C/ MARÍA ELISA MOYANO PAINEMÁN
Rol
O-1163-2024
Fecha
6 de noviembre de 2024
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 16 de mayo de 2023 aproximadamente a las 09:10 horas, los imputados LUIS ALLENDE IBACACHE, ROBERTO ZÚÑIGA CARRASCO y RODRIGO SANDOVAL DÍAZ, previamente concertados, en la vía pública específicamente en las inmediaciones de calles Elías Laferte con José Joaquín Aguirre Luco comuna de Huechuraba, procedieron a cortar con hojas de sierra y una herramienta tipo diablo, cables de fibra óptica del tendido eléctrico de la Empresa Movistar, sustrayendo y apropiándose de 35 metros de cable multipar 600/24 avaluados en la suma de $4.800.00, los cuales cargaron en un triciclo para luego darse a la fuga del lugar. Produciéndose a consecuencia de ello, la interrupción del servicio de Internet y telefonía de alrededor de 200 hogares. SE DECLARA: 1.- Que se condena a RODRIGO FELIPE SANDOVAL DÍAZ, R.U.N. 0018091600-8, ya individualizado (a), en calidad de autor (a) del delito de robo en bienes nacionales de uso público, previsto y sancionado en el artículo 443 inciso final del Código Penal, en grado de consumado, perpetrado el 16 de mayo de 2023, a la pena de OCHOCIENTOS DIECIOCHO DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al comiso de un alicate, un par de guantes, 3 fierros tipo diablos, 4 hojas de sierra, NUE 5651297. 2.- Que no se le concede al sentenciado ninguno de los beneficios establecidos en la Ley N°18.216, por no cumplir con los requisitos que exige dicho cuerpo legal para el goce de alguna de las medidas alternativas a las penas privativas de libertad, debiendo cumplir efectivamente la pena impuesta, debiendo considerársele los abonos que corren del día 16 de mayo de 2023 al 24 de junio de 2023. 3.- Que habiéndose acogido al procedimiento abreviado, lo cual redunda en un menor costo para la administración de justicia, se le eximirá del pago de las costas. Ejecutoriada que sea esta resolución, cúmplase lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Las
Fallo
SE DECLARA: 1.- Que se condena a RODRIGO FELIPE SANDOVAL DÍAZ, R.U.N. 0018091600-8, ya individualizado (a), en calidad de autor (a) del delito de robo en bienes nacionales de uso público, previsto y sancionado en el artículo 443 inciso final del Código Penal, en grado de consumado, perpetrado el 16 de mayo de 2023, a la pena de OCHOCIENTOS DIECIOCHO DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al comiso de un alicate, un par de guantes, 3 fierros tipo diablos, 4 hojas de sierra, NUE 5651297. 2.- Que no se le concede al sentenciado ninguno de los beneficios establecidos en la Ley N°18.216, por no cumplir con los requisitos que exige dicho cuerpo legal para el goce de alguna de las medidas alternativas a las penas privativas de libertad, debiendo cumplir efectivamente la pena impuesta, debiendo considerársele los abonos que corren del día 16 de mayo de 2023 al 24 de junio de 2023. 3.- Que habiéndose acogido al procedimiento abreviado, lo cual redunda en un menor costo para la administración de justicia, se le eximirá del pago de las costas. Ejecutoriada que sea esta resolución, cúmplase lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. Código: CZXXXQCHWRY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Resolvió, César Orellana López, Juez
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, a seis de noviembre de dos mil veinticuatro. TRIBUNAL: 2° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CÉSAR ORELLANA LÓPEZ RUC: 2400221975-8 RIT: 1163-2024 IMPUTADO: RODRIGO FELIPE SANDOVAL DÍAZ C.I. 0018091600-8 FECHA DE NAC. 17-06-1992 DIRECCION Pasaje Grafito 1221 COMUNA: Conchalí DELITO Robo en bienes nacionales de uso p
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