C/ JOSE WIGBERTO SANTOS FLORES
Rol
O-4589-2024
Fecha
4 de noviembre de 2024
Materia
CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos El día 23 de abril del año 2024, aproximadamente a las 11:45 horas, en la vía pública, específicamente en Avenida Brasil a la altura del número 648, en la comuna de Santiago, el imputado condujo el vehículo taxi placa patente única DKKS26 sin contar con la licencia de conducir clase A1, A2 y A3 exigida por la ley para conducción de esta clase de vehículos. SE DECLARA: I.- Que, se condena a JOSE WIGBERTO SANTOS FLORES, ya individualizado, a la PENA DE CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria de suspensión de cargo y oficio públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de AUTOR del delito de CONDUCCIÓN SIN LICENCIA DEBIDA, previsto y sancionado en el artículo 194 de la ley 18.290, ocurrido en la comuna de Santiago, el día 23 de abril de 2024, encontrándose en grado de CONSUMADO. II.- Que, se le exime del pago de las costas por haber sido patrocionado por la defensoria penal pública. III.- Que, reuniendo el sentenciado los requisitos previstos en la ley 18.216, se le sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena sustitutiva de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA por el lapso de 41 noches, debiendo mantenerse en su domicilio entre las 22:00 y las 06:00 horas, la fiscalización se realizará por carabineros de Chile de la prefectura más cercana a su domicilio. Se reconocen 2 días de abono por el tiempo que se mantuvo privado de libertad con ocasión de controles de detención. Debiendo cumplir un total de 39 noches. Código: RXCZXQVXXXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renuncian a los plazos. Dictada por don JAIME LEONARDO FUICA MARTÍNEZ, Juez Titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegra
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se condena a JOSE WIGBERTO SANTOS FLORES, ya individualizado, a la PENA DE CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria de suspensión de cargo y oficio públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de AUTOR del delito de CONDUCCIÓN SIN LICENCIA DEBIDA, previsto y sancionado en el artículo 194 de la ley 18.290, ocurrido en la comuna de Santiago, el día 23 de abril de 2024, encontrándose en grado de CONSUMADO. II.- Que, se le exime del pago de las costas por haber sido patrocionado por la defensoria penal pública. III.- Que, reuniendo el sentenciado los requisitos previstos en la ley 18.216, se le sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena sustitutiva de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA por el lapso de 41 noches, debiendo mantenerse en su domicilio entre las 22:00 y las 06:00 horas, la fiscalización se realizará por carabineros de Chile de la prefectura más cercana a su domicilio. Se reconocen 2 días de abono por el tiempo que se mantuvo privado de libertad con ocasión de controles de detención. Debiendo cumplir un total de 39 noches. Código: RXCZXQVXXXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renuncian a los plazos. Dictada por don JAIME LEONARDO FUICA MA
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PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro. TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: JAIME LEONARDO FUICA MARTÍNEZ RUC: 2400465269-6 RIT: 4589 - 2024 IMPUTADO: JOSE WIGBERTO SANTOS FLORES C.I. 0014692632-0 DELITO CONDUCCIÓN SIN LICENCIA DEBIDA ARTICULO 194 ley 18.290 PARTICIPACIÓN AUTOR G. DE DESARROLLO CONSUMADO ATENUANTES Artícul
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