Juzgado de Garantía de Quillota.

MP QTA C/ CARLOS PASCAL ANDRÉS FIGUEROA ARAYA

Rol

O-2936-2022

Fecha

5 de noviembre de 2024

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 25.11.2022 alrededor de las 00:30 horas, los requeridos CARLOS PASCAL ANDRES FIGUEROA ARAYA y JUAN FELIPE QUIJADA CABALLERO, mientras se encontraban en calle Chacabuco nro. 960, condominio Los Libertadores de esta comuna, agredieron sin causa justificada al conserje de dicho condominio la víctima LUIS SERGIO ESCOBAR GUERRERO, quienes se abalanzaron sobre la víctima propinando golpes de pies y puño, arrojándolo al suelo dando golpes de pie en el suelo, por lo que requirió la presencia policial. Mientras personal policial subía a los requeridos al carro policial, amenazaron de forma seria y grave al afectado señalando "TE VAMOS A VOLVER A PEGAR". A raíz de lo anterior la víctima resultó con "HERIDA CONTUSA EN REGION FRONTAL DERECHA", de carácter menos graves. Se deja constancia que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, el cual es el registro íntegro de la misma, y la resolutiva es del siguiente tenor: Por estos

Fundamentos

fundamentos y de conformidad a lo previsto en los artículos 1, 293 N°3, 399 del Código Penal; artículos 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal y demás, disposiciones legales pertinentes,

Fallo

se declara: I.- Que SE ABSUELVE a JUAN FELIPE QUIJADA CABALLERO, ya individualizado, de la imputación formulada en su contra por el Ministerio Público, sin costas. II.- Ejecutoriada esta sentencia, déjese sin efecto las medidas cautelares que se hayan impuesto. Ejecutoriada que sea esta sentencia, cúmplase con lo previsto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad.- DICTADA POR DON GUILLERMO AMÉSTICA ZAVALA, JUEZ DE GARANTÍA (S). Código: URCWXQNDDYW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RENUNCIA DE PLAZOS Habiendo las partes renunciado a los plazos legales para interponer recursos, la sentencia queda firme y ejecutoriada. Código: URCWXQNDDYW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: URCWXQNDDYW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Detalle de Delitos, RIT - , RUC - . DENUNCIADO DELITO JUAN FELIPE QUIJADA CABALLERO Lesiones leves. AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3. Código: URCWXQNDDYW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-05T12:48:56-0300

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL JUZGADO DE GARANTIA DE QUILLOTA RUC: - RIT: - IMPUTADO: JUAN FELIPE QUIJADA CABALLERO RUN IMPUTADO: DOMICILIO: - CALLE LOS CIRUELOS Nº , QUILLOTA DELITO: LESIONES MENOS GRAVES AMENAZAS PROCEDIMIENTO JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Quillota, cinco de noviembre de dos mil veinticuatro HECHOS: El día 25.11.2022 alrededor de las 00:30 horas, los requeridos CARLOS PASCAL ANDRES FIGUEROA ARAYA y JUAN

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