Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca.

MP C/ CRISTINA BEATRIZ CASTRO PONCE

Rol

O-230-2020

Fecha

28 de octubre de 2024

Materia

POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Durante el día 18 de octubre del presente año, ante la Segunda Sala de este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral para conocer la acusación dirigida contra CRISTINA BEATRIZ CASTRO PONCE, cédula de identidad N°10.006.195-3, 63 años, nacida el 17 de diciembre de 1962, en Argentina, casada, segundo medio cursado, dueña de casa, domiciliada en calle 6 Sur N°3277, población San Luis, de Talca. Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público, representado por el fiscal, don José Alcaino Reyes, y la defensa fue ejercida por el Defensor Penal Privado, don Feliz Arto Castillo.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la imputación efectuada por el Ministerio Público en contra de la acusada, según consta del auto de apertura, es del siguiente tenor: En cuanto a los hechos: “Los acusados Máximo Antonio Mora Poblete, Paz Belén Cabrera albornoz, Luis Antonio Mora Pinto y doña Cristina Beatriz Castro Ponce, desde hace algún tiempo a la fecha se dedican a la comercialización de droga en sus domicilios, hecho denunciado a la Brigada Antinarcóticos y Crimen Organizado de la Policía de Investigaciones de Chile de Talca, quienes desde Diciembre del año 2019 han realizado diversas diligencias de investigación, destinados a establecer el delito denunciado. Así, en el mes de Febrero del año 2020 específicamente con fecha 06 de Febrero se trasladaron hasta el domicilio de los acusados Mora Poblete, Cabrera Albornoz y Mora Pinto ubicado en la calle 6 sur N° 3304 de la población Villa San Luis de la Comuna de Talca y a través de la técnica investigativa de agente revelador, previamente autorizado, este tomó contacto con el acusado Mora Poblete, entregando el agente revelador la suma de $3.000 pesos, recibiendo a cambio una bolsa de polietileno transparente contenedora de cannabis sativa o marihuana la que posteriormente fue sometida a una prueba de campo arrojando coloración positiva para la presencia de THC componente activo de la Cannabis con un peso de 0,45 gramos. Es en virtud de estos antecedentes así como de posteriores vigilancias realizadas el día 26 de febrero del año 2020, funcionarios de la Brigada Antinarcóticos y Contra el Crimen organizado de la Policía de Investigaciones de Talca, previa autorización judicial para ingreso, registro e incautación en los domicilios de los acusados, siendo aproximadamente las 04:55 horas, se procedió a la entrada y registro del domicilio ubicado en calle 6 sur N° 3304 de la Población Villa San Luis de Talca, lugar en Código: NYLXXQCWXCU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 que en el dormitorio del segundo piso de la vivienda encontraron al acusado Máximo Antonio Mora Poblete acostado sobre un colchón tendido en el suelo de la habitación, junto a su conviviente la acusada adolescente Paz Belén Cabrera Albornoz, en compañía además del hijo de ambos de poco más de un año de edad, junto a la cama ocupada por la acusada Cabrera Albornoz se encontró un short de hombre de color negro en cuyos bolsillos se mantenían 2 envoltorios de papel cuadriculado contenedores de 1,36 gramos peso bruto de cannabis sativa o marihuana, una bolsa de polietileno transparente contenedora de 1,01 gramos pesos bruto de marihuana, en una chaqueta de hombre colgada a un costado de la cama se encontraron 40 comprimidos de Clonazepan. Asimismo, en el primer piso de la vivienda inmueble que es de propiedad del padre de Mora Poblete, el imputado Luis Antonio Mora Pinto, se ubicó sobre la mesa del comedor una caja de cartón de zapatos en cuyo interior se encontraban; una

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1°, 7, 14, 15 N°1, 30, 31, 49, 50, 68, 69 y 70 del Código Penal; 4, 8, 46 y 52 de la Ley 20.000; artículo 1° del Decreto N°867 del Ministerio del Interior de 2007; artículos 2, 9, 17 y 23 de la Ley 17.798; 1, 45, 46, 47, 295, 296, 297, 315, 329, 333, 340, 341, 342, 344 y 348 del Código Procesal Penal; 1 y 15 de la Ley 18.216; se declara: I.- Que se CONDENA a CRISTINA BEATRIZ CASTRO PONCE, ya individualizada, en calidad de autora del delito consumado de tráfico de pequeñas cantidades de estupefacientes, relativo a cocaína base, cometido en esta ciudad, el día 26 de febrero de 2020, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado medio, al pago de una multa de TRES Unidades Tributarias Mensuales, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que se CONDENA A CASTRO PONCE, como autora del delito consumado de tenencia ilegal de municiones, cometido en esta ciudad, el día 26 de febrero de 2020, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado medio, más las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. III.- Que, cumpliendo la sentenciada los requisitos que establece el artículo 15 de la Ley 18.216, se le sustituye el cumplimiento de las penas privativas de libertad que le han sido impuestas, por la de Libertad Vigilada, debiendo quedar sujeta al control administrativo del Centro de Reins

Texto Completo (Preview)

1 Talca, veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro. VISTO: Durante el día 18 de octubre del presente año, ante la Segunda Sala de este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral para conocer la acusación dirigida contra CRISTINA BEATRIZ CASTRO PONCE, cédula de identidad N°10.006.195-3, 63 años, nacida el 17 de diciembre de 1962, en Argentina, c

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