Juzgado de Familia Curico
ANONIMIZADO
Rol
C-1243-2023
Fecha
6 de noviembre de 2023
Materia
ALIMENTOS
Resultado
No especificado
Texto Completo (Preview)
// Curicó, seis de noviembre de dos mil veintitrés. Téngase por cumplido lo ordenado. Vistos. Atendido el mérito de lo expuesto, no habiéndose cumplido un requisito esencial para interponer la demanda en contra de los abuelos del alimentario y conforme a lo previsto en el Art. 232 del Código Civil, norma que dispone: “La obligación de alimentar al hijo que carece de bienes pasa, por la falta o ins
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