8º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ VALENTINA DEL PILAR ORELLANA COLIPÍ

Rol

O-7138-2022

Fecha

28 de octubre de 2024

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO., RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este Tribunal el Ministerio Público dedujo acusación en contra de VALENTINA DEL PILAR ORELLANA COLIPÍ, 30 años, C.I. N°0018769118-4, domiciliado en Pablo Neruda 9336, comuna de Lo Espejo, a quien se atribuye participación de autora en los delitos de conducción en estado de ebriedad calificado y receptación de vehículo motorizado. El Ministerio Público fundó su acusación en los siguientes hechos: “El 28 de diciembre de año 2022, alrededor de las 01.00 la imputada VALENTINA DEL PILAR ORELLANA LINCOPIN conducía el automóvil marca Hyundai, modelo Tucson, el cual no portaba sus placas patentes, lo hacía por Avenida General Bustamante, intersección con calle Santa Isabel, en la comuna de Providencia, al ser controlada por personal policial, quienes la hicieron detener el vehículo por no portarlas, la imputada se dio a la fuga comenzando un seguimiento por parte de personal policial a más de 120 kilómetros por hora, hasta detenerse en calle Ramón Carnicer esquina Arturo Burlhet, en la misma comuna. Una vez en dicho lugar, se le pidió a la imputada que apagara el motor y entregara los papeles del móvil, pudiendo percatarse que mantenía un fuerte hálito alcohólico, razón por la cual fue sometida a la prueba de alcohotest que arrojó como resultado 1.54 g/l. Posteriormente, realizada la alcoholemia de rigor N° 13 – SCL – OH – 79 - 2023, esta arrojó 1.84 gramos por mil de alcohol en la sangre. Los funcionarios asimismo lograron evidenciar que al momento de la conducción VALENTINA ORELLANA LINCOPIN, mantenía su licencia de conducir suspendida, lo que posteriormente fue confirmado por el Registro Nacional de Conductores, el cual, con fecha 21 de febrero de 2024 indicó que conforme al oficio nro. 7022 de fecha 22 de julio de 2022 del Juzgado de Garantía de Puente Alto en causa rit nro. 14567 – 2021 informó la suspensión de la licencia por 2 años a contar de esa fecha. Finalmente al verificar la información del vehículo, se pudieron pe

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 6, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 25, 30, 49, 50, 68, 69, 456 bis A del Código Penal; 110, 196 y 197 de la Ley 18.290 de Tránsito; 406 y siguientes del Código Procesal Penal; 1 y siguientes de la Ley 18.216, se declara que: I.- Se condena a VALENTINA DEL PILAR ORELLANA COLIPÍ, al cumplimiento de las siguientes sanciones: 61 días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público por el mismo plazo, multa de 1/3 de unidad tributaria mensual y suspensión de la licencia de conducir vehículos motorizados por el plazo de 5 años, como autora del delito consumado de conducción de un vehículo en estado de ebriedad calificado, y la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, suspensión de cargo u oficio público por el mismo plazo y multa de 1/3 de unidad tributaria mensual, como autora del delito consumado de receptación de vehículo motorizado. Ilícitos cometidos en jurisdicción de este Tribunal el día 28 de diciembre de 2022. II.- Al concurrir los requisitos señalados en el artículo 15 de la Ley N° 18.216, se sustituye la pena privativa de libertad impuesta a la sentenciada, por la de libertad vigilada simple por el plazo de 602 días, debiendo cumplir la sentenciada durante el período de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento y con las condiciones del artículo 17 de la Ley 18.216. La sentenciada deberá presentarse al C

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8° Juzgado de Garantía de Santiago Causa Rit N°7138 - 2022. Santiago, veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este Tribunal el Ministerio Público dedujo acusación en contra de VALENTINA DEL PILAR ORELLANA COLIPÍ, 30 años, C.I. N°0018769118-4, domiciliado en Pablo Neruda 9336, comuna de Lo Espejo, a quien se atribuye participación de autora en lo

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