominados derechos de aseo domiciliarios, correspondientes a la propiedad ubicada en Avenida Américo Vespucio N°901, departamento N°204-A o 24, comuna de Ñuñoa, por el periodo que se extiende desde el 30 de mayo del año 2000 hasta el mes de noviembre del año 2013. Invoca para ello lo dispuesto en los artículos 2492, 2514 y 2515 del Código Civil. Previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda de prescripción en contra de la Ilustre Municipalidad de Ñuñoa, representada por su alcalde, don Andrés Enrique Zarhi Troy, ya individualizados, someterla a tramitación y en definitiva acogerla en todas sus partes, declarando la prescripción de las acciones destinadas a obtener el pago de la deuda por concepto de aseo domiciliario, correspondiente al período comprendido entre el 30 de mayo del año 2000 hasta el mes de noviembre del año 2013, con costas en caso de oposición; SEGUNDO: Que, la demandada comparece en autos, señalando al efecto, previa síntesis de los fundamentos de hecho y de derecho de la demandante, que acepta y se allana a la demanda respecto a los periodos comprendidos entre el 30 de mayo del año 2000 hasta el mes de noviembre del año 2013, ambos inclusive; TERCERO: Que a fin de acreditar sus alegaciones la demandante acompañó los siguientes antecedentes: 1.- Copia de certificado de dominio de la propiedad inscrita a fojas 26756 número 38666 correspondiente al Registro de Propiedad del año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, ubicada en Avenida Américo Vespucio N°901, departamento N°204-A o 24, comuna de Ñuñoa; 2.- Informe de deuda de derechos de aseo, emitido por la I. Municipalidad de Ñuñoa; CUARTO: Que, la prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, concurriendo los demás requisitos legales, y se encuentra tratada en el Código Civil, en los artículos 2492 y siguientes; QUINTO: Que, la prescripción se inserta en un sistema jurídico proteccional que tiene como objetivo principal el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jurídicas que ligan a los sujetos de derecho y la debida tutela o protección de los mismos, instando en definitiva a que los partícipes de dichas relaciones no se hallen vinculadas en forma indefinida, provocando con ello incertidumbre y falta de consolidación de las diversas situaciones jurídicas. Si bien el ordenamiento, por una parte otorga la

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1567, 2514, 2515 y 2518 del Código Civil; 160, 170, 254 y 314 del Código de Procedimiento Civil; 48 del D.L. 3.063; 53 del Código Tributario y demás pertinentes, se declara: I.- Que se acoge la demanda de lo principal de 14 de diciembre de 2020, en la forma establecida en el considerando décimo de este fallo. II.- Que se acoge la demanda reconvencional deducida en el primer otrosí de presentación de fecha 30 de enero de 2021, en la forma establecida en el motivo décimo cuarto. II.- Que, cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese y archívense los autos en su oportunidad. ROL N°C-18194-2020. Pronunciada por don Daniel Platt Astorga, Juez Suplente del Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, doce de Julio de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-07-12T17:25:05-0400

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C-18194-2020 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-18194-2020 CARATULADO : CONTRERAS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ÑUÑOA Santiago, doce de Julio de dos mil veintiuno VISTOS Con fecha 14 de diciembre de 2020, comparece doña Verónica del Carmen Contreras Robles, administradora hotelera, con domicilio en calle Ahumada N°236, oficina 414, comuna de Sa

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