FISCALÍA IQUIQUE C/ KEVIN ALEJANDRO ESTEFAN JORQUERA
Rol
O-414-2024
Fecha
30 de octubre de 2024
Materia
POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS y OIDOS LOS ANTECEDENTES DEL JUICIO ORAL. PRIMERO: Que con fecha dieciocho y veintiuno de octubre del año en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrado por los Jueces Cristian Malebrán Eyraud, Rodrigo Vega Azócar y Juan Daniel Pozo Araya, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral relativa a los autos Rol Interno N°414-2024, seguidos en contra de; 1) CRISTIAN CAMILO OSPINA PASTRAN, colombiano, garzón, cédula de identidad N°28.234.679-6, 25 años, soltero, técnico en administración de empresas, con domicilio en Calle 12 de Octubre N°3320, Antofagasta, representado por el letrado privado Francisco Javier Murúa Gallegos; 2) PAOLO ANTONIO TIRADO OLIVARES, chileno, estudiante, cédula de identidad N°20.545.679-1, 23 años, soltero, estudios técnicos, con domicilio en Calle Dagoberto Godoy N°7663, Antofagasta, representado por el letrado privado Francisco Javier Murúa Gallegos; 3) KEVIN ALEJANDRO ESTEFAN JORQUERA, chileno, estudiante, cédula de identidad N°20.881.195-9, 23 años, soltero, con domicilio en Calle Los Aromos Nº2390, Antofagasta, representado por el letrado privado Francisco Javier Murúa Gallegos; 4) DANIEL HERMANDO MIRANDA QUIROZ, chileno, eléctrico, cédula de identidad N°19.445.387-6, 32 años, soltero, estudios básicos, con domicilio en Calle Heriberto Novoa N°1477, Antofagasta, representado por Gabriela Hidalgo Eguino, defensora penal pública; y 5) JHAN CARLO MORALES ALEGRIAS, colombiano, tatuador, cédula de identidad N°28.234.676-1, 40 años, soltero, bachiller, con domicilio en Calle Carlos Condell N°2833, Antofagasta, representado por Constanza Paz García-Duque Muñoz, defensora penal pública. El Ministerio Público actuó en esta causa representado por el fiscal Guillermo Ernesto Arriaza Valenzuela. En sede garantía se presentó tercería de dominio deducida por Miguel Alejandro Estefan Ahumada, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad N°14.413.774- 4, domiciliado en calle El Yodo N°7.787, de la ciudad
Fundamentos
considerando el olor de marihuana se efectúa un control de identidad y cuando hablaron que serían detenidos corrió, pero volvió, estaba nervioso, al regresar le dijeron que había dos kilos de drogas y un arma, quedó asombrado, ya que nunca ha estado en esta situación. Al fiscal, señala que estaba en sentado en la parte de atrás del auto, sector izquierdo, cuando se percató que Daniel ingresa una mochila por el otro costado, no vio otro elemento dado que estaba consumiendo drogas. A su defensa, solo vio el ingreso del bolso, fue rápido, en particular no vio el ingreso del banano. No ha manipulado armas de fuego ni se dedica a la venta de drogas. A la defensa de Morales, se asustó y corrió por cuanto nunca lo habían fiscalizado en dichas circunstancias. Al momento de la fiscalización estaba en la parte de atrás del piloto. 4) CRISTIAN CAMILO OSPINA PASTRAN, que vino a Iquique junto a Kevin y Paolo por un evento musical. Llegaron el día 05 de septiembre, pasearon y el día 06 de septiembre concurrieron a la ZOFRI, allí Paolo se encuentra en el patio de comidas con Daniel, conversan y Paolo le pregunta si tenía una persona para venderles marihuana. En la tarde llegan a la catedral, estaba Daniel y Jhan Carlos esperándolos, tomando cerveza, Paolo habla con Daniel y le pasa algo, eran unos pitos de marihuana, Daniel le dice a Paolo si podía dejar unas cosas y las lanza en la parte de atrás del auto, luego llega carabineros, le Código: FGWXQSHELV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 7 piden documentos a todos, en eso Kevin se baja fumando marihuana y carabineros dado lo anterior proceden a controlarlos y abren las puertas traseras, sacan una mochila y es revisada, en ese momento huye porque sabía que estaban comprando marihuana, que era algo ilegal, después regresan y los policías le señalan que además encontraron un kilo de marihuana y un arma. Al fiscal, personalmente vio que Daniel ingresó una maleta o mochila, pero asevera que momentos antes, en esa parte del auto, no estaba el banano. Huye porque estaba comprando marihuana y aquellos es ilegal en Chile. A su defensa, no manipula armas de fuego y no ha tenido problemas legales. A la defensa de Morales, al momento de la fiscalización estaba con Jhan Carlos, pero en ningún momento hablaron de armas o drogas. 5) JHAN CARLOS MORALES ALEGRIAS, en Antofagasta trabaja como tatuador y así conoció a Daniel, éste iba a Iquique y como necesitaba una máquina para tatuar lo acompañó. En ZOFRI Daniel se encontró con Paolo, quien quedó de venderle una droga, luego le dice que se va a Alto Hospicio, en tanto él permaneció en la ZOFRI, transcurridas un par de hora Daniel regresó y fueron a juntarse con Paolo, frente a una catedral. Antes que llegaran los coacusados compra una cerveza, arriban y Daniel habla con Paolo, le entrega la marihuana, en tanto él conversa con Kevin o Cristian, en esos momentos llegó carabineros y efectuaron un contro
Fallo
Por tanto, se fundamenta lo solicitado, en el hecho que el periciado dispone de una red de apoyo sólida, así como de recursos físicos, materiales y económicos; además 2) informe psicológico emanado de Cristian Fernández Araya, en el que se establece que Miranda, que es recomendable la aplicación de los beneficios de una pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, debido a que existen expectativas realistas que se cumplan los objetivos de este beneficio, favoreciendo su integración social y diminución de riesgo de contaminación infraccional. Lo anterior, considerando los resultados de bajo índice de reincidencia y elementos psicosociales y de personalidad que dan cuenta de un índice criminógeno moderado. Junto a factores protectores asociados a su red de apoyo familiar principalmente en la figura de su abuela por línea materna. DÉCIMO SEGUNDO: En cuanto a la tercería dominio, teniendo presente la absolución del encartado Estefan y el allanamiento del persecutor, de conformidad al artículo 313 del Código de Procedimiento Civil, no existiendo hechos substanciales, pertinentes y controvertidos, se accederá a la misma, ordenando la devolución del vehículo placa patente GVTR-45, Citroën, modelo C Elysee, a su legítimo dueño. DÉCIMO TERCERO: Que como lo expresaron las propias partes, conforme emana de los instrumentos pertinentes, al carecer los enjuiciados de condenas previas por crimen o simple delito a la fecha de los hechos, efectivamente les beneficia la mitigante que se
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1 C/ CRISTIAN CAMILO OSPINA PASTRAN Y OTROS. TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES Y OTROS RIT: Nº414-2024 Iquique, treinta de octubre del dos mil veinticuatro. VISTOS y OIDOS LOS ANTECEDENTES DEL JUICIO ORAL. PRIMERO: Que con fecha dieciocho y veintiuno de octubre del año en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrado por los Jueces Cristian Malebrán Eyraud, Rodrigo Ve
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