Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota.

C/ ÁLVARO JESÚS BRAVO MORAGA

Rol

O-93-2023

Fecha

7 de noviembre de 2024

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia de la acusación contenida en el auto de apertura del juicio oral, reproducidos textualmente, son los siguientes: “El día 2 de febrero de 2 2 alrededor de las :2 horas en momentos en que la víctima Rafael Mattos Díaz, en su calidad de chofer de la empresa DIDI, transportaba como pasajeros a una pareja, en el asiento trasero del vehículo placa patente KKCZ-6 con destino a Bosque de Montemar en la comuna de Concón, al llegar a la altura de Blanca Estela N ° 55 en dicha ciudad el hombre extrae desde sus vestimentas un arma al parecer de fuego obligando a la víctima a detener el vehículo para luego sustraerle a Maltos Díaz el dinero recaudado y el vehículo placa patente KKCZ6 Efectuando la víctima denuncia de este hecho el día 2 de febrero de 2 2 en la ° Comisaría de Concón según parte N° 552 de dicha unidad El día 2 de marzo de 2 2 aproximadamente a las : horas en los momentos que el personal de Carabineros efectuaba un patrullaje preventivo por el sector de Colmo en Quillota, se percatan que el vehículo que los antecedía el placa patente KKZC-6 en cuyo interior iban tres ocupantes Código: XUWFXQZFRMY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mantenía encargo por el delito de robo con intimidación de fecha 2 de febrero de 2 2 según el parte número 522 la Cuarta Comisaría de Carabineros de Concón. Por lo anterior Carabineros solicita la detención del automóvil, haciendo caso omiso a las advertencias policiales sus ocupantes comenzando una persecución donde el conductor del vehículo ingresa con el vehículo a la parcela N° 2 en Huape ingresando Carabineros a la propiedad en razón de la persecución, logrando la detención de los acusados y la recuperación del vehículo. Se determinó que el vehículo era conducido Francisco Ponce Castillo (fallecido) y era acompañado por los acusados Miranda Padilla y Bravo Moraga. Al efectuarles las consultas a los acusados, éstos no dieron respuestas satisfactorias so

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día 2 de noviembre de 2 2 , ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota integrada por la magistrada Verónica Rivera González, quien presidió la sala, y por las juezas María Luisa Ríos Latham y Genoveva Matteucci Vega, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa R.U.C. - y R.I.T N° - , contra ÁLVARO JESÚS BRAVO MORAGA, cédula de identidad N° -2 26 años nacido el de mayo de 8 sin oficio enseñanza básica completa, domiciliado en Pasaje casa N° 8 Población Los Troncos, comuna de Concón. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado en audiencia por el fiscal señor José Ramírez Núñez, la defensa del encartado estuvo a cargo del defensor penal público señor Claudio Peñaloza Hernández, ambos con domicilio y forma especial de notificación registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que los hechos materia de la acusación contenida en el auto de apertura del juicio oral, reproducidos textualmente, son los siguientes: “El día 2 de febrero de 2 2 alrededor de las :2 horas en momentos en que la víctima Rafael Mattos Díaz, en su calidad de chofer de la empresa DIDI, transportaba como pasajeros a una pareja, en el asiento trasero del vehículo placa patente KKCZ-6 con destino a Bosque de Montemar en la comuna de Concón, al llegar a la altura de Blanca Estela N ° 55 en dicha ciudad el hombre extrae desde sus vestimentas un arma al parecer de fuego obligando a la víctima a detener el vehículo para luego sustraerle a Maltos Díaz el dinero recaudado y el vehículo placa patente KKCZ6 Efectuando la víctima denuncia de este hecho el día 2 de febrero de 2 2 en la ° Comisaría de Concón según parte N° 552 de dicha unidad El día 2 de marzo de 2 2 aproximadamente a las : horas en los momentos que el personal de Carabineros efectuaba un patrullaje preventivo por el sector de Colmo en Quillota, se percatan que el vehículo que los antecedía el placa patente KKZC-6 en cuyo interior iban tres ocupantes Código: XUWFXQZFRMY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mantenía encargo por el delito de robo con intimidación de fecha 2 de febrero de 2 2 según el parte número 522 la Cuarta Comisaría de Carabineros de Concón. Por lo anterior Carabineros solicita la detención del automóvil, haciendo caso omiso a las advertencias policiales sus ocupantes comenzando una persecución donde el conductor del vehículo ingresa con el vehículo a la parcela N° 2 en Huape ingresando Carabineros a la propiedad en razón de la persecución, logrando la detención de los acusados y la recuperación del vehículo. Se determinó que el vehículo era conducido Francisco Ponce Castillo (fallecido) y era acompañado por los acusados Miranda Padilla y Bravo Moraga. Al efectuarles las consultas a los acusados, éstos no dieron respuestas satisfactorias sobre la tenencia del vehículo, no pudiendo menos que conocer el origen ilícito de la especie.” (sic)

Fallo

fallo es claro, pero pide tener presente que la persona conocida no era Bravo Moraga sino otra y estos elementos anexos que el fiscal pide tener en cuenta no son suficientes para destruir la presunción de inocencia. QUINTO: Declaración del acusado. Que, en la etapa prevista en el artículo 26 del Código Procesal Penal el acusado guardó silencio. Por último, en la oportunidad prevista en el artículo 8 inciso final del Código Procesal Penal nada dijo. SEXTO: Demanda civil y convenciones probatorias. Que según consta del auto de apertura de juicio oral, los intervinientes no arribaron a convenciones probatorias, y no se presentó demanda civil. Código: XUWFXQZFRMY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SÉPTIMO: Prueba de cargo. Que el ente persecutor, a fin de acreditar la pretensión punitiva estatal, allegó al juicio la siguiente prueba: a) Testigos: - Manuel Jesús Monsalvez Pineda, cédula de identidad N° 5 8 2- 2 años nacido el 2 de mayo de 82 Sgto primero de carabineros casado domiciliado en norte 2 Viña del Mar, quien previa promesa legal de decir verdad expuso al Ministerio Público que se ha desempeñado en Viña del Mar, Concón y Quintero, quien legalmente juramentado expuso al Ministerio Público que hoy comparece porque el 2 de febrero del 2 2 se encontraba de servicio nocturno en la comuna de Concón y siendo la 25 horas aproximadamente recibe llamada del celular de cuadrante por parte de un afectado que se en

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MINISTERIO PÚBLICO DE QUILLOTA/ ALVARO JESÚS BRAVO MORAGA DELITO: RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO. RUC N° - RIT N° - . Quillota, siete de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día 2 de noviembre de 2 2 , ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota integrada por la magistrada Verónica Rivera González, q

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