C/ IVÁN ANDRÉS MOLINA CÁRDENAS
Rol
O-4489-2024
Fecha
24 de octubre de 2024
Materia
LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia del requerimiento simplificado. Sentencia Renuncia de plazos. Ejecutoriada Sentencia.: RUC RIT Ámbito afectado Detalle del Hito Valor 2400664740-1 4489-2024 CAUSA.: R.U.C=2400664740-1 R.U.I.=4489-2024 Fecha de deliberación 2024/10/24 Juez redactor MANUEL ANGEL MUÑOZ CID RELACIONES.: MOLINA CÁRDENAS IVÁN ANDRÉS / Lesiones leves. Resultado Condenado. CAUSA.: R.U.C=2400664740-1 R.U.I.=4489-2024 - - RELACIONES.: MOLINA CÁRDENAS IVÁN ANDRÉS / Lesiones leves. Procedimiento Simplificado. Hechos establecidos en la sentencia: El día 10 de junio del año 2024 a las 17.58 horas aproximadamente en la intersección de las calles Balmaceda con Manuel Rodríguez la comuna Código: BXFYXQUTJBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de Puente Alto, el imputado Iván Molina Cárdenas amenazó en forma seria y verosímil a la víctima Catherine Garrido Puebla manifestándole “maraca culiá, te voy a pegar yo soy mujer igual que vo” Además la agredió con golpes de puño y tirándole fuertemente el cabello, ocasionándole lesiones de carácter leve. Circunstancias modificatorias de responsabilidad: artículo 11 N° 9 del Código Penal, en relación con el artículo 395 del Código Procesal Penal. Se subsume el ilícito de amenazas en el delito de lesiones leves. Sentencia (parte resolutiva): Puente alto, a veinticuatro de octubre de dos mil veinticuatro. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el Código Penal, Código Procesal Penal, y demás normas legales y reglamentarias que resulten pertinentes, se declara: I.- Se condena a IVÁN ANDRÉS MOLINA CÁRDENAS, C.N.I. N° 15.249.121-2, ya individualizado en lo demás, por su responsabilidad en calidad de autor de la falta consumada de lesiones leves, prevista y sancionada en el artículo 494 N° 5 del Código Penal, por hechos acaecidos el día 10 de junio de 2024 en la comuna de Puente Alto, contra la víctima Catherine Garrido Puebla, a la pena de 1/3 de unidad tr
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el Código Penal, Código Procesal Penal, y demás normas legales y reglamentarias que resulten pertinentes, se declara: I.- Se condena a IVÁN ANDRÉS MOLINA CÁRDENAS, C.N.I. N° 15.249.121-2, ya individualizado en lo demás, por su responsabilidad en calidad de autor de la falta consumada de lesiones leves, prevista y sancionada en el artículo 494 N° 5 del Código Penal, por hechos acaecidos el día 10 de junio de 2024 en la comuna de Puente Alto, contra la víctima Catherine Garrido Puebla, a la pena de 1/3 de unidad tributaria mensual, la que se encuentra cumplida con el día que el sentenciado permaneció privado de su libertad, controlándose su aprehensión el día 11 de junio del año en curso. II.- Se exonera al sentenciado del pago de las costas por haber admitido responsabilidad y ser patrocinado en juicio por la Defensoría Penal Pública. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, anótese, regístrese y archívese cuando corresponda. Las partes renuncian expresamente a los términos legales por lo que la sentencia se tiene por ejecutoriada con esta misma fecha. Dirigió la audiencia y resolvió - MANUEL ANGEL MUÑOZ CID. o La presente acta sólo constituye un registro administrativo confeccionada por el funcionario de acta, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. o Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegr
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Audiencia de Juicio Oral Simplificado Fecha Puente Alto., veinticuatro de octubre de dos mil veinticuatro Magistrado MANUEL ANGEL MUÑOZ CID Fiscal MICHAEL CHRISTOPHER FLORES ÁLVAREZ Defensor JESSICA VIVIANA ACEVEDO REYES Víctima KATHERINE DEL ROSARIO GARRIDO PUEBLA Hora inicio 10:47AM Hora termino 10:50AM Sala SALA 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Puente Alto Acta NSG RUC 2400664740-1 RIT 4489 -
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