MP C/ MAURICIO ENRIQUE ZÚÑIGA MUÑOZ
Rol
O-5136-2022
Fecha
4 de noviembre de 2024
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos , , N° , 43 , 44 N° 3 Código Penal; artículos , 4°, 4 y siguientes, , 340, 3 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se rechaza el requerimiento, en consecuencia se absuelve a ANGELO ANDRÉS MEDINA MEDINA, cédula de identidad N° - , ya individualizado, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, en cuanto le atribuye participación en calidad de autor del delito robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 3 en relación con el artículo 432 ambos del Código Penal, en grado frustrado, supuestamente perpetrado en horas de la madrugada del de julio del año 0 , en perjuicio del dueño de quiosco ubicado en calle Colón y Francia de esta ciudad. II.- Estimándose que el Ministerio Público tuvo
Fundamentos
motivos plausibles para iniciar y proseguir la persecución penal, es libertado del pago de costas. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 34 del Código Procesal Penal, se impone el alzamiento de cautelares que pesan sobre este imputado, atento absolución. Regístrese y archívese en su momento, si no se interpusieren recursos procedentes. Téngase como ejecutoriada la sentencia. Dictada por doña NORA ANTONIETA BAHAMONDES ACEVEDO Juez Titular del Juzgado de Garantía de Valparaíso. Código: TQETXRRLWYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-12T10:37:21-0300
Fallo
se declara: I.- Que se rechaza el requerimiento, en consecuencia se absuelve a ANGELO ANDRÉS MEDINA MEDINA, cédula de identidad N° - , ya individualizado, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, en cuanto le atribuye participación en calidad de autor del delito robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 3 en relación con el artículo 432 ambos del Código Penal, en grado frustrado, supuestamente perpetrado en horas de la madrugada del de julio del año 0 , en perjuicio del dueño de quiosco ubicado en calle Colón y Francia de esta ciudad. II.- Estimándose que el Ministerio Público tuvo motivos plausibles para iniciar y proseguir la persecución penal, es libertado del pago de costas. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 34 del Código Procesal Penal, se impone el alzamiento de cautelares que pesan sobre este imputado, atento absolución. Regístrese y archívese en su momento, si no se interpusieren recursos procedentes. Téngase como ejecutoriada la sentencia. Dictada por doña NORA ANTONIETA BAHAMONDES ACEVEDO Juez Titular del Juzgado de Garantía de Valparaíso. Código: TQETXRRLWYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-12T10:37:21-0300
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA: RUC N° - // RIT N° – . C/ MEDINA MEDINA, ANGELO ANDRÉS, cédula de identidad N° - , domiciliado en Calle San Francisco De Asis, N° , block 3, dpto 3 Pompeya Norte, Quilpué Valparaíso, cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro. Y visto además lo dispuesto en los artículos , , N° , 43 , 44 N° 3 Código Penal; artículos , 4°, 4 y siguientes, , 340, 3 y siguientes del Código Procesal Penal
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