Juzgado De Letras Y Gar. de Licantén

CORTEZ/

Rol

V-141-2020

Fecha

9 de julio de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO y CONSIDERANDO, PRIMERO: Que a través de la oficina judicial virtual, comparece don RAMON LUIS CORTEZ FARIAS, cedula nacional de identidad N° 5.116.980-8, chileno, casado, empleado, domicilio en San Mario 4, Villa Minera Andina, Los Andes, comuna de los Andes, quien presento con fecha 15 de noviembre 2020, a las 22:20 horas, solicitud de pedimento minero y solicita se constituya una concesión de exploración de sustancias concesibles, sobre una superficie de 300 hectáreas, pedimento minero que denominara “JOY ORIENTAL 25”. Agrega que su punto medio se encuentra ubicado en la comuna de Hualañè, Provincia de Curicó, Región del Maule y cuyas coordenadas U.T.M. son las siguientes 6.130.343,00 metros Norte y 243.257,00 metros Este, referidas al Datum La Canoa 1956, Huso 19. Manifiesta que el terreno pedido es el comprendido dentro de un rectángulo trazado imaginariamente en el plazo horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio ya indicado, y cuyo perímetro encierra la totalidad de las hectáreas pedidas. Dos de los lados de la configuración, estarán orientados orientación Norte-Sur U.T.M. medirán 3.000 metros, y los otros dos estarán orientados Este- Oeste U.T.M. medirán 1.000 metros. Termina solicitando tener por presentado el pedimento y ordenar su inscripción y publicación. SEGUNDO: Que por resolución de fecha 16 de noviembre de 2020 se ordenó la inscripción y publicación de la solicitud de pedimento minero antes descrito. TERCERO: Que con fecha 10 de febrero de 2021, comparece el abogado don Luis Gustavo Donoso Paúl, en representación de Ramón Luis Cortez Farías, quien solicita la dictación de la sentencia constitutiva. CUARTO: Que, conforme lo dispone el artículo 819 del Código de Procedimiento Civil, tratándose de actos judiciales no contenciosos, los tribunales apreciarán prudencialmente el mérito de las justificaciones y pruebas, cualquiera sea la clase que se produzcan QUINTO: Que a la presentación de 10 de febrero de 2021, se acompañaron l

Fallo

se declara: I.- Que ha lugar a lo solicitado a mediante presentación efectuada con fecha 15 de noviembre de 2020 y en consecuencia, se tiene por constituida la Foja: 1 concesión de exploración denominada “JOY ORIENTAL 25”, ubicados en la comuna de Hualañé, Provincia de Curicó, Región del Maule, Séptima Región, sobre una superficie de 300 hectáreas, en favor de Ramón Luis Cortez Farías, ya individualizado en autos. Asimismo se aprueba el Plano de la concesión de exploración ya referida. II.- Practíquese publicaciones de la presente sentencia constitutiva de Pedimento Minero, mediante extracto redactado por el Secretario del Tribunal o quién haga sus veces, en el boletín oficial de Minería de Santiago. III.- Inscríbase la presente sentencia y archívese oportunamente un ejemplar del Plano acompañado a la presentación efectuada con fecha 23 de junio de 2021, y que corresponde a los que fueron ingresados en forma material al tribunal con fecha 9 de julio de 2021, Folio 19, todo en el Conservador de Minas de Licantén y asimismo, remítase copia autorizada del presente fallo y del plano al Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese y notifíquese por el estado diario. Rol N° V-141-2020 Dictada por doña Constanza Catalina Naranjo Alé, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Licantén CERTIFICO: Que con esta fecha se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil, mediante la anotación en el estado diario de est

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Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado De Letras Y Gar. de Licant né CAUSA ROL : V-141-2020 CARATULADO : CORTEZ/ Licantén, nueve de julio de dos mil veintiuno. VISTO y CONSIDERANDO, PRIMERO: Que a través de la oficina judicial virtual, comparece don RAMON LUIS CORTEZ FARIAS, cedula nacional de identidad N° 5.116.980-8, chileno, casado, empleado, domicilio en San Mario 4, Villa

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