2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

PELÁEZ CON MINE SERVICE INC. SPA

Rol

M-926-2022

Fecha

8 de agosto de 2022

Materia

Nulidad del despido

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Demanda. Compareció don HERMAN FERNANDO PELAEZ BÁEZ, cédula de identidad N° 7.253.840-4, trabajador, domiciliado en Miraflores N° 590 oficina 7, Santiago, quien interpuso demanda por nulidad del despido, reconocimiento de relación laboral, y de cobro de las prestaciones consiguientes, en contra de MINE SERVICE INC SPA, rol único tributario N° 76.483.549-2, representada por don Pedro Omar Muñoz Jorquera, cédula de identidad N° 16.292.212-2, ignora profesión u oficio, ambos domicilio en La Estera N° 791, Lampa. Solicita que, en definitiva, se declare que existió una relación laboral entre el día 2 de abril de 2018 hasta el día 30 de noviembre de 2021, bajo las características que se derivan de la definición de contrato de trabajo consignada en el artículo 7° del Código del Trabajo, y con motivo del despido la demandada adeuda los siguientes conceptos: 1. Indemnización sustitutiva del aviso previo: $1.248.095. 2. Feriado proporcional $1.747.333, que equivalen a 42 días del periodo que media entre los años 2019 y 2021, o la suma que el Tribunal determine. 3. Cotizaciones impagas durante todo el periodo que duró la relación laboral, según liquidación que practique el Tribunal. 4. Las que deriven de la aplicación de los incisos 5° y 7° del artículo 162° del Código del Trabajo, denominada “Ley Bustos”, según liquidación a practicar. 5. Todo lo anterior con los reajustes e intereses que por ley corresponda, con las costas de la causa. Expone que el 2 de abril de 2018 ingresó a trabajar para la demandada, empresa de Raúl Muñoz Musre y su hijo Pedro Omar Muñoz Jorquera, quien es el representante y administrador de la misma. Ellos le ofrecieron el puesto de trabajo como jefe de adquisiciones y logística. Indica que el horario de trabajo era desde las 8:00 am a las 17:30 pm de lunes a viernes y sábados por urgencias, con una remuneración de $1.000.000 líquidos más imposiciones, resultando un sueldo bruto de $1.248.095. Se encuentra afiliado a la AFP Provida, Isapre

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Audiencia única de contestación, conciliación y prueba. Que la referida audiencia se llevó a cabo con la comparecencia de ambas partes, verificándose los siguientes trámites procesales: Traslado, contestación: La demandada solicita el rechazo de la demanda, con costas. Expone que el demandante, de profesión ingeniero mecánico, durante el año 2017 y 2018 de la empresa MAQUERCHILE S.A., sociedad comercial del giro maestranza, por medio de la cual prestaba servicios, entre otros, a Mine Service Inc spa representada por don Pedro Muñoz Jorquera. Estos servicios corresponden a la fabricación o elaboración de piezas metálicas de especialidad, toda vez que se trata de componentes técnicos para maquinaria industrial utilizada en la minería. MAQUERCHILE SA emitió durante septiembre 2017 y febrero 2018, 5 facturas por servicios prestados a Mine Service Inc spa, por un monto que suma 16 millones de pesos. Don Herman Peláez mantenía,

Fallo

por tanto volvió a preguntar por su contrato ya que necesitaba el pago de esos 15 días. Por algo trabajó desde su casa y la respuesta fue la misma “que lo evaluarían porque tenían que ver que tan necesario era yo para la empresa”. A comienzo del 2021, como antiguamente tuvo una pequeña Maestranza, les preguntó a sus jefes si podía ofrecerles sus servicios de mecanizados para sus reparaciones a lo cual respondieron que no habría problema y así también podría visitar algunos de sus clientes, además como vendedor de ellos, Con el paso del tiempo don Pedro Muñoz empezó a cuestionar su desempeño y dudar de sus labores comenzando cada vez con un trato despectivo y que estaba evaluando su permanencia en la empresa, porque por su cuenta él ya no lo necesitaba. Preguntó por qué le decía eso si a lo que lo mandaran, ya sea para la empresa como para necesidades personales, nunca había puesto objeción, tales como el pago de luz y agua los que pagaba desde su cuenta corriente o tarjeta de crédito. Entendía que con eso demostraba a sus empleadores su compromiso con la empresa y con ellos en particular. A mediados de noviembre de 2021 con tantos gastos y deudas, desesperado por no tenía para poder mantenerse, con mucha suerte para poder ir a trabajar y pagar los gastos básicos de su casa por lo que vi a don Pedro Muñoz en la empresa y volvió a preguntar por su contrato y la deuda que tenían con él y la respuesta a su pregunta fue, además de enojarse y comenzar a gritar en la entrada de la

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Sentencia definitiva RIT: M-926-2022 RUC: 22-4-0399853-6 __________________/ Santiago, ocho de agosto de dos mil veintidós. VISTO: Demanda. Compareció don HERMAN FERNANDO PELAEZ BÁEZ, cédula de identidad N° 7.253.840-4, trabajador, domiciliado en Miraflores N° 590 oficina 7, Santiago, quien interpuso demanda por nulidad del despido, reconocimiento de relación laboral, y de cobro de las prestacion

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