3º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ EUGENIO GABRIEL MOYA SÁNCHEZ

Rol

O-208-2024

Fecha

5 de noviembre de 2024

Materia

VIOLACION DE MORADA.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en el requerimiento se le libera del pago de las costas. Cúmplase con lo dispuesto en el art. 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, agréguese y archívese en su oportunidad. RUC Nº 2400059336-9 RIT Nº 208-2024 Dictada por por doña ANTONIA DEL CARMEN GODOY MEDINA, Juez Titular del Tercer Juzgado de Garantía de Santiago. Código: LUCXXQJRCFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: LUCXXQJRCFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-05T20:15:28-0300

Fallo

por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 números 6 y 9, 15 N° 1, 11 N° 9, 12 N°15, 21, 30, 49, 51, 67, 70 y 144 del Código Penal; 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y 3 y siguientes y 38 de la Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que, se condena a EUGENIO GABRIEL MOYA SÁNCHEZ, cédula de identidad 0016457863-1, ya individualizado, AL PAGO DE UNA MULTA DE DOS TERCIOS de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de VIOLACIÓN DE MORADA, perpetrado en la comuna de Recoleta el día 15/01/2024, en grado de desarrollo de CONSUMADO. II.- Que, se le tiene por cumplida la pena de multa a la que ha sido condenado por las fracciones de horas superior a doce en que permaneció Código: LUCXXQJRCFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Av. Pedro Montt N° 1606, Edificio F, Piso 9°, Centro de Jusiticia de Santiago. Telefono: 229757200 - 229757238 privado de libertad en este procedimiento, los días 15 de enero y 6 de marzo de 2024. III.- Atendido que el requerido ha admitido su responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento se le libera del pago de las costas. Cúmplase con lo dispuesto en el art. 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, agréguese y archívese en su oportunidad. RUC Nº 2400059336-9 RIT Nº 208-2024 Dictada por por doña ANTONIA DEL CARMEN GODOY MEDINA, Juez Titular del Tercer Juzgado de Garan

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Av. Pedro Montt N° 1606, Edificio F, Piso 9°, Centro de Jusiticia de Santiago. Telefono: 229757200 - 229757238 RUC Nº 2400059336-9 RIT Nº 208-2024 1º HECHOS. El día 15 de enero del año 2024, cerca de las 05:10 horas, el requerido Eugenio Moya Sanchez ingresó al domicilio particular ubicado en calle Caleuche n° 2939, Comuna de Recoleta, en contra la voluntad de su morador, la víctima don Roberto Lo

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