CASTRO/
Rol
V-43-2020
Fecha
8 de julio de 2021
Materia
BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: De la solicitud. Que mediante presentaci n de folio 1, compareceó Arturo Zu iga Tapia ñ Chileno, soltero, Abogado, c dula nacional de identidad n meroé ú 15.601.049-9 y don Mario Santiago Manr quez Santa Cruz, í Chileno, casado Abogado, c dula nacional de identidad n mero 13.880.946-9é ú , en representaci nó convencional de don Gonzalo Rodrigo Castro Armijo ingeniero Agr nomo; donó Carlos Orlando Castro Armijo agricultor, y de don Pedro Jos Castro Armijoé interdicto de administrar lo suyo, todos domiciliados para estos efectos en Hijuela Tercera, Caba a Blanca sin n mero, Comuna de Las Cabras. Quien por sentenciañ ú dictada con fecha 7 de diciembre del a o 2021, por el Primer Juzgado de Letras yñ Garant a de Peumo, en causa í Rol C-413-2012, se declar su interdicci n definitiva poró ó demencia, la cual se encuentra ejecutoriada y en la que se nombr curador definitivo deó bienes a su hermano don Carlos Orlando Castro Armijo. En causa C-413-2012, se se ala que don Pedro Jose Castro Armijoñ , no tiene hijos, presenta secuelas de par lisis cerebral y estar a incapacitado para realizar cualquierá í tr mite, debido a su condici n de nacimiento. á ó Se ala que don Pedro Castro, es comunero de los mismos derechos de aprovechamientoñ de aguas con sus hermano Gonzalo Castro y Gonzalo Castro. Estos derechos comprendidos a trav s de dos t tulos diferentes individualizados como: é í Comunidad uno: Comunidad formada, en la sucesi n hereditaria quedada aló fallecimiento de don Carlos Edgardo Castro Armijo, compuesta por sus hijos don Carlos Orlando Castro Armijo, don Pedro Jos Castro Armijo y don Gonzalo Rodrigo Castroé Armijo, as como por qui n fuera su c nyuge, do a Luz Irene Armijo N ez, seg ní é ó ñ úñ ú consta en inscripci n de la posesi n efectiva agregada aló ó Comprobante de Propiedad de Aguas del a o 2013, del Conservador de Bienes Ra cesñ í de Peumo y Las Cabras, bajo el n mero 1.ú Foja: 1 La especial de herencia rola a inscrita a foj
Fallo
se declara la interdicci n de donó Pedro Castro Armijo y se designa curador a don Carlos Orlando Castro Armijo; 2. Copia de la inscripci n de fojas 27 vuelta, n mero 43 del Registro de Propiedadó ú de Aguas del Conservador de Bienes Ra ces de Peumo y Las Cabras,í correspondiente al a o 2013.ñ 3. Copia de la inscripci n de fojas 145 n mero 193 del Registro de Propiedad deó ú Aguas del Conservador de Bienes Ra ces de Peumo, correspondiente al a o 2019.í ñ 4. Copia de la inscripci n de Posesi n Efectiva agregada al Comprobante deó ó Propiedad de Aguas del a o 2013, del Conservador de Bienes Ra ces de Peumo yñ í Las Cabras, bajo el n mero 1. ú 5. Copia de la inscripci n de Posesi n Efectiva agregada al Comprobante deó ó Propiedad de Aguas del a o 2019, del Conservador de Bienes Ra ces de Peumo yñ í Las Cabras, bajo el n mero 25.ú 6. Copia de la escritura de mandato en que consta nuestra personer a para actuarí en representaci n de los mandantes.ó TERCERO: Informaci n sumaria de testigos. ó Que seg n consta en el actaú de folio 10, con fecha 9 de octubre del a o 2020 se rindi informaci n sumaria deñ ó ó Testigos, Foja: 1 constando en autos las declaraciones de do a Susana Lis Vejares Salazar y do a Gloriañ ñ del Carmen Gonzalez Contreras quien se encuentran contestes en se alar que sabenñ que la don Pedro Jose Castro Armijo, de 56 a os, conocen a don Pedro Castro y queñ vive actualmente con su hermano Carlos Castro y su pareja Gloria Gonzalez en la comuna de Las Cabras. Que, tien
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Foja: 1 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras y Gar.de Peumoº CAUSA ROL : V-43-2020 CARATULADO : CASTRO/ Peumo, ocho de Julio de dos mil veintiuno VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: De la solicitud. Que mediante presentaci n de folio 1, compareceó Arturo Zu iga Tapia ñ Chileno, soltero, Abogado, c dula nacional de identidad n meroé ú 15.601.049-9 y don Mario
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