2º Juzgado Civil de Temuco

BANCO ESTADO DE CHILE/REYES

Rol

C-4423-2018

Fecha

7 de julio de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 31 de agosto de 2018 comparece don Maximiliano José Sánchez Derio, Abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, comuna de Santiago, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del estado, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo, actualmente don Juan Cooper Álvarez, chileno, casado, ingeniero comercial, RUT N° 9.096.866-1, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins N° 1111, Santiago, quien viene en interponer la presente demanda ejecutiva en contra de don JUAN GABRIEL REYES GUERRERO, cuya profesión ignora, domiciliado en Calle Hermano Leovijildo Kley, N° 1431, de la comuna de Cunco, por las razones de hecho y de derecho que en su libelo expone.- Con fecha 30 de noviembre de 2018 consta notificación al ejecutado conforme a lo dispuesto en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil y, posteriormente, requerimiento de pago. Con fecha 06 de diciembre de 2018 el ejecutado opone excepciones a la ejecución.- Con fecha 12 de diciembre de 2018 el ejecutante evacúa el traslado de las excepciones opuestas.- Con fecha 13 de diciembre de 2018 se declaran admisibles las excepciones y se recibe la causa a prueba, resolución que es notificada a las partes con fecha 17 de diciembre de 2018. Con fecha 25 de junio de 2021 se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 31 de agosto de 2018 don Maximiliano José Sánchez Derio, Abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, comuna de Santiago, mandatario judicial en representación convencional del Banco del Estado de Chile, empresa autónoma de créditos del estado, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo, actualmente don Juan Cooper Álvarez, chileno, casado, ingeniero comercial, RUT N° 9.096.866-1, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins N° 1111, Santiago, señala que su representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré no reajustable número 00006581769, Operación N° 00020379359 que acompaña en el segundo otrosí de su demanda, que fue suscrito el 13 de Marzo de 2018 en calidad de deudor por don Juan Gabriel Reyes Guerrero, cuya profesión ignora, domiciliado en Calle Hermano Leovijildo Kley, N° 1431, de la comuna de Cunco. El pagaré fue suscrito por la suma de $13.619.001.-, por concepto de capital, más intereses de 1,1700 mensual a contar del 13 de Marzo de 2018, cantidad que el deudor se obligó a pagar en 79 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $268.976.- cada una, salvo la última que sería de $269.001.-, venciendo la primera de ellas el día 04 de Mayo de 2018. Se estableció en el pagaré que en C-4423-2018 Foja: 1 caso de mora o simple retardo en el pago de cualquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación. Señala que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al 04 de Mayo de 2018, inclusive, y todas las posteriores,

Fallo

se declaran admisibles las excepciones y se recibe la causa a prueba, resolución que es notificada a las partes con fecha 17 de diciembre de 2018. Con fecha 25 de junio de 2021 se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 31 de agosto de 2018 don Maximiliano José Sánchez Derio, Abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, comuna de Santiago, mandatario judicial en representación convencional del Banco del Estado de Chile, empresa autónoma de créditos del estado, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo, actualmente don Juan Cooper Álvarez, chileno, casado, ingeniero comercial, RUT N° 9.096.866-1, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins N° 1111, Santiago, señala que su representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré no reajustable número 00006581769, Operación N° 00020379359 que acompaña en el segundo otrosí de su demanda, que fue suscrito el 13 de Marzo de 2018 en calidad de deudor por don Juan Gabriel Reyes Guerrero, cuya profesión ignora, domiciliado en Calle Hermano Leovijildo Kley, N° 1431, de la comuna de Cunco. El pagaré fue suscrito por la suma de $13.619.001.-, por concepto de capital, más intereses de 1,1700 mensual a contar del 13 de Marzo de 2018, cantidad que el deudor se obligó a pagar en 79 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $268.976.- cada una, salvo la última que sería de $269.001.-, venciendo la primera de ellas el día 04 de Mayo de 2018. Se estable

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C-4423-2018 Foja: 1 FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-4423-2018 CARATULADO : BANCO ESTADO DE CHILE/REYES Temuco, siete de Julio de dos mil veintiuno VISTOS: Con fecha 31 de agosto de 2018 comparece don Maximiliano José Sánchez Derio, Abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, comuna de Santiago, mandatario judicial en representació

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