ARAVENA/
Rol
V-143-2020
Fecha
8 de julio de 2021
Materia
CURADOR, NOMBRAMIENTO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1° Que comparece a estrados do a Ingrid Lissette Aravena Chacoff, c dula de identidadñ é n 13.672.359-6, dependiente, domiciliada en calle Riquelme N 1289, Quilpu , solicitando la° ° é declaraci n de interdicci n por demencia respecto de do a ó ó ñ Norma Margarita Mej as L pezí ó , c dula de identidad n 6.087.018-7, domiciliada en Fernando Rioja N 234, La Cisterna, coné ° ° quien tiene una relaci n de parentesco por consanguinidad en cuarto grado, sobrina-nieta y queó padece demencia senil, incapacidad mental intelectual y f sica en grado profundo del 90%, laí que se encuentra debidamente inscrita en el Registro Nacional de Discapacidad del Servicio de Registro Civil e Identificaci n. A ade que ha mantenido los cuidados personales y mantenci nó ñ ó econ mica de su t a, desde que comenz con la enfermedad referida.ó í ó Fundando su solicitud en los art culos 456 y siguientes del C digo Civil; 838 y siguientesí ó del C digo de Procedimiento Civil; y Ley 18.600, pide se declare la interdicci n definitiva, poró ó demencia, y se la nombre curadora definitiva, respecto de do a Norma Margarita Mej asñ í L pez, ordenando adem s las inscripciones y subinscripciones que correspondan. ó á 2 ° Que la solicitante, do a Ingrid Lissette Aravena Chacoffñ , con el m rito de losé certificados de nacimiento que acompa a junto a su solicitud, logra acreditar, por una parte,ñ que la solicitada, Norma Margarita Mej as L pezí ó , nacida el 6 de diciembre de 1939, es hija de don Enrique Segundo Mej as Rom n y de do a Mar a Susana L pez Apablazaí á ñ í ó ; y por otra, acredita que ella, do a Ingrid Lissette Aravena Chacoffñ , nacida el 28 de septiembre de 1979, es hija de don Jorge Oscar Aravena Orellana y de do a Adriana del Carmenñ Chacoff Mej así . Finalmente la solicitante, a folio 7, apareja certificado de nacimiento de su madre, do a Adriana del Carmen Chacoff Mej asñ í , acreditando la calidad de hija de esta respecto de don Hadenat Chacoff Scandor y de do a Adriana de las M. Mej as L pezñ í ó . As , con el solo m rito de los documentos referidos, no logra acreditar el v nculo deí é í parentesco que, dice, la liga a la solicitada. 3° Que sin perjuicio de lo anterior, requerido el Servicio de Registro Civil e Identificaci n para que informe acerca del parentesco alegado por do a Ingrid Lissetteó ñ Aravena Chacoff respecto de do a Norma Margarita Mej as L pez, informa a folio 27 queñ í ó do a Adriana de las Mercedes Mej as L pez, c dula de identidad n 4.725.287-3, registrañ í ó é ° nacimiento inscrito bajo el N 9 de la Circunscripci n de Las Huerta de Mataquito, a o 1929,º ó ñ y en dicha inscripci n consta que nacida el 3 de enero de 1929, sus padres son don Segundoó Mej as y do a Susana L pez.í ñ ó A su vez, consta en los Registros del Servicio que el nacimiento de do a Normañ Margarita Mej as L pezí ó , c dula de identidad n 6.087.018-7, inscrito, bajo el N 236, de laé ° º Circunscripci n Huala , del a o 1939, acaecido el 6 de diciembre de 1939, ó
Fallo
se resuelve que:° ó Se declara interdicta por demencia a do a Norma Margarita Mej as L pez,ñ í ó c dula de identidad n 6.087.018-7é ° , quedando por esto privada de la administraci n de susó bienes, y se le designa como curadora leg tima y definitiva a su sobrina nieta, do a Ingridí ñ Lissette Aravena Chacoff, c dula de identidad n 13.672.359-6é ° , a quien se le libera de la obligaci n de rendir fianza, practicar inventario solemne y de reducir a escritura p blica esteó ú RIT« » Foja: 1 nombramiento, sirviendo como suficiente discernimiento la presente sentencia, para el ejercicio de la guarda, debiendo s llevar el apunte privado a que se refiere el art culo 380 delí í C digo Civil.ó Notif quese al p blico mediante tres avisos extractados por el se or Secretario delí ú ñ tribunal en diario de circulaci n nacional.ó Inscr base la presente sentencia en el Registro de Interdicciones del Conservador deí Bienes Ra ces respectivo.í Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Dictada y firmada por do a Katherine Campbell Espinosa, Juez Suplente.ñ Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, ocho de Julio de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : V-143-2020 CARATULADO : ARAVENA/ San Miguel, ocho de Julio de dos mil veintiuno Vistos y considerando: 1° Que comparece a estrados do a Ingrid Lissette Aravena Chacoff, c dula de identidadñ é n 13.672.359-6, dependiente, domiciliada en calle Riquelme N 1289, Quilpu , solicitando la° ° é declaraci n
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