3º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ ADOLFO ALFREDO LAZO LEÓN

Rol

O-203-2024

Fecha

29 de octubre de 2024

Materia

ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos configuran, a juicio del Ministerio Público, el delito de robo en bienes nacionales de uso público, previsto y sancionado en el artículo 443, en relación al artículo 432, ambos del código penal, respecto de ambos imputados y del delito de porte de elementos destinados conocidamente a efectuar el delito de robo, previsto y sancionado en el Código: YHEYXQPRXXU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PODER JUDICIAL TERCER TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SANTIAGO 2 artículo 445 del mismo código, sólo respecto del acusado Adolfo Lazo León, encontrándose ambos delitos en grado de desarrollo consumado y en el cual les atribuye una participación de autores, conforme al artículo 14 N° 1 y 15 N°1 del mismo cuerpo legal. La fiscalía estima que perjudica al acusado LUIS ALFREDO MONTERO OSORES la circunstancia agravante prevista en el artículo 12 N°16 del Código Penal. El Ministerio Público requiere respecto de LUIS ALFREDO MONTERO OSORES que se imponga la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio, accesorias legales y costas de la causa. TERCERO: Que, el Ministerio Público en su alegato de apertura indicó que a través de relato de testigos se dará cuenta de los hechos que quedan registrados en grabaciones que se verán en imputado darán cuenta funcionarios policiales aprehensores la víctima es funcionaria policial le sustraen especies de vehículo se mezclan las calidades como víctima y funcionaria aprehensor participa un funcionario municipal darán cuenta de lo que se aprecia en video, las especies que se encuentran en poder del imputado, por lo que mantiene la solicitud de condena. En su alegato de clausura la prueba ofrecida y rendida ha sido suficiente para establecer que los hechos ocurrieron en la forma descrita en la acusación, el imputado con el otro sujeto concurrieron al lugar, sacan el espejo de propiedad de la víctima, el registro audio visual da cuenta de esa información que da el s

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, constituido por las magistrados doña Claudia Bugueño Juárez, Juez Presidente de Sala; doña Andrea Iligaray Llanos, Juez Integrante; y doña Rossana Costa Barraza, Juez Redactor, se llevó a efecto el juicio oral en causa Rit N°203 - 2024, seguido en contra de LUIS ALFREDO MONTERO OSORES, cédula de identidad N°19.703.333-9, nacido en Santiago, el 18 de febrero de 1997, 27 años de edad, soltero, comerciante ambulante, domiciliado en calle Coquimbo N°785, comuna de Santiago. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el Fiscal don José Ignacio Reyes Klenner; mientras que la Defensa estuvo a cargo del Defensor penal Público don Gonzalo Guzmán La Rivera; ambos con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Que, el Ministerio Público dedujo acusación en contra del imputado, según se lee en el auto de apertura del juicio oral, fundándola en el siguiente hecho: El 24 de noviembre de 2023, a las 00:30 horas aproximadamente, en Avenida Los Militares N°4221, de la comuna de Las Condes, los acusados ADOLFO ALFREDO LAZO LEÓN y LUIS ALFREDO MONTERO OSORES, se apropiaron con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueña, del espejo lateral derecho del vehículo marca Kia, modelo Sportage, placa patente única GJBS-58, de propiedad de Belén Vera Parada, el que forzaron desde su base pasa sacarlo para lo cual utilizaron elementos aptos para desprenderlo desde su base, dándose a la fuga con la especie en su poder, siendo detenido en el lugar el acusado Luis Montero Osores y a pocas cuadras el acusado Adolfo Lazo León, quien portaba la especie sustraída y que fue avaluada en la suma de $50.000. El acusado ADOLFO LAZO LEÓN al momento de su detención portaba además cuatro espejos que no tienen grabada la placa patente, por lo cual se desconoce sus propietarios, tres destornilladores de distinta medida, un alicate y una tijera, no pudiendo justificar razonablemente el porte de dichos elementos. Estos hechos configuran, a juicio del Ministerio Público, el delito de robo en bienes nacionales de uso público, previsto y sancionado en el artículo 443, en relación al artículo 432, ambos del código penal, respecto de ambos imputados y del delito de porte de elementos destinados conocidamente a efectuar el delito de robo, previsto y sancionado en el Código: YHEYXQPRXXU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PODER JUDICIAL TERCER TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SANTIAGO 2 artículo 445 del mismo código, sólo respecto del acusado Adolfo Lazo León, encontrándose ambos delitos en grado de desarrollo consumado y en el cual les atribuye una participación de autores, conforme al artículo 14 N° 1 y 15 N°1 del mismo cuerpo legal. La fiscalía estima que perjudica al acusado LUIS ALFREDO MONTERO OSORES la circunstancia agravante prevista en el artículo 12 N°16 del Código Penal. El Mi

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 14, 12 N°16, 15 N°1, 24, 25, 30, 31, 50, 51, 432, 442, 443 y 449 del Código Penal; 45, 47, 295, 297, 325 y siguientes, 340, 341, 342, 343, 345, 348 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se CONDENA a LUIS ALFREDO MONTERO OSORES, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO y accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para Código: YHEYXQPRXXU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PODER JUDICIAL TERCER TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SANTIAGO 10 derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor de un delito consumado de robo de cosas que se encuentran en bienes nacionales de uso público, ilícito previsto y sancionado en el artículo 443 en relación al artículo 442 y 432, del Código Penal, perpetrado en la comuna de Las Condes, el día 24 de noviembre de 2023. II.- Que, por no reunirse en la especie los requisitos previstos en la Ley N°18.216, el condenado deberá cumplir real y efectivamente la pena impuesta, sirviéndole de abono los días que ha estado privado de libertad en razón de la presente causa, desde su detención el 24 de noviembre de 2023, a la fecha totalizando, doscientos dos días (202) conforme al certificado agregado a estos antecedentes por el ministro de fe del tribunal. III.- Que se ordena la i

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PODER JUDICIAL TERCER TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SANTIAGO 1 C/LUIS ALFREDO MONTERO OSORES ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO ROL ÚNICO N°2301288490-7 ROL INTERNO 203 - 2024 Santiago, veintinueve de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, constituido por las magi

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