C/ CLAUDIO ESTEBAN ORELLANA BERRÍOS
Rol
O-7022-2024
Fecha
25 de octubre de 2024
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: Que el día 14 de junio de 2024, a las 14:10 horas aproximadamente, en la esquina de las calles Santo Domingo con Mosqueto, en la comuna de Santiago, los requeridos GABRIEL ANTONIO SANDOVAL TAPIA y CLAUDIO ESTEBAN ORELLANA BERRÍOS movilizándose en el vehículo marca Renault, placa patente LVFP.21, intentaron ser fiscalizados por personal policial, dándose a la fuga los imputados siendo detenidos luego de una persecución, percatándose los Carabineros que al interior de dicho vehículo los imputados portaban y mantenían en su poder diversas vestimentas, perfumes y calzados de propiedad de la empresa Falabella Retail S.A., las cuales habían sido previamente sustraídas, conociendo o no pudiendo menos que conocer los imputados el origen ilícito de dichas especies SE DECLARA: I.- Que se condena a GABRIEL ANTONIO SANDOVAL TAPIA, ya individualizados, a la pena de 61 DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, y al pago de una multa a beneficio fiscal de UN TERCIO (1/3) DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como AUTOR del delito de Receptación, previsto y sancionado 456 bis A) del Código Penal, en grado de ejecución de CONSUMADO, cometido el día 14 de junio de 2024 en la comuna de Santiago. II.- Que la pena corporal y multa impuesta se tiene por cumplida con el tiempo que el sentenciado permaneció bajo la cautelar de arresto domiciliario total, a saber, desde el 15 de junio al 24 de septiembre de 2024. III.- Que habiendo admitido responsabilidad en los hechos se exime a los condenados del pago de las costas de la causa, atendido a que con ello han ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. IV.- Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renunciaron a los plazos. Dictada por PONCIANO ANDRÉS SALLES BASTARRICA, Juez Titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra ín
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a GABRIEL ANTONIO SANDOVAL TAPIA, ya individualizados, a la pena de 61 DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, y al pago de una multa a beneficio fiscal de UN TERCIO (1/3) DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como AUTOR del delito de Receptación, previsto y sancionado 456 bis A) del Código Penal, en grado de ejecución de CONSUMADO, cometido el día 14 de junio de 2024 en la comuna de Santiago. II.- Que la pena corporal y multa impuesta se tiene por cumplida con el tiempo que el sentenciado permaneció bajo la cautelar de arresto domiciliario total, a saber, desde el 15 de junio al 24 de septiembre de 2024. III.- Que habiendo admitido responsabilidad en los hechos se exime a los condenados del pago de las costas de la causa, atendido a que con ello han ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. IV.- Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renunciaron a los plazos. Dictada por PONCIANO ANDRÉS SALLES BASTARRICA, Juez Titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: TJXFXQJDKLW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud
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PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago., veinticinco de octubre de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: PONCIANO ANDRÉS SALLES BASTARRICA RUC: 2400688241-9 RIT: 7022 - 2024 IMPUTADO: GABRIEL ANTONIO SANDOVAL TAPIA C.I. 0016074690-4 DELITO Receptación ARTICULO 456 bis A) del Código Penal. PARTICIPACIÓN AUTORES G. DE DESARROLLO CONSUMADO ATENUANTES
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