CARABINEROS DE CHILE C/ CÉSAR ANTONIO SILVA SOLANO
Rol
O-1073-2024
Fecha
28 de octubre de 2024
Materia
OCULTACION DE IDENT EN CONTROL INVEST ART 496 N05 ART 85 CPP
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 20 de julio de 2024 siendo aproximadamente las 16:55 horas, personal policial de Carabineros procedió, en calle Padre Hurtado al llegar al pasaje San Gabriel de la Población Santa Teresa de Nueva Imperial a controlar al imputado solicitándole su cédula de identidad, la que señaló no portar. Al momento de solicitarle su identidad éste señaló que se llamaba Esteban Andrés Vásquez Aguilera y su número de Rut era 15.535.125-K, que consultados estos antecedentes efectivamente pertenecen a una persona real, que existe y es chileno, pero al momento de solicitar la fotografía de la persona con el nombre y Rut dado resultó que no correspondía a la identidad del imputado en control en ese momento. Al consultarle la fecha de nacimiento éste dio varias fechas que no correspondían, ante lo cual se dio a la fuga del lugar siendo seguido por Carabineros y detenido, logrando identificarlo en definitiva que se trataba del imputado Cesar Antonio Silva Solano. RESOLUTIVA: Por tales consideraciones y teniendo presente además lo dispuesto por los artículos 1, 3, 5, 7, 14, 15 N° 1, 18, 21, 22, 25, 30, 50, 70 y 496 N°5 del Código Penal y artículos 85, 388, 389, 393 BIS y 395 del Código Procesal Penal, RESUELVO: I.- Que, se condena a CÉSAR ANTONIO SILVA SOLANO, Cédula de identidad Nº14.900.132-8, ya individualizado, a la pena de MULTA DE DOS TERCIOS DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en su calidad de autor del ilícito falta de ocultación de identidad, previsto y sancionado en el artículo 496 N°5 del Código Penal, en relación al artículo 85 incisos sexto y séptimo del Código Procesal Penal, cometido en la comuna de Nueva Imperial el veinte de julio de dos mil veinticuatro. II.- Que la multa impuesta se dará por cumplida con el tiempo que pasó privado de libertad con motivo de las detenciones que le afectaron entre los días 20 y 21 de julio y 27 al 28 de octubre de este año, en ambas ocasiones por más doce horas. III.- Que no se condena en costas al sentenciado. En su oportun
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Nueva Imperial, veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro. Conforme al artículo 62 inciso 3ª del Acta 71-2016, la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente. LOS HECHOS: El día 20 de julio de 2024 siendo aproximadamente las 16:55 horas, personal policial de Carabineros procedió, en calle Padre Hurtado al llegar al pasaje San Gabriel de la Po
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