Juzgado de Letras y Garantía de Taltal.

MINISTERIO PUBLICO TALTAL C/ ARIEL NICOLÁS CAMPAÑA COLLAO

Rol

O-432-2024

Fecha

23 de octubre de 2024

Materia

OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E), RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos y sus

Fundamentos

fundamentos en procedimiento abreviado verbal. Los Hechos: El día 23 de agosto de 2024, alrededor de las 19:15 horas, en el kilómetro 1177 de la ruta 5 norte de la comuna de Taltal, el imputado ARIEL NICOLAS CAMPAÑA COLLAO como conductor y JOAQUIN ALONSO GOMEZ ORTEGA, como copiloto, conducían y mantenían en su poder, conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito del vehículo tipo Station Wagon, marca Toyota, modelo Fortuner, color negro, que portaba la PPU TPBP-79, avaluado en la suma de $39.490.000.- vehículo que previamente había sido sustraído a su propietario de iniciales J.M.S.V. a través del delito de Robo en Bien Nacional de Uso Público de Vehículo Motorizado, conforme el encargo único nacional N° 615870 de la 1° Comisaría de La Serena de fecha 22 de agosto de 2024. Código: XFHWXQVEJBV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Además, el vehículo presentaba señales de fuerza en la cerradura de la puerta izquierda delantera, portaba solo una PPU en la parte trasera del móvil con la leyenda TPBP-79 que mantenía a su vez encargo por hurto conforme a denuncia N° 2869 de fecha 22 de julio de 2024 de la 6° Comisaría Las Compañías de la comuna de La Serena y que no correspondía a la PPU original, siendo ésta RTLW-75, guarismos que se encontraban grabados en los vidrios del vehículo. Delito: A juicio del Ministerio Público los hechos descritos constituyen el delito de Receptación de vehículo previsto y sancionado en el artículo 456 BIS A inciso 3 del Código Penal, con relación al inciso final del mismo artículo; y el delito de conducción a sabiendas con placa patente falsa, previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la ley 18.290. Participación: Autor por el 15 Nº 1 CP. Iter Criminis: Consumado. Defensa señala que habiendo su representado aceptado los hechos de la investigación en forma libre, voluntaria, no se realizaran alegaciones de fondo en cuanto a la existencia del delito, grado de desarrollo ni participación culpable que le cabria al acusado, de conformidad a lo dispuesto en el 412 se solicita se imponga la pena solicitada por el ente persecutor por los delitos que fue acusado. Se reconoce por vía instrumental la del artículo 11 N° 9 del Código penal. Consultado el acusado señala que ACEPTA los hechos y antecedentes materia de la acusaciòn, aceptando de manera libre y voluntaria. La defensa realiza sus alegaciones en cuanto a la forma de cumplimiento e incorpora informe social integral del acusado, sin oposicion del ministerio publico. SENTENCIA: CONDENADO ARIEL NICOLÁS CAMPAÑA COLLAO APERCIBIDO ARTICULO 26 C.P.P. SI APERCIBIDO ARTICULO 49 C.P. SI TIPO SENTENCIA ABREVIADO DELITO  Receptación de vehículo previsto y sancionado en el artículo 456 BIS A inciso 3 del Código Penal, con relación al inciso final del mismo artículo.  Conducción a sabiendas con placa patente falsa, previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la ley 18.290. GRA

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Audiencia de Procedimiento abreviado Verbal // SENTENCIA. Fecha Taltal., veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro Magistrado JOHANNA CAROLA PIZARRO VELIZ Fiscal (S) MAURO OSSES ARDILES Defensor FABIÁN LUIS ESPEJO CARVAJAL Hora inicio 12:16PM Hora termino 01:03PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Taltal. Acta Yeliza Pinilla Arancibia RUC 2401001182-1 RIT 432 - 2024 Actuacio

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