1º Juzgado de Letras de Los Angeles

GODOY/

Rol

V-264-2019

Fecha

8 de julio de 2021

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Se presenta don GERARDO GODOY LABRIN, profesor, domiciliado en calle Condell Nº 1010, Los Ángeles. Relata que es propietario de 4 lotes (los que individualiza) los que fusionó celebrando una escritura pública para ello el 24 de octubre de 2019. Refiere que luego de efectuado un levantamiento topográfico del lugar, el predio resultante tiene una cabida de 4,98 hás y los siguientes deslindes: NORTE, en doscientos nueve coma ocho metros con Lote Diez; SUR, en doscientos cincuenta y siete metros con Lote Quince; ESTE, en doscientos veintiún metros con Lote B, y OESTE, con camino interior que lo separa de lotes veinticuatro, veintitrés, veintidós y veintiuno, en doscientos trece coma nueve metros. Resulta que en su momento el Sr. Conservador efectuó la sumatoria de las cabidas parciales de los predios fusionados, lo que arrojó una suma inferior a la que se indica en la escritura de fusión anteriormente individualizada. Así las cosas rehusó su inscripción. Rola en autos el informe del Conservador de Bienes Raíces Se agregó información sumaria de testigos, una serie de documentos y se desarrolló una inspección personal del tribunal. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Que,

Fallo

por estas reflexiones, medios de prueba analizados y teniendo presente lo establecido en los artículo 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y artículos 13 y 18 del Reglamento de Conservador de Bienes Raíces de esta ciudad, resuelvo: I. Que se acoge la petición del folio 01. II. Que en consecuencia, se dispone que el Sr. Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles procederá a inscribir la escritura pública, Repertorio Nº 5.102-2019, de fecha 24 de Octubre de 2019, de la Cuarta Notaría de Los Ángeles, y dejará constancia que la cabida del predio resultante es de 4,98 hectáreas y sus deslindes son: NORTE, en doscientos nueve coma ocho metros con Lote Diez; SUR, en doscientos cincuenta y siete metros con Lote Quince; ESTE, en doscientos veintiún metros con Lote B, y OESTE, con camino interior que lo separa de lotes veinticuatro, veintitrés, veintidós y veintiuno, en doscientos trece coma nueve metro III. Que, se hace presente al solicitante, que en ningún caso esta gestión les permite desplazar los deslindes actualmente vigentes de la propiedad. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Los Angeles, ocho de Julio de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región d

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Los Angeles CAUSA ROL : V-264-2019 CARATULADO : GODOY/ Los Angeles, ocho de Julio de dos mil veintiuno Visto: Se presenta don GERARDO GODOY LABRIN, profesor, domiciliado en calle Condell Nº 1010, Los Ángeles. Relata que es propietario de 4 lotes (los que individualiza) los que fusionó celebrando una escritura pública para ello el 2

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