3º Juzgado de Garantía de Santiago

TOMAS IGNACIO PINTO HEVIA C/ JOSÉ LUIS AZÓCAR CABELLO

Rol

O-5697-2023

Fecha

6 de noviembre de 2024

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos y causando lesiones de carácter leve a la víctima Amanda Esperanza Pinto Hevia quien se transportaba en el vehículo JVRH.49. El estado de ebriedad del conductor constó a los funcionarios que adoptaron el procedimiento dado que presentaba fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, e incoherencias al hablar, practicándose además prueba respiratoria con resultado de 1.38 gr/lt de alcohol en la sangre. Finalmente, el examen de alcoholemia practicado al imputado arrojó que este se encontraba con 1.79 gr/lt de alcohol en la sangre al momento de desempeñar la Código: KJGJXQSMMWZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl conducción del vehículo. Al momento de desempeñar la conducción, el imputado no ha obtenido licencia para conducir vehículos motorizados de ningún tipo válidamente emitida en el país. Y visto los artículos 1, 5, 7, 11 N°6, 11 Nº9, 25, 26, 30, 49, 50 y siguientes, 67, 68 y siguientes del Código Penal, artículos 196, 110, 111 y 209 de la Ley Nº18.290, artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, y Ley Nº18.216, se declara: I.- Que se condena a JOSÉ LUIS AZÓCAR CABELLO en calidad de autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños y lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 196, en relación a los artículos 110 y 209 de la Ley Nº18.290, hecho ocurrido el 1 de octubre de 2023, en la comuna de Independencia, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, multa de una Unidad Tributaria Mensual, inhabilitación para obtener licencia de conducir vehículos motorizados por el plazo de 2 años y a las penas legales accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Se condena al sentenciado a la pena accesoria de INHABILITACIÓN PARA OBTENER DE LA LICENCIA para conducir vehículos motorizados por el término de DOS AÑOS. Ofícies

Fallo

se declara: I.- Que se condena a JOSÉ LUIS AZÓCAR CABELLO en calidad de autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños y lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 196, en relación a los artículos 110 y 209 de la Ley Nº18.290, hecho ocurrido el 1 de octubre de 2023, en la comuna de Independencia, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, multa de una Unidad Tributaria Mensual, inhabilitación para obtener licencia de conducir vehículos motorizados por el plazo de 2 años y a las penas legales accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Se condena al sentenciado a la pena accesoria de INHABILITACIÓN PARA OBTENER DE LA LICENCIA para conducir vehículos motorizados por el término de DOS AÑOS. Ofíciese al Registro Nacional de Conductores de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación, comunicando dicha inhabilitación. III. La pena de MULTA de una Unidad Tributaria Mensual DEBERÁ ENTERARSE EN ARCAS FISCALES mediante depósito efectuado en la Tesorería General de la República, por medio del Formulario N° 10. Si no paga la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución y apremio, la pena de reclusión. Se le conceden 30 días para pagar la multa. IV. Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena pr

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PROCEDIMIENTO Simplificado (resumen sentencia) FECHA: Santiago, seis de noviembre de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: 3º Juzgado de Garantía de Santiago MAGISTRADO: PAULINA MOYA JIMÉNEZ RUC: 2301079838-8 RIT: 5697-2023 IMPUTADO: JOSÉ LUIS AZÓCAR CABELLO C.I. 9.379.926-7 DELITO Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños y lesiones leves ARTICULOS Previsto y sancionado en e

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